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CSJ - SP L.Romero(08-07-1980)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Romero(08-07-1980)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1980

' . . . •• - . ·-

  • • • ' l

0097 • • ' • •

  • •

' •

Dr. LUIS ENRIQUE RCl\lfRO SOTO

- • 6

ApHlbedo: Acta 60

•

  • • _______ .....,_,._--------·· Bogotá,julio ocho de mil novscientos od -tenta. • • .•. -. •

~--

  • •

• •

VISTOS: •• Pot· medio de sentaiiCia f'ed1ada a siete ( 7} de dsl año pasado, el Tribunal Sup;n•iar da Buga conf:Lrm6 en todas

1 •

  • • sus pw tes la prof'w•ida al diez y oclio ( 18} dsl mismo año pw• al Juzgado !lejía u Holguin o Agu1ll a a la pena principal de ocho ( 8} años y un ( 1)
  • . ( 13} ds mayo ds 1.9'11 en el,A:t•ea w·bana de Roldsnillo y dsl
  • 1• eca coco of'endido Uario 8land6n (Sadoya •

1 • Contra esta providencia intez·p.¡so recu1 so d!3 1

  • • csseci6n al Fiacal ef'erido.

1 1

  • '

H[CHOO Y ACTUACION PRQ:ESAL. :

1 En la f'echa que se deja mencionada se enconb abe eu el caf'6 "Valga" de Roldsnillo, a eso de las siete de la noche, • !31 trabajador l.lario Bland6n Badoya CUBndo ae le acerc6 el E\Ctual

PJ'OCes~

  • • . Henry Gw-c1a Uejía con quien había una riña y le
  • 1

' "¡' ' V t. pi:egunt6 si sabta quien w a y al lo desaf'i6 a 1 e • 1

  • - • salir del establecimiento y como Bl ot¡•o le contestara no que lo hacfe POI'
  • ' que esteoo desaiinedo, !31 otro, luego de ¡•epetirle le invitaci6n, lo hir16 con una especie de peinilla que llevaba oculta hasta esa manento,

• ' • - ! ' • 1 • 1 0098 • - 2-

  • • después de lo cual se di6 s la f'ugs mientras el losio11sdo &Jo coodvcido al hospital do11ds a los pocos

• •

  • • Con motivo de este hecho 1nici6

' ' .

  • ·' ' cuya P&•·ta ea de t6 de fetuwo de ¡ t.978 cellficedo el i:lel sumario en de t? de ' rozo a lleaU)' me

' • ' ' Holguín o Aguirru por el delito de hOiDlcidio. ' • 1 • parte En ·a u1otiva de dicha se ad1 1 1 1 el oi'Ciinal 50 del art. 363 perml sustancial. po¡ • ' ' ' 1 • '

  • • m6 pez· la da a> de junio del. año

• 1 ' 1 1 ' 1 1 ,<l¡;<elsntade le ceus'!!,- se convocó pera sudien -

' ' . ' cis pública le se lleli6 s rsho s partir del 15 de mw•zo de 1.979 y • ser el eutor 1 1 ' ' 1 ' de la lesión caus6 la •tAon! • le autor1s del S hm;ho diciendo lo hehfe pe¡ la 1re le ' QUa qLIEI ' ' ' ' ' 1 ' 1 1 ' El ' 1 . ' 1 pw• los jueces del pueblo dic1BI"do: "51 es 1 volunterio•. ' 1 • En le el juzga-e i

  • 1 do aceptable el y ap].ic6 el pz wcesado le qua se

• ' 1 ·~--------~----~~------

-- -- -- ·-- -- - . . •• . . - 009!} • Ptn· su parte el Tribujidl, la sentencia qua •

  • • es materia del El!lpscial hincapi6 en la desificec16n· de le pene, la cuus1der6 igualmente libra da objeci6n, no m a del caso hacer agnwaci6n da ~e la misma por rsz6n de las des condenas suf'l'idas, con anterioridad, pol'. el • procesado porque una ·da ellas, por ·hurto agravado, no w·a .dable estilliarla por como base de aitlcidancia cuanto ·al homicidio juzgado en al pt·essnte . 1 da proceso hab!e sido cometido el nuave (9) abl'il da 1.9'17, u sea con w• • Pi uP'el'ida .en

el il!citu de hurto y que quad6 ejacutul'iada -al 17 de agosto de 1.9?8 • • . En cuanto a la condena por el qua tomarse en por cuanto no se • •

DE!IANOA CE CASACict.l:

• ' •

  • Se
  • P'w hacho pul" el a le sentencia illipugnada·, siendo de advw. t1 r • !J.IB la Pzvcvradur!a no hizo vsu de su f'eocul tad de. spliar le deaenda qua c.· la confiere el art, 571 del da Penal.

• •

  • • - Lo hace· consistir elque, sBgl1n su concepto, el juzgador· de inátand.a. incurri6 en viulac16•~ di . c. · recta da la ley ( prillier apw•ta del nvm'!!¡nl 1D del articulo 500 del da

P. Panal) por habw dejado de aplicar el inciso 1D del art. 34 del C6digoya que no hizo el aumento de pena m•danadu por dicha dispos1ci6n ps ~el re los casos dereincidw~ia.

• • • .. •' a • Pw sustentar la dice qua a f's. 19J cuadwiiu principal apw ecen copies da les de • ----- --- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ---'-~....;.....·- --~-- - - ~ -

  • - - - - - - -- - - '

' 0100 - 4 - . ' ' ' primera y segunda instancia pJ•oferida aquella poJ. el Juzgado Segundo Pe

nal dei Circuito· de Roldenillo, con f~ tres (3) de julio de 1.975 y - ' . la otra .por el TribuMl Supw·ior de Buga. el 26 da agosto de· 1.9'75 pm• las . ' ~ cuales se ca1d91l6. a la pena de tras ( 3) a~os da PJ:esidio mas· l.a s sancio -

  • . nas accesorias con espondientas ceno infractor del Decreto 1 188 de 1! 9'74 como responsable de porta da lllarihuana. . . '

. - • • ' • ' • Agraga qua ~ichas •conforme lo indican les de not1ficeci6n a ]es partas, le privativa da le libet·ted fuA cumplida, si se pone eteuc16n a qua i 253) les del J'J OCBSedO mc11.ancia pública ( f'lao o • 93 Bli :! 1 • • •• 1 Se t er"iare luego a la sentencia demandada en • caso pa•a ' ' • Gwcc!e Uej{a, coo la canisi6n de la - • ' ~Henry ' lusgo de habet• sido. cort-• ' • denedo por ott a , ha dedo. es de qua ·todas les trMaedodidas cond-u· atLtBI!Ib

  • ' centas e bilbquear su incl1Joec16n al delito han sido o por lo ' menos iJ¡suficientes y, por consiguiente, padecer el aumento de pena de qua el artículo 34 del c&ligo penal•,

• • •

• • • • •

  • '

•

  • . a efecto de consteter le ' ' • existencia de ]es entariares sentencias condenatm•les, punto
  • ' cie entre el Tribunal y el y que llev6 e Aste e acudir en cese

.. • ci6n ante aste Sale, se obsetve ous e fe, 150 y siguientes del cuadBlTlO ya se dijo, por el Juzgado pri~pal Segundo del Cit c!Ji to da Rol den1ll o y el Tribunal Su¡:.m ior se qua • viene contra el actual ¡:,¡ucesedo Heru y Gm•cfe Uej:le po¡ el • delito de pm•te de rael'ihuene, la OU1me de las cuelas lleva, cano se con ' • - - - - - - - - - - - - · - ---~ - . - . -- . - ' • •

  • • - 5 -
  • •
  • • de_ 26 de agosto de 1.975.

• .

  • • ' Teniendo eh cuenta, pór otra parte pus' el he • (- b) cho juzgado en el proceso two el de mayo • • • • do 1.9'7'7, nó QUB(Ía'duda de que se está f'i ente a reincidencia ya ~ed
  • • • • dentro de los diez años siguientes e ~ setltanoie condímetozia se he c.2 • • • - M • metido, por el mismo ' un nuevo lo que se ajuste e' lBs

~elite ' • del art. 34 del c&li.gp partel. • ' ' • • . '

· .Clenmente se· ve que el Tribunal , el afirmar • en le p¡-ovidencia ecwz ida, "no se ellagt5 copie de le conuspondill!! que 1 • te eentenoie", e le que condenO Por prolt-te de merlhuene, no ref'iri~ose habia Eldvez•tido la pz esencia de d:i.che dee1Bit5n en el expediente. De Bhi a • ' • qua lhg_w·a le conclusit5n eáeda de que estebe bien deducida le pene ••a -qua• • • • por el quien tBillpoco hizo etauento algwio él e ' ' • y • zeincidenciá del W't• • • • • ' 37 del COdigo Panel, esto es, en condenaciones

  • ' p • • judiciales o de policie. .

• . '

  • • • No obstante lo anterior, que · la demanda

OCUI'i U

. ' puea • Ra planteado el motivo de casaot6n no se treta, C"'"D una ' lo dice al actor, de vioiac16n diz acta de la leY penal fÉü.ta 'de por apl1caci6n del ert. 34 del Ct5d1Qó f'BI1Bl sino de violaci6n indiz anta por ' ' ' ' • an w· de hecho que consista en dejar de considerar· una pz'ueba existente ' • en el proceso•

  • • • lB En afecto el Tribunal no nagt5 apl1cec16n • da le noma á• lanoioneda porque con• aideu·w·a rto se daban• les condicioque nas de derecho pera ello Bino ROl qUB sagOn dijo, no áparec!a copia de

1

  • • aiendo es! que, cuna ya se edvirti6, si asta-

' 1 • be. • • • • 1 • '

  • - ~--~====~====~~- -~~~~~~~~~~~~~~~~~----~~:=-=··=-~-~~

"

  • 0102 - 6 -

' • ' . - Eso, sa repita, ·as w•·or da tlacho an la astims ' • ' conc16n da la pJUabs, ·qua dab16 aar elagad!i invocBCi6n del cuw po segun -

  • . do da la cauMl pdma¡ a da caSBCi6n.

• . ' • a la Corta psra exeminsr le, cansw._a a vL tüd de ' • c. • .. 581 del da P. • ' '

  • - Pur lo la Cw te S¡,¡u eua, Silla de Ca ~puesto, saci6n Penal, administrando justicia en numb1e de la Y por autoridad do la ·ley,

• • • • • • ' . NO CASAR la santo•cia recunida. • •

  • ' • C6piase, iiotif!quasa y el axpa -. davu.Uve~sa diente 111 Tribunel da •
  • .

ltDRO ELIAS SERRANO ASAOIA FASI'O'CA.!'OERCN BOlERO

• •

  • •

•

  • •

•

DANTE FIORILLO PORRAS GUSTAVO GCP•EZ VELASQUEZ

' • • .

ALVARO LUNA ALFtl'ISO RhT'ES ECHANOIA

GOI~Z . ' • - • • • • - -

  • - . -- -· ---- . . ... .. -- . .,_

-~ - -- ' - 7 - ' ' '

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO OAAI:O VELASQUEZ IJAVIRIA

' ' - • ' -

  • .

'

  • ' 1 í

-

A' BEATO UORA COGOLLCJI - • • ' ' • ' - ' ' ' - Bso1 ataz•io

.. • ' ' ' ' • ' ' ' ' -- 1 .. • - ' 11 ' ' l ' 1 1 , 1 ' 1 ' 1 1 1 ' - - • ' • ' • l • • • ' • • ' ' ' • ' . '

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