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CSJ - SP L.Romero(21-03-1972)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP L.Romero(21-03-1972)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

. . .

CORTE SUfJREUA DE JUSTICIA

SALA PENAL .

Yeeistrado Ponente: DR. UJIS EMRIGUE RllVERO soro VISTOS: Para qua la Corte emita el eoncepto da qua trata ·eleata artículo 44 dal·c&nso da ProcadSmiento Penal ha aido .enviadO o Corparagi&mlo aollcitud hacha por el doctor Francisco J. Rodñguaz Ro-

. . Oistrito Judiciol da Tunja, por los delitos da ~c1d1o en el d®torArturo Su6rez Escobar y lesionas paroonales en el doetor Carlos Hamán daz Becm ta, Mcgistrmtos del Tribunal Superior da ese Distrito y qua ~ vieran =urrenc1o el 11 dSl mas en curso .en la autopista qua da Tunja corntuca a Arcabuco en el l)epartcmento de Boyac6. ~n.esta el patic1onar1o, cmoo ~tos da su ~ licitud, qua tanto en referencia o lfliS parsor10a encarges1os de la 1nstn.t.2 c16n del proesao como loo qua deben fallarlo "hoy factores dstarminantes qua en todo cnamento van a laaionar los intereses de mi favorecido, puas d.1cho sao de paso, quien instruye fue poatulm:fo por uno de los H. 14agiatrados del Tribunal de Tunja, al parecer el doctor Carlos Hern6nd9zBecm ta, qui.en dentro de las sumarias cmem& da sar lesionado t1.ena la ca . . lidad da inculpado y ast, el Juez da la instancia a quien la pueda conoes

. ____ __j - 2·- . . - poniter -la resoltm16n de fondo .es· funoionar1o designado pmla misma Cor - - -- - · poraci6:l ·y por. em1e no t1ana la .suficiente ·l:ibsrtad da Pronunciarse en dasfavoreeimie:nto del ·Tr!bwlal .qua lo ha. nombral:to en· su cargo•. Agrega qua •como eS l'lOl'ID6l la tragedia narrada tiene ' - preocupada. a toda la ciudar!ania; la rema juriadiccj.ónal del Poder Nbli co, el Ministerio Nblico y los ·mismos profesionales del déreeha hasta el punto qua ninguno de estos se hicieron cargo de reppesentar a quien es hoy mi pmferdanta•. Termina diciendo que han llegado a' la investigaci6n en calidad ~e t~igos los mismos Ucsistrodos, as1 camo bs· ~ tes del Ministerio ~lico y el Jué~ Primero Superior •raz6n más que vale:dera, dice, para que en su ~idad· su impedimento sa haga ostensi ble del~e del JU'OCSSO". Y qua tanto el lesionado CQma·. al occiso t1Qnen. intimas nexos de cmistad colegaje y poiaonaJe· ccm ·~ienas han de· administrar justicia. Acompaña a su solicitud un certificado dal Juzga® adelo!! ~Penal Mun1cipal de Tunja en .darufe se EQCPrBSa que allí· se tala invastigaei&t por las deUtos que· se dejan mencianados.

CONSIDERACIONm DE LA COlUE: - Loa cambios de radi.caci&l, de acuardo con lo dispuasto por el articulo 44 del c. de P. Penol, se decretan "cuaru:!o {él Gobiar . no) lo estime conveniente para la roota mtministraei6n dS ju!Jticie• és decir, buscam1o .que se el.1m1nan. tropiezos o parturbaciones qua puedan m.2 noscabar los intereses da los sindicados o los de la sociedf.Ir! · en general.

-.- - - -------- - -- ----- --- ---- --, . -3- - No implica tal medida, lo ha dicho la Corte, "el con . cept:o ~ • •' , 1 . .. ~ ~ mma o sospacho positiva sobre la rectitud_. holt:m"obUidail, . . . . . ~ . e 1mporcial1dad da los funcionorios qua conDCen o deban conocer dal pro- ; • ~ ' f 1 1 • _.... : ~ '1 • - : - caso, porqu.e su honrada%, prot)idad o ~endartcia es da crear qUa se ha . . . Uan por encima· de elew:tentos ex .t raños que se PJlGOUm9 puedan inf'luir en . ' las consacuaneias del negocio". • . t.: • Pero pua:den presentorsa casas en que esas razonas da '¡ ;,, conveniencia a . que se rei'iare la norma arriba menc1onada, hegan indicado . . cambiar lo nm1cac16n de un procaao a fin de dar a la sooiedad la misma

coniPion%a en loa encorgcdos da atfm1nistrar Justic~ y da no forzar a es- ' .. 1 ~ • 1 tos a dass=peñar sus funcionas en c1rcunstanc1as c¡ue puedan preSéntarles conflictos entre sus deberes como tales y sus sentimientos parsonales. Q • - • En el uaso da mates, ea evide:nte ~. a m& de e:pare car como ofemH.das parosonas qua ocuparon o desempeñan moltos cargos en la .Rema Jurisd1.c c1cnal del Dapartcmanto de Bayac6, tcmbU't porece que al- . guno da ellos pudiera tenar la calidad de sindicado en el procaso, loqua hace conseja .b le qua ~te sea adelantado y Juzgatlo por f'uncionarios1 . : totalmente ajenos a los del lugar da~ de 1~ hechoa.' ' En Gtanc16n a lo expuesto, la Corte Suprema -8alaPenalemita alNCEPfO FAVORASl.E al cembio de radicadc!n dal proceso o que se ha hecho ref~. C~iese, y dew6lv:G$8 o1 Ministerio® Justióia.

LUIS ENRIQUE Rmz:ERO SOTO I!.WaO PURIO OI FIUPPB

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J. EVENClO, PtSADA V. - Sscretario -

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