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CSJ - SP L.Romero(18-07-1972)4

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Romero(18-07-1972)4
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE SUPRESA CE JUSTICIA .

SAL.A PENAL # Aprobado: Ac~ 25 da julio 18 da 1.9?2

Plagiatrado Ponente: DR. LUIS ~UE ROMERO SOTO Bogotá, julio diaqy ocho da. mil novecientos setenta y

..., .

VISTOS: Anta la Inspacci&t ,Oepartansntal de Polic!a de San Alfonao (Huila) se presentc5, el 6 ~e--R~arzo del año en curso, I~ Remtrez a formular denuncia p~ contra LUIS ROJAS a quiE3f1 aam6 de habar premtidofuego a unos senbrados que al denunciante tenía en la regi6n dent=inada ~ Coruntal• del Muñcipio da Villavieja, manifestando, a este propósito, que - -~ un yecino suyo habia pasado el sábatlo 4 da ese mas por al sitio donde astaba trabajando y le dijo qua le habían puasto fuego a dichos. aanbrados, por . lo cual 61 acud16 a ver de_ qu~ se trataba y encontr6 las plantea da plátano c¡ue hatÍi~ semtirado arraneadas y das~zedas a machete.

Por la mencionada ofJicina de Policia se practic4 ase mismo día una inspacc16n ocular , en que se constat6 qua había Wla9 vegas 1ncen . . diadas y se evaluaran los parjuic1oa E:nJfri4os ~ di.versos p:arsqnas. Luego, por la misma Inspacc1.& se oy6 en desCOJ'gOS al de nunciado Luis Rojas, y se tomaron, edsmás, las declaraciones de Rafael Narvo.az y PurifiCQ;Ci6n Oyola quienes ~icen haber visto salir humo de un lugar cercano al en que estaban trabajando. -2La Inspecc16n qua se deja citada dispuso, por auto de lo de marzo, remitir, por competencia, las presentes diligencias al Juzga do Penal del Circuito -r"eJ)Qrtohabi~le correspondido el conocimiento el Cuarto Penal de esa categoría en Neiva el qua, por providen cia de 8 de -- abril, dispuso enviarlas al Comando de lo Novena Brig~, por ccmpetencia, provocándole colisi6n negativa para en ca8o de qua no aceptara sus razonas. Dicho Comando, el 20 del mes cita!fo, d1SJNso devolverlas al Juzgado Cuarto Penal del Circuito, manifestamro, en síntesis, que pnr no estar aun abierta la. investigaci&, no ~ posible suscitar un conflicto de ccmpetencias. Nuavamente el Juzgado orclen6, por auto de 2 de mayo, c;ua . , . . volvieran las d111genc1os al Comando para que ~te dijera si aceptaba o n6 la col i si6n de ccmpatencias qua le habia propuesto. - El Ccmando., a su tumo, envi6 las diligencias al Proeu:ra . . - . ctor del Distrito para· que ~te tomara nota de la actitud del Juez y le ~ .. t_frda• tiara si a bien lo las instrucciones del caso.

La Proc: uredurla Oistrital las dSvivicS al Ccmamto para 1 • • :;.·· • • • .. e. ~ diera Qm~pl~~ a lo diSpuesto por el arUculo 76 del de p. Penal.

Es asi ccmo el Cc: mam1o, por auto de 13 da junio, luegode reiterar su ~. ya mcpuaata desde la prklara vez qua intarvino, da que . . . .m de les diligencias no aparece qua oe hubiera CCl;ISt1do delito da incendio a1no uno de daño en cosa ajena y que, por ~iguienta, el conocimiento del

. . - caso correspondía e la justicia ordinaria, as! cama tOilbi~ la de que no pue 1 1 j -_3de habar colisi6n de compatencias en un asunto _dom:Se mln no se ha dictaclo auto cabaza de proeeso, dispuso enviarlas a la Corta.

CONSIDERACIONES CE LA CORTE: Del 9)Caman" de las dUigencias enviadas a la Corte, ElP.2 rece que se trata en el presente caso dd un del1t o de incéll~~'-:--:.ya que la diligencia de 1nspecc16n ocular llevada a cabo por la_oficina que practic6 las diligencias preliminares resulte que fueron consumidos por el fuego = los sembrados de varios propietarios, que allí se enumeran, con la estima= ci6n del monto, en pesos, de 1~ p~idas sufridas por cada uno de ellos.

En estas condiciones, y aun cuando todavía no se ha in! cielfo el proceso, como Sé trata, por lo que da las pruebas aportadas apare= .... ce, de un asunto penal, la ccmpatencia para abrir la investigaci6n corres "" pom:Sa a las autoridm1es castrens~, a virtud dé .lo dispuesto en el articulo

1.9 (ordinal g) del 0acreto 254 de 1.971. Por lo expuesto, la Carta Suprema ~ala Penaladminis=o trantSo justicia en nombre da la R~lica y por autáridad da la ley, DIRIIlE = la colisi6n negativa de campatencias que se le ha planteado, en el sentido de que la competencia para conocer dal presente asunto corresponde al Coman= do de la Novena Brigada al qua serán remitidas las diligencias previo aviso de lo aqui resuelto al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Neiva. C6piese, notifiquese y cúmplase.

LUIS ENRIQUE RmlERO SOTO UARIO ALARIO DI FILIPPO

-4 -

· N..VARO LUNA GmtEZ

LUIS EDUARDO ~tESA VELftSQUEZ LUIS CARLCS PEREZ

JULIO RONCAU.O ACOST A JOSE MARIA VEl..ASCO GUERRERO

J. EVENCIO POSADA V. = Secretario co

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