CSJ - SP L.Romero(21-01-1971)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Romero(21-01-1971)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
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CORTE SUPREMA DE: JUSTICIA
SM..A PENAL
Magistrado Ponente: OR. LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO Aprobado: Acta# 01 de enero 19 de 1.9?1
Bogotá, enero -r\iei:n~urmm!ve de mil novecientos setent.a y uno VISTOS: Consulta al Tribunal Superi~ de San Gil su ;provideu cia ele 9 de oct u~ del año pasado, por medio de la cual sobreseycS tem poralmente en favor del doctor MANUEl HORACIO NIEVES MATEUS, ex-juez P! nal Municipal de Boliver, por el pre$Unto delito de pecul,ado y orden6la reapertura de la invest1gaoi6n. HECHOS Y ACTUACION PROCESAL Oi6. origen al presente proceso la denuncia que ante el Procurador del Distrito Judicial de V~lez presentara, con fecha 2 de noviembre df3 1.98?, el abogado Saul Barrera Pinz6n quien manifest6 que del Juzgado Penal Municipal de Boliv~ no habta sido enviado al Supe--· rior de V~lez un rev6lver marca "Smith & Wesson" calibre 38 que he.cta parte del proceso que por el delito de homiCidio se venia adelantando contra Asarías (sic) González y que habia sido iniciado por el despacho que se menciona en Oltimo t~rmino, Agrega el memorialista que, seg~unsu oot.looimiento, esa ama habia sido vendida por Jorge G&tez Baltr' an em pleado del Juzgado de Bolivar. En la ratificaci6n de su denuncia,el mencionado pro
fesional agrega que habiendo sido infonnado de que Beltrán portaba . el rev6lver en ouesti6n, di6 de ello noticia el Juez quien no solo le e~s! ñ6 el arTna sinom que le dijo que procedería a guardarla para mayor se9!! rided. No obstant!;! .. eso, como observara, cuando le notificaron el auto de llamamiento a juieio, que el rev6lver no hab'ia ~ enviado con el sumario, se lo hizo notar al Juez Superior quien prooedi6 a abrir la raspee. tiva investigaci6n. El mismo Beltrán, agrega, le dijo qu_e esa arma la- -2- ' ; 1 .' ' ¡' hab!a ventlido por la suma de mil nd~cientos pesos, con conocimiento del Juez, a quien le habta ~ado sééscientos pesos. Tal mani~estac16n se la hiZo en su ofi.c ina de abogado y en presencia de los -señores Artemio Vargas• . Jairo le6n Santoyo y Luis Acevedo. Con basa en esa denuncia, el Tribunal de San Gil, abrió la presente investigación Por ~to que lleva fecha 29 de noviero - ' . bre del, año ~e se deja mencionatfo.r / A ella se trajeron, en primar término •.s endas copias . . del acuerdo de nombramiento del doctor Manuel Horacio Nieves P.lateus cano Juez Penal alunicipal. da Bolivar y del acta da poses16n da ~te en el ca-r \'\ ',¡ go mencionado~ es! como también certificaci6n dal Alcalde ~uninipal de l' ' Salivar quien afirma que en la ~oca de los hechos, el ci~o universi~
rio ejercía el cargo en fef'erencia. !'l.·' ' J 1 ) 1 ~ ' ~ 1 i ; ~ 'i•' Asimismo se tomaron lts declaraciones de Jairo León - lJ. 1 1;1, ¡ 1! ' San~o y Artanio Vargas Olerte ( fs. 13 y 14 respectivamente) los cuales i'~ ; af'U1nan ser cierto que en su presencia y cuando se encontraban en la ·of"-i 1 ' i cine del doctor Barrera Rinz6n llegó un ~or qua trabajaba en Bolivar y i 1 manifestó que del Juzgado y con autorización del Juez se hab.!a sacado un rev6lver que hab!a veruüdo por •'lle suma de mil doscientos pesos y que h-a bia estado tan de malas que le habian dado un billete de quinientos pesos falso. Azar!as Jerez Gonzál.ez, dueño del revólver, declara · que éste le había sido decomisado a ra1z de la muerte de Oar!o Jerez y qua el PI'SQio del arma era de tres mil pesos ( ~s. 29).
Armando Caspec: tes Roncancio, Juez Primero Superior de V~lez, afi.nna en certificación jurada ( ~s. 12) qua él ordenó abrir una investigación por la pérdida del rev6lver perteneciente al sumario-que se seguía contra Azarias Jerez González y que en su presencia el mencionatio G6maz Sletrán ~Panif~t6 QUe En habta vendido esa arma después de haberla sacado del Juggado.
Silvia Ariza Sánchaz, empleada del Juzgado de Boli -
¡1 \ -3var, manifiesta ( fs. 42) qua le consta da la presencia del revólver en esa of"icina y agrega que oyó QJe Jorge Gómez Beltrán lo hab!a vendido, Lo cierto es que cuando se fue a buscar el arma, no apareció, habibldo se sospechado que era Gómez Bel tren quei-~ ~ loj 1 h. ~- a.~ b ... ~ ia' - to\ m.! '~ a do• p1 e ~ ra vender - - lo. Vió a ~te, en otra oeasión, usando un reloj que sacó de la oft::i- ' [ 1 '-'¿. ~ --·1- • ·-· • ~motivo por el cual el Juez le llamó la atenci6n, habi~dole dicho i! Gómez Belt ran que el ha.bia sacado el arma no obstante lo cual le pidió 'i rs'1 fi a la declarante qua dijera que no le hab!a visto el rev•olver. ,1' ll 11.' Gilbarto Sanabria asevera que a ~1 leoofreció Gómez un revólver de las mismas especificaciones que el c;ue se viene menciomando paro que no se lo compr6 porque no tenia la ~a qua le ped!a.Co mo a las dos horas supo que ese revólver se lo heb!a vendido a EfrénPeña por suma de mil quini-entos pesos. Por su parte Efren Peña declara diciendo qua, enefecto, encont.rándosa en Salivar. un individuo de apellido Gómez leofrec16 un revólver diciendole que lo vend!a porque necesitaba dinero ya que andaba con una muchacha. Termin6 por comprarle el arma en lasuma de mil quinientos pesos de los cuales le Quedi dsbi.endo trescien tos que se los entregó días después. - Anita Rojas de G6mez, esposa de J.o rge G6mez manifies ta que ~te le dijo que !:labia vendido un rev .. olver por la suma ya msn1_2 nada de la cual le entregó quinientos pesos para pagar una deuda. Pos ,1., teriormente supo, por otras personas, que esa arma la habÍa s®ado del Juzgado Penal. _Agrega que su osposo no estaba en su sano juicio y que por tal motivo lo llev6 a Bucaramanga en donde lo vio un psiQUiatra quien orden6 hosp1ta11zarlo paro que como no tenia dinero pare pm;¡ar la pensión, el médico le prescrib115 una droga y orden6 wa. se-lo volvieti / 1ran a llevar tan pronto como se le acabara. Tel1Dina dici~ que no le consta que del producto de la venta del revt5lver, hubiera S~ su espo- \ . ' so dinero a otra persona y de que está segura da que lo' enp' l~ en pagar deudas. Indagado el doetor Manuel Horacio Nievks Mateus, di jo (fa. &3) que en el local donde funciona el Juzgado no h~. m!s sitio ': , pera guardar annas y otros elenentos qua el escritorio del, ·oficinistaauxiliar quien 16gicamente tenia fácil acceso a esos, elemen:tos y queaW1
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-4- ,, ' 1 ;,¡1 ~o en un mprincipio la conducta de G6nez Beltrán, fue muy correcta, ')
despu~ comenz6 a csrnbi.ar. Supo qua éstehabia vendido un revólver a un señor Peña a quisn al exponente interrogó sob.r e el particular, habi~ dala respondido afirmativamente. tSllilina diciandoqi.le 'nocreia que G-6 maz . Bel~ se en . contrara en sus cabales puas fuera de hablar muchash extravag:ancias lleg6 hasta cobrar impuestost.r.tunicipañes diciendQse en- ¡'1 1 cargado da eso y quedándose con el dinero que obuttr' o . ' .f ¡ En al auto qua se consulta, el Tr...bunal ilfinna qua la única prueba que COIDJ)l'Otnete al Juez es la acusación qua l3 hizo su anpleado pero que ásta merece poca credibilidad y qua todo parece inti.,! cer ttue ella se debió a su desequUWbio mental paro que lo indiciado e9 dar aplicación al art. 43? del e. de ~. p. o sea sotmesear temporalmB!! te para que, al-reabrirse la investigación, se establezca entre otras coses, esa anomalie psíquica. CO."'CEPTO DEl. MINISTERIO PUBLICO: El Procurador Segundo Delegado en lo Panal se mues tra de acuerdo con asa solución pues dice c¡ua el aspecto probatDrio - - del proceso no ofrece mas base para la acusac16n que el dicho de G. . omez Beetrán quien no ha podido ser at1n interrogado directamente para los f!.,. nes del proceso por lo cual lo más conveniente es reabrir la investiga ción de qua se oiga a este individuo y se pueda confrontar su declara ción con la del doctor Nieves Mateus.
Advierte, si, que en el presente caso n:o se puede d,! cir, corno lo haca el Tribunal, que el cargo qua sa ha fonnul.ado contra dicho profesional es el de complicidad en el peculado qua hubiera podi do cometer G6mez Beltrán ya que éste,. por no ssr funcionario de manejo, no podia incurrir en tal ilícito y porque, además, quien ~ia la responsabilidad de la conservación de loe objetos partenecientes a los p~ ceses, era el titular del deJ3pacho, o sea el propio doctor Nieves aquien se podr!a, por tanto, formular directamente el cargo en referencie. CONSIDERACIONES DE_ LA CORTE¡ La presente 1nvea1:tiaci6n ha girado al rededor de dos f -shechos: qua el auxiliar del Juzgado Penal ~ipal da Bolivar (Santan der) Joaga Gómaz Beltr~ tooó d3 eso oficina un rev6lver que pertenecía a un sumario y lo vendió y qua tal cosa le tiro no solo éOrt el cor.aenti. ... ¡; ¡ 1 miento del Juez Manuel Horacio Nisves !.!~~~ :~tno,"t41f~~ ~ .ó_s~ lo dió la ll'¡ mitad del dinaro producido por la venta. Id '' 11 't Paro as del caso de qua, hoota el memento, no se ha 1 (' ~: establecido ni que el revólver ~ua sacado do la oficina, ni que lo hu - l. ' 1~ r(,, biera tomado G&lez Baltrán,lo cual es materia de una investigación sap~ 1' ~: rada que 01'9enó abrir al Juzgado Primero ~arior de San GU y cuyos r-e J
sultados a6n no se conocen. I .'l 5 Tampoco hay prueba suficiente para establecer si ta- ¡¡ les hechos, de habar sucedtto, se l'll.lbiaran ejecutado con anuencia o por ·¡ iniciativa del Juez Ui.eves Ma.teus, ya qua la pri.nd.pal• o sea la declar-a 1( c16n da G6mez ~tren no se ha recibido. ·¡,' ', .1. Finalmento, no C!Xiste base para establecer si, en c-a ·'[ ! so de haber sido tomada el rev6lver por Gó:me% Bsltran o por otra psrsol1 na, o de ha.baraa extraviado en cualquier otra forma, se debiera tal he cho a negligencia o impnsd.cncia del Juez. Totlos estos dementas da prueba stm necesarios para ~ establecer bien sea la responshbilidfld del Juez bien su. inqconcia, y C3 me no aparecen da autos, sa hoce indispensable sobrese...or temporalmente en ~avOT dal sindicado, a fin de que, reabierta la irniestig~, se .¡1' ' les allegue al proceso para poderlo definir; en el fondo~ i 1:; ; Por lo expuesto, la Corte Suprema ~5:. ~6!- acfmin~ . '' - trando justicia en nombre de la República y por autoridad d9' ~a ley • CON . FIRMA la providencia con5ult eda. C6piase, notifíquase y devuélvase el ~te,
WIS EWAROO !!ESA VEl.ASQUEZ FfÚP,Po .
MARIO AI..AAIO 01
HW.'BERTO 9AAAERA OOMINGUEZ
AL VA RO LONA GmJ.Et.
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WIS CARLOS PERtZ
WIS ENRIQUE RmstO SGTO
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JUUO RONCALLO ACOST A
JOSE MARIA VELASCO GUERf\ERO :) i~.
J. EVENC!O POSADA V.
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