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CSJ - SP L.Romero(13-06-1972)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Romero(13-06-1972)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

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CORTE SlJRIDJA DE JUSTICIA

SP!.A PENAL H Aprobado: Acta 20 de junio 8 de l. 972

Ponente: ~agistrado Ofl. LUIS ENRIQUE Rmmm SOTO Bogotá, junio trece de m'-1 novecientos setenta y dos.

VISTOS: Consulta al Tribunal Suparior de I~ su providencia de 5 da abril del año en curso, por medio da la cual sobresay6 dafinitiv~ cante en favor de Efraim Pach6n Camelo, Juez Pra:Jiocuo &unicipal de Santa Isabel par los cargos que la hizo aarla Rita Cardona da I!Qonsalva.

HECHOS Y ACTUACION Mot: EBAt.: - ~ifiesta la denunciante qua adentras hacía vida mari tal con Cristóbal Osea TolTBS ocuparon una finca en la regicSn da La Rica, ~icipio de Santa Isabal (Tolima) inmueble que les vend16 Uictor Nova a quien le garantizaron con hipoteca sobre la m1eJa finca un d1naro que le quedaron debiendo.

Cristobal Ossa sa fue, abendonando a la denunciante, P.!! ro esta sigui6 pagarnfole a Nova la deuda en cuasti6n no obstante lo cual 0 &lta inici6 un Juicio hipotecario contra Oosa dsntro del cual, al Juez Pro oiscuo del Municipio mancionado, Efraim Pach6n Cs::¡elo fue ~-practicar, al 0 20 da enero del año pasa11o, una dUigGneia para dooalojar a la denunciante durante la cual, seglñl aanifest6 en la denuncia, el referido Juez la soma1 ____ j -2- - titS a malos tratos, consistente en sujetarla por los brezos, emenazando ato dos con que el que ae puai~ da grosero, lo traaña 62D8ITado. Abierta la investigaoicSn se trajeron semfas copias del acuerdo de na:omremiento y del acta da posesión del doctor Ef'raim Pach6n C_2 eamomalo en el cargo da Juez Pro::dscuo fo!!unicipal da Santa Iaabal, as1 csr " tif1cac~n del Alcalde de qua estaba en ejercicio de ese cargo a la~ da los hachos. Se recibieron las declaracionas da aarta Judith Cardona Oasa, aarco Aurel.1o Cardona PAuñoz, F~ HE!m~ Ruiz, ~ Parmen nio Parilla AvUa, L.u1s Humbart9 ArdUa y otros, todos loa cuales astan de acuerdo en CUJB no hubtJ groserfa por parte del ~% para con la denunciante o au fem.lia sino qua fue aquella quien miopt6 una actitud violenta, mani festando que no se sa11a y ultrajando a los da la dillgencia, habiendo si do neeesar1o sujetarla mientras 6sta se llevaba a cabo. Algunos de ellos dicen que el Juez le cadicS su caballo a una ele las muchachas de quien sedae!a qua estaba en dieta, aun cuando aa la vitS QDViendosa para todas PBI'- tes. Se llev6 a cabo ama 1nspacc1Sn judhial al juicio rafer1do, canstatandosa qua se trataba da uno da venta o mljud1cac16n del bien

hipotecado en elcual no aparece Cc:JO parte do la danunaienta. Asi.Qismoaa dejeS conotancia da la dUigencia ctua di{;$ origen a la denuncia, BP8l"'BCi.e!! do en el acta da aqual.la quo el Juez notific1S a la ~ <;u$ debíadesalojar la casa en el ~da quinea minutos paro cama ella no lo hi ciera, proeed16 a orc:Senar a la polic1a qua c:tésocupara la casa por la fua;rza, como en efecto sa hizo luego de lo cual el Juez procedi6 a erttt'Sgar0 el inmueble al rematante del mismo Saul Aponts Pa,rra. -3El Tribunal, en la providencia qua se rwisa consida 1 ra que loa actos ejecutados por el Juez Pach6n Cemelo en la dUigencia mar! d:Jnal1a, estuvieron ajustados a los preceptos que r1oon para el caso y qua no pueda aseg\a'arSG qua hubiera violencia pÍ)r parta del fUncionario ni que oe twbiera excedido en forma alguna, pues los.·mectión de prueba mencionados acrediten que su ~rtsniento fua correcto en todo memento, razonas por las cuales sobresee dai'initivemente en su favor. El Pro1::urador Segundo Delegado e:n lo Penal, está da - - acuerdo con los funde1llentoa del proveido que se consulta y ·por ello solici . ta su c:onf~i6n • - El ru1maro plural Cte testimcnios Ccmtalttes en que se dica qua el ccmportsmlanto dél Juez acusado durante la dUigancia de entrega

da un cibien qua, por habar sido rematmto, debía ser entregado al rematante, sin qua en tal. acto fuera· m1misible oposic~n ftinsuna, fue coJ'TeCto y que a1 procedi6 a dar orden a la policta para qua desocupara por la f1uerza la casa a fin de entt'13garla al rematante fue pon¡ua la danunciante ElSU1tl16 una actitud hostil hacia el func1onario y los dslás que PSTtiéipaban en la di• al inweble viern!ose obligada ~ policía a suJetarla paro sin que se la ma,! tratara en ni.tlgW1 CCllento, ca:::10 ella mis;ul I"8CCtllOS cuando él investigador la int9IT'Og6 sobre el particular .en el rrJ1sn=J acto de la denuncia. No habiendoae proosntado exceso en al ejercicio de las furu)ionaa por parta del Juez denunciado, ara de rigor sobreseer d~initiv~ canta en au favor, caa:::o b huo el Tribunal da Ibagu~ en la providencia qua ________ ....___ ·-- . - J -4aa revisa y qua, por las ra%onaá mq,uastas daba ser uonfiroada. 0 Basta lo dicho para qua la Corte Suprema ..Sala Penal- - emzdnisb'SJldo Justicia en n=bre de la Rep&,lica y por éUtar1dad de la ley 0 CONFIRi'!E la providencia consultada. ~ieoo, notif!quase y davu6lvase el expediente.

LUIS EMUQUE RmbERO SOTO MARIO AlARIO DI FIUPPO

Al..VARO LUNA Gm!EZ

LUIS EDUARDO f!JiSA VE'EASQUEZ LUIS CARlOS PEREZ

JlJUO RONCAlLO ACOST A

J. EVENOIO POSADA V. - Secretario -

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