CSJ - SP L.Romero(25-08-1971)1
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Romero(25-08-1971)1
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
. ' 1\¡: 1 1
CORTE SUPREMA CE JUSTICIA 1' SALA PENAL 1 1
1 ¡: ~pobatlo: Acta # 31 . 1 1 ' Magistrado Ponente: l' 1 OR. LUIS ENRIQUE. RmtERO SOTO ~ •, ' '¡ Bogotá, veinticinco de agosto de mil novecientos setenta y uno.
VISTOS
.11 ;\¡ PTOV! Consulta el Tribunal Superior de Tunja, su 1 '1 1 dencia de 14 de mayo del año en curso, por medio de la cual declaró pres crita la acci6n ~ise'lplinaria por faltes a la ~tica prof>esional adelanta da contra los abogados Pablo y Bartolomé Amaya ppr denuncia que, ante el 1 1 r extinguido Tribunál. Superior de Guateque presentara el ciudadano Rafaelr~ Contreras. 1 ' l( ¡:
HECHOS Y ACTUACION F'ROCESAL:
'' ¡ Manifiesta el denunciante Contreras, en escrito !1 JI t de fecha 18 de abri~ de 1.959, dirigido al Procuratfor del Distrito Judi - l ill 1 ¡:1 1 cial de Guateque que tenia celebrado un contrato de promesa de venta con H!.'i ,., 1 Maximiliano Garc!a Mora quien• adenás de otorgar la escritura correspon ... r diente, debía pagarle a aquél la suma da $20.000.oo pero que no cumpl~ - ~' y para evi ter que lo ejecutare consultó al abogado Bartolomé Amaya quien - t·
le aconsejó que se ficticiera. Agrega que fingieron tembi~ un juicio de separación de bienés entre Garc!a y su esposa en que el profeiional quese menciona aparecía como apoderado de la esposa de &te, habiendo susti tuido el poder, para una diligencia de secuestró· dentro del méncionat!o - ' juicio, a su hennano Pablo Amaya, a quien Garc!a le confirió poder para representarlo en el mencionado juicio de separaci6n de bienes o sea queaparecen los dos abogados Amaya como ap_oderados de las dos partes opuestas en el litigio que se acaba de mencionar que no tiena más objeto que insol - - ventar al citado Garc!a para que no tenga que pagarlla suma atrás menciona -- da. En la misma denuncia se presentan estos hechos como ocurridos con an terioridad al 14 de abril de l. 969. 1 ! l 1 ': :¡; El Tribunal Superior de Guateque abrió la investil ,¡f .... - J ""··.L. ' -2gación por auto de 19 de junio del año que se acaba de mencionar y a ella fue traido el memorial poder de Carmen Diez de Garcia para que el abogado Bartolomé Amaya f!onroy la representara en el juicio de separación de bie nes que debia intiar contra Uaximiliano Garcia Mora, Lleva dicho memorial fecha 11 de febraro de 1.969 •. Asimismo aparece el memorial que, el mismo día, - 1 1 el abogado en menci6n dirigiera al Juez Promiscuo Municipal de Pachavita,
sustituyendo en Pablo Amaya Monroy el poder en cuestión. ¡.1 1 '' Obra en los autos copia de ios acuerdos por loscaales el Tribunal Superior de Tunja y el de Bogotá ordenan la inscripción, respectivamente, de Pablo y de Bartolomé Amaya l!onroy. En le providencia consultada• el Tribunal estimaque por haber transcurrido más de un año desde los hechos consignados en la ; 1 denuncia y haber ocurrido estos antes de la vigencia del decreto 320 de - 1 1.9?0, la acción disciplinaria se encuentra prescrita. Del mismo concepto es el Procuradol:' Segundo Oeleg~ 1' IU do en lo Panal quien, por ello, solioit a que se confirme la providencia CO!! l¡ sultada. j: !: ¡ 1·, 1 1.. ', CONSIDERACIONES DE LA CORTE: !{: En verdarl, desde que se dicen ejecutarlos los hechos que el denunciante considera violatorios de la ética profesional o sea des de el 10 de febrero de 1.968, han transcurrido_~ás de dos años y como quiera que la prescripción de las actuaciones anteriores a la vigencia del decreto 320 de 1.970 se cumple en un año, quiere decir, que ese fen6meno ya se pre sant6 en este caso por lo cual era de rigor declararlo asi, .como lo ha hecho el Tribunal en la providencia que se revisa y que, por lo tanto, debeser conf'innada. En f1irtud de lo expuesto, la Corte Suprema -<;ala P_2 naladministrando justicia en nombre de la RepGblica y por autoridad de la ley, CONFIRW\ la provi.dencia consultada.
Cópiese, notif!quese y d!! --3vuélvase el expediente.· j : i
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JOSE MARIA VELASCO GúERRERO MARIO ALARIO OI FILIPPO
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: H.JfJI"BERTO BARRERA OOMINruEZ ALVARO LUNA GOli.EZ i1 . i l.
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, LUIS EDUARDO w.ESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEREZ : i
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LUIS ENRIQUE ROllERO SOTO JULIO RONCALLO ACOSTA ;1
J. EVENCIO POSADA V.
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