CSJ - SP L.Zambrano(19-05-1969)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP L.Zambrano(19-05-1969)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1969
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COHB SlJPBBl!A DB JUS!ICIA 1
1 SALA DE CASA.C I 01J PEIU.L. ) 'l: 1' Aprobado~ Acta B9. SO de 16 de ca¡o do 1.969. ¡¡ 1 ' i: 1 '.1 --~---- ,, D.agUitrado Ponentoa ' Dr. LUIS CARLOS zmmuno. + 1 .' - ! 1 ~ogot.á, tmyo diez y nueve de c.1l. novecientos , sesenta y nuevo. V I 8 O ~ s~ Con el de obtener el concepto previsto ~in 'i en d a.rtíou1o 47 del Decreto Leg1al.nt1vo nlfuero 528 do1.964, el ~oter1o de Justicia -otiÓina Jurídicaha en nado a esta Sal.n de 1a Corte 1a soUcit ud presentada por= (! el doctor Cqrloa E. IIWloz Paz, en su carácter do apoderado 1 de CARLOS lWfOBL ABGULO ROJAS, sobre oar1bio de ra1Uoaoi6n= del prooeoo que contra dote se adelanta en el Juzgado Pri ·· ..· 1 mero Superior de Cali por el delito de hot:dcicUo, agota.d o= '1 en la persona de Careen Eugenio Reyes de Angulo. El peticionario, cono fundamentos de la ~ '' dida il:!petrnda, aduce, entre otroa, loo siga.iontess "Pricero.- El sellor Carlos Dannel Angulo ( Ro3aa cU6 llllerte violenta a su eoposa legiti.oa, -
1 : - sonora CARMBR EUGEIJlA REtES DE AIIGULO, en el peri 1 I!letro lU'bano de la ciudad de Cal1, en 1ao prineras horas de la t~adrugada dol día treo ( 3} de sepU~ bre de t:dl novecientos sesenta 1 ocho ( 1968) , yen el t:dm:10 acto loaion6 a 1a sonora Carnen Gonzá 1 í 1: ~ ~ ' J 1 1 •• 'JL....- - - ------~~-----~~-----~~~ --------------------~--~----~~~~----~~~-~~~--~~-~-~-~---~----------------~. ~~~~ ) ..... '. 1 1' í.
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1¡ 2 i 1 J¡ lez de Royen, ca.dre log{til:m do doila C81'1:1ell Ruge l,.i ninl ' .. lil 1 ¡''1 •segundo.- La 1Dvoot1gaci6n correopondiente - ·) ~ut5 adelantada ~ el Piscal 18 lllstructor de la - ~ '!1 Procuradur1a General. do la nación, principalnente= '1 en la ciudad de Popayán, luaar do residencia de ¡':!'' los esposos Allgulo-Royen, yo. que la aefloh Reyesdo Angulo o e encontrnba ootuJiono.l 7 tranoit or1&J:18ll 1 te en Cali en el I:Umento do oer víotina de-1.-d.ellto¡ Perleccionada la 1nveot1gaoi6n, ·~erce?O.- o~ rrespondi<S por reparto su al oeflorconoo~ento Juez Pr1cero Superior de Co.li, quien deop.ut!s de ordenar la práctica de algunas diligenoias, decla ró cerrada 1o. 1nvestiguci6n y proced16 a c~i~ '1 !a, lo cual efectuó en providencia de siete ( 7) do 1 ,¡ a~il del prenente afio, por oedio de la cual se llam6 a reopondor en juicio, por los trdoi.teo ord! ' narioo en que 1nterviono el jurado, al seflor ABGU 'i1 1 LO ROJAS. Rn la actualidad el pl"Gceso se encuentra para reparto en el H. Tribunal Superior, por vbtud de apelación que interpuso contrn el auto de ' proceder '1 re~erido; ·. •cuarto.- Antes de contraer matr1non1o con el sef!or Angulo Rojas, dofla Carnen Eugenia Reyes Gon en el o.flo de mil novecientos sesenta 7 uno, zalet~, elegida 'Sefiorits Vo.l.le• y represent6 al D'epa-r ~6 tGI:lento en ol Concurso Hacional d_o Belleza que ae= ooleb1'6 en la ciudad de CartSBena en el oiamo ano. ( Bata cñrotm.Dta.ncia, pera la cual se tavieron encuanta los atributos ~toicoo e intelectuales de la 1 &8l'&Ciada, lo miaoo que su posioi6n oooial en laciUdad do Cali, deter.oin<S en una aopliaBU ~o.vor corriente do s1opat1a, aprecio y adm1ro.oi6n, no
a~ Janente en esta ciudad Bino en todo el liobi.t o del= Dopartaoento, habi.da cono1doraci6n de que esta J r ·¡ ' ' 1 - . J . ·------~~~ --- '""'\- -- • 1 '' '" r - ' - ccn:m.rca oe br1 enorgu.ll.ecido eieopre do contar en 11' tro suo mu~eree a las cás bollaD dol pato; ,, ll: ,,, t.J "Quinto.- El el afio de Dil. novecientos sesenta 7 dos, doRa Ce.rt!!en Eugenia Re7eo Gom:ál.es, oontrn ~o 1:1111órimonio cat611co con don Carlos ttanuel ADgu '' lo RojBD, d1ot1.nguido aieobro de la sociedad p878neea, 7 deege esa época oe residenció en la capi tal caucana, no obotante lo cual. vieituba h'ecuen te:nente a Oali en donde quedeS viviendo su ~arn1Ha, 7 -oooo ea obviolllternaba en loe r:uis altos o~ loa eooialoe que continuaban d1otingui6ndola 7 ad mirándola por loe atributos que detercinaron su e-a cogencia coDO •seRorita Valle'; : 1 asexto.- Ocurrida su rnu.erte, por 1 ~en raz~ nee que no eon del caso aducir en el presente es crito, oe preeent6 en Cali una :tuerto reaooi6n en= contra del autor del uxorioidio, las oUQlee oe ~ ,, dujeron en agrioo comentarioo de prensa 7 en pro
testas oolectivaD de las darnae de la ciudad, igno rantes de lao razoneo subjetivas det01'1:11nantoe del 1l.ícito. Eoa roaooi6n, nacida del aprecio que soprofesaba a la seRo:ra Re7ea do AngUl.o, se ~long6 en el tie=po 7 adn subsiste, puede apreciarlo o~ el ministerio con la lectura de los teet~nios de personas que extrajudicialmente han declarado - - en diligencias que ori81naleo aconpafio. Y se trac1u jo objetivaQente en la noche del 28 de enero delpresente afio, cuando al la d111genoiat~e de Inapecci6n Ocular en ol inmueble en donde oou rriel!On loe hechos un nuneros·o grupo de pereonaa. t especialmente eeiloras, oegdn oe desprende de la1nfom.o.o16n de prensa que tanbién aoOI:Ipafio, inju rió al seRor Angulo Rojao con los ep!tetoo de •as~ oino • 7 • cr1 minal • , al mis::to tietJpO que el ~oio nario comisionado que practic6 la diligencia (Juez 19 Penal Uunioipal), tué califi9ado de •ajicero• - -- . --- .. - - ------ -- . ---- ~~· -- ----- ~-~.-~...-........... ------------- -------~- - 4t6rmino que se emplea en tmestro ~:tedio para indicu que el fUncionario ha recibido re2Uneraoi6n econ~ mioa para proceder en contra de loa intereses dela justic1a0 • Bl escrito sobre canbio de radicacidn Vieneacompnflado de la siguiente principal: doc~entaci6n a). Oerttlicación del Juzgado Primero et~nnada Superior de Cali, de la cual se desprende que en ese Despa cho judicial cursá el negocio penal a que se contrae la so~ citud en cuestidn 7 en el cual se d1ct6 auto de proceder contra Carlos Ranuel Angulo Rojas por el delito de hoQlcidio en la persona de eu espooa legítima Carmen Bugen1a Re7es de AnG-ulo, providencia recurrida en apelao16n ante el Tribunal Superior de Oali. b). Constancia expedida por la Directora EJe cutiva de la Oficina de Fomento 7 Turiamo del Valle del CB!! ca, rererente al hecho de que la eeftorita Carmen Eugenia B.! . 7ee ru6 elegida seftorita Valle para partioipu en tal ca11dad en el concurso nacional de bellesa que se celebr6 en O~ tagena el 11 de noviembre de 1.961. o). Certiricac16n -proveniente del Juez ~urad~ 19 Penal Blmici¡:al de Cali, doctor Alrrédo Re7 06rdoba, - ! \ quien expresa que, al practicar por coniaidn unn diligencia / de 1nspecci6n ocular en la casa donde tuvieron ocurxencialoe hechos de que trata este negocio penal, 0 un grupo depersonas en nmnero de cincuenta aprox1c!adamente que se eno_2n traba en la cal. le, comenz6 a gritarle al. sindicado 'asesino,
- . . j'
1 ----~---- -. : \1 1 í ' 5asesino • , 1 al lñst10 tiet~.po le gritaron al suocri to Juez 7 - "' al Secretario 'Ajiceros•. u: ,,, ·1 d) • Declaraciones de loa sefiores Jes11a Zulua p, Alberto llurgueitio Restrepo 1 Leoni.dns G6nea Jaram.illo, quienes deponen, por haber interveni.do en la diligencia deanterior rererencia ea su carácter de Secretario del prealu dido Juspdo 7 de peritos respectivar:tente, que al eunpliree= dicha actuaoidn procesal ocurrieron los incidentes de que da cuenta el funcionario judicial en t~.enci6n. e). Testitl.onios de los doctores Bdgar VelaacoIrsgorr1, Jes11a liJaría Cobo Ari.Zabaleta, Rodrigo Valencia Cai . 1 ,¡ cedo, Gabriel Sanvedra Saavedra y Armando Barona Besa, qui.!, ' nes declaran en lo substancial sobre los hechoaz aiguien~es (! ¡' l existencia de un clil!la general de protesta y de :-e::s:eoraci6n en el Departamento del Valle del Cauca de la conducta delsefior Carlos Da.nnel Allgu.l.o RoJas al dar muerte violenta asu esposa Ca.raen Bugen1.a Reyes, González, inconfol'tlidad quese mantiene y que se deriva del alto de aprecio a~ ~o a 4l.la· se le profesaba, ertotanc1a ta.mb14n de un &Dbien
qu~ te il!!propicio en dicha regi6n para el Juzganiento de Allgu.l.o= Rojas por rea6n del rechazo que IJ.Greciera su acto homicida. ",, 3B COJJSIDRRA: 1 ( ji Como lo ha expresado eota Sala con reite1'1l 1 ci6n, al conceptuar sobre análogco casco, la racultad o~or&! de al Gobierno para disponer -de acuerdo con la Corte Supra-~ ma de Justiciaen cualquier entado del proceoo y antes de - ,.- 1,. ¡ 1 ' ••• lr ," - --- __J_~ ------~----~--------------------------------------~-~-~-~-~--~-~---~--~-----------~~~ 'j! 1 '
- )1 - 6 j dictar sentencia de segunda in.otanoia, que los sindicO-dos o ¡, .,, procesados por delitos de la coapetenoia de los Jueces SUP,! 'ji
[, 1:1 rieres o Municipales sean juzgadoo en otro Distrito, cs una '·i' de excepción a las reglaD generales de oompetenoia, ~edida la cual, sagdn lo ostab~ecen loa artíc~os 47 7 49 del Decreto Legislativo ndoero 528 de 1.964, procede cuando aqu6- '¡'1 lla se estime convanicnte para la recta adm1n1strao16n de ~ justicia o cuando el procesado padezca grave (!Ue e~ert:edad 0%1Ja el cacbio de cl.i.rl::ll de residencia del n1..eoo .• Ql
Ahora bienz el áQbito de la pril:lora lüp6tesis : 1 1 ·¡ gobernada por los prccitadoa ordenamientos procesG1es, dice relaoidn a existencia real de raotores extrafios que pertur ,,1 uben la .aplicación de la ley o conatri.Han la libertad o ' parcialidad para la apreciación del probl.ema sub-Judioe por parte de los funcionarios da la rama Jurisdiccional. o de loa del juraeo, quiehes, por razón de la presencia nie~brca de bandos o parcialidades pugnaces en la apreciación de un= proceoo, pueden verse expuestos a faltar al cumplimiÍinto de suo deberes por la presión de esas fUnestas influencias. Y an principio, colJO lo ha adc.itido la juris-. prudencia nacional al respecto, puedan _r¡oeptarse cooo oausaa justificantes para el Clll:lbio de radicación de un asunto pe nal, la creación de un cl.1!:!a socilll. de controveroia o en(lea d1ciento de án1nos en determinada región por la ccmiai6n de un 1~ícito, clioa derivado de la v1nculao16n ~ortante de= la víctica a sectores de la comunidad en los que efectivac~ to repercute el hecho, de la cond1oi6n del victioario y na- , ; i 1 (¡ '• ----------------------------~-----------=~-~ ti. 1 '' ''1 1 '. '!• - 7 - :. 11 tura1osa del deUto, o, en !in, do otras circunatanoias a11, ' m1l.aroo que puoden intlu!r en el ;lungw:¡iento. De la dooioentnoidn allegada pua pedir la 1!!_! dida en cuestidn, surge con claridad la e~istenoia de una - /1 ) o1tuac1dn de lQ naturaleza 7 caraoterfotioao anterioroente= apuntadllB, yo. que esoq_ elementos de conrtco16n son indicad,2 res del tcl!!Or de que ciertoo !actores ambientales - ~ado do host~dad al procooruio, 8l:lén de otroo antes :relaciona dos, no dejen enteraaonte a ao.lvo la independencia e icpar cialidad necesarias para ol j~gacú.ento del sindicado en r_! ferencia en el Distrito Judicial en donde so ventila el ne- '1 gocio. ,, '1 + Por lo eXpUesto, la Corte SuprOI!!o. -sala Pe~ ac!te concepto PAVORABLR sobro el cambio de radicaoi6n delasmño penal de que as ha hecho anterior adrito. ·. Odpieoe 7 devu4lvaee.
BPRBB OSBJO PB1lA BO!ililnlXO BABRRJU DOMIIrGUEZ
SA!llJEL BABRIEII~OS BBSJ'RBPO LUIS EDUARDO l!BSA VELASQUBZ
Am'Ono IIOREiiO !lOSQUBBA
JULIO BOilCALLO ACOSU LUIS CARLOS l,',AtmBAUQ
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JOSB BVlmCIO POSADA V.
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