CSJ - SP M.Alario(22-10-1971)3
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP M.Alario(22-10-1971)3
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
:li 1. '\ OOME SUPRBl'lA_DE JUSTICIA SALA DE CASAOIOll PENAL Bogot4g veintid8s de octubre de mi1 novecientos setenta y uno. a tlagistradó ?óne.n'te llR• mARl.O AltAlllO l)I FILIPPO --AprobadQS Acta No~ 42 1 : 1' l1 il¡ Pi j!, VISTOS; :'1 '11¡1 E1 ])¡>•. Antonio Luj&l z._~ én memorial presentailo : 1 1 l¡ ol 15 de mayo del afio en cu;-so~. ;-et;n.ts:6· al l>l"~ Gu_stavo Gc$mez Ve• !'11 1 ldcquez, Magiotrado del Tribunal Su};Jerior del Distrito Judieial. ,:1 ¡¡· ;¡ do !Iedell~ npara que ~e abster..ga de conocer., de la queja qüe !¡ contra di<mo abogado~ por fal.tas contra l.a ~tica profeoi.onal ~ !¡ r i' foriiiUJA la seao;ra »etsa.bt! R<>Jas Guti~rt'e~ viuda ·de VUla.i tas razones ~ue adujo para tundamentaJ> la recu~ 1¡ cidn son las ~~ent.e. s; } '¡ '1· "Cuando expiraba el. per~odo del pasado Tribunal.~ 1 y cuando exietfa el. rumoxo y temor do qtte dtzquó Ud. s~r!a el rcenplazo en la Corte Suprema de c)uaticia del. Drt Samuel Barrien~ 1 tos Reotrepof en c~eras de salva.c~~n ~e discut!.a una queja con
tra el. suscrtt o eleítaé!..a por un ingeniero legul.eyo que se l.e hab!~ notido en la oabeza, que era pm-te en un j\lioio de 1a compa.ffja 'Colombianos Distribuidores de 0Qmbustib1ea+- contra unos aeñores Gond:lezt y que ten~ faeultad d~que para hacerme devolver el. 3uicio al. Juzgado del conoóimiento; no óbstante quo. la ecoic1n haco. b!a teX'UJina.Qo por transaec1<1'n entre los trrte~sadoso ttTeti{tó pt-uebaa del inucitne.o (sic) inter4s que Ud. to~ en los debates p~ª óonvencéi' a sus COl!IPalleros ~el entonces ~rib~~ que dizque ~e me debfa sancionar; \ "De montento cito l.a declnraoi~n acl .e~istrooo '1 Pedro Nel G&mez Hoyoe y su e.ctw;lcidn debe constar ··e~ 4s actas 11- . \ . del Honorable Tribunal~. clel mes de julio de 1969. ·.\ uA su actit® no le }le e~contrado :exPlti:QacicSn d.is• ~ue ~d~ tinta a (sic) la repulsidn y mutua antmadversidn y yo nos . \ cnusamos11. nacida q~i-~s en Ud. desde que el m¡ecr~tó1 ,lf vencid en un juicio ejeQútivo del Colegio Externado· Agusttn Nit\t~ Caballero• eursd contra la Sra~ Lúu"gari ta Osorio de S1er%"at ju~Q;;J.o que\ en el
entonces Juzgado 5o. del Oto. CJi:!.mal no eotoyt'~ \ t 1 \ \ 1 . ., " .1 --=----=---~-'' \ : ·¡1l 1 Al memorial de recueaci.&n no acompoñ8 el. Dr. Luj~ i •1 1 z. prueba alguna. 1 1 11 El t!agistradc> Dr~ ~ez Vel!squezf mediante auto de '¡11 22 de junio del corriente añc>t ordend la pr~otioa de algunas prue. 1'' 11 .'! bas (fol,. 20)p cumpl.ido lo cual., en p~ovefdo de 3 d~- septiembl;'e 1 ·,:, 1 ¡¡1 último se pronunci6 as! sobre 1a ~eousaoidn preeentadat ,: l 0 --- ~; r "El. ctr~ Antonio Lu34n Zapata piensa·~ singul.ar1 ocntocD pues entiende oomo motivo de reéUsaoicSn el natura1 ejerci cio de la 9rotesi&n del derecho~ con ~e oontrat1e~pos de rigor; ;1 ,1 ' y tambi~n e1 ejercicio de l.a magistJ'atura,_ cuando ~ate se causa on conductas suyas sometidas a ~U$gamiento. En ds de una ooasidn he conocido de asuntos de ~tica p~ofec~onal ~ 1Qa cuales se in• voluo¡-a su nombre • y· no he sido recusado. n· l)Gndl timo, para- ál!lpa.-. rarle con una prescripoidnl f-ue por e:t mal trato ftsieo ~ que sQ~
cetiera en· su ofi~ina11 a una dama cUente auyá (junio 8/11.---fs • 0 1 35 y 36). 1 1 l 0 Eh la discusl.dn de la ponencia a que se refiere el recusante~ a.otu4 en la forma que es dé usanza y no 1o hice d,e, E10-. .1 d~ ~ial.adovotros maaistrados 1nterv1nieron, como consta a fs~ 23 _ ( vto. a 21• Raz4n t~n:dr!amoe cuando el proyecto inicia1 t:eoibi~ 26 ?otos negati~oé~ 1 1a segunda~-la de condenaet&n a $~OO.oo de mu1~ de treinta magistrados apenas recuerdo dos de vo ta~ s~vamentos to~ los de los doctores Jairo VUla Vieira y .Luis Javi.er Vel~squez. ~ero debo explicar¡ por a:ltimo, lo del "inucitado -aicinte~sn que ae dio en ·mas de dos magistradQs qUe recuer 0 do loo doctores Santi~o He~e~q y Ootavio Rcstrepo. Se so1icit4 :m ré!pida discusi&n por el tiempo que llGVaba en trdmite (pr.6Jtilno otro fent$meno de prescripei&Ji,- declarado luego P')r la Corte con :l el oonoopto favorable de -l.a Procuradur:,fa? la que no omitid deoira ,, i n ... eot~ p;:g~ado en _el. .i nformativo gué, el. abC?~do Antonio Luj~
z Z:1pata ind~bidamenteretuvo _el e!l!edicnte ,antes ,a1Udido el die~ tooen _p~t;ioia:l oon ,e1 dnieo fin de eludir el pago de 1;os _honora rios a g,ue· ioa .pei'itos tenían derecho. •-Ó~tJ uno deellos el. tiro Cnrlos Augu~:to Agudelo, motejado de "ingen-- ie. ro lcgt¡).' e yo." por e~ . z.. . . . 1 dr, Lua~ y, prinoipalmenté, para evitai' mortificE.toidn a los cngistroooe y a un f~;UnUial- ~o tl ye. que un hermano de~ dr á X.Uj~ oetaba pr6ximo a entrar a formar parte de lá Co~ora.Qt~Sn, como. a• o! sucedi~~ por nombramientos de pe:rlodo., : "Otra modalidad de, nuestro estilo personal., igual""" nente incomprendido. ~1 magistrad~, "As! las coétl.sf)c suscrito NO ACEPTA LA RE-CUSAOION que le ha sido pl"opuesta por el dr. Antqnio J,ujdn Zapata." CONSIDERA; ~ . . --- - as NQ dio~ el DI' •. kljltn Zapata cuAl S?n l.as causa les que invoca para fundamentar su ~aúuoaeid'n. • f:!a.a oomo diee que a la actitud del Magistrado G&~z VeUsquee no le encuentra ex.. plicacicSn distinta de "la reJñll~~n y mutua animadversi~n n que ~ate y ~ "se causan~~ preciso es p~esuroir que la teeuoaci6p la
c. formula a.l ~parQ de la causal. ·cuarta ~e;L art!Oúlo 7~del de P~P·D· ea decir; l.a de la enemistad grave. \ ·· -· l ... lsos }).echo a qtte d,.eron motivo a la. :-eousaeicSn se reduQen a que el Magistrado G~ez Ve14squez demostr~ "tnu&itado (sic) 1nter4s~ "para conv:enoer a aua oompafieroa· del entonces Tri-: buna.l n de que debla sanoio~se ~ Dl-·:. Ll,tj~ en un negocio que_ cont~a Aste so 94elánte~a por fal~as contra la Atioa profesional• y a que el ~eousa.nte lo' rtvenQi~en un juicio ejceutivo incoa' do por el Colegio EXternado ~~(n Nieto Oab&lle~o contra la sefi~ ra Osorio de SieTr$• mar~ita $e_ obse~va que este l1lt imo negocio oe ventileS en . el año ~e. 1962 (v •. iolio 33) y quet no obst~te haber sido el que dio lugar & «la re~si.Sn y mutua anintedve~si&nu entre el y Dr Luj&l el ~sti;'rulo G6m'ez ValÁaq~_cz_~~ qe~ el deol.r de a..
- 1 qu~~ el citado tuncionnrio hizo pax-te dé la Sala que falle$ ne '1 ; 1 gocios contra el. Dr. Lu.jdnt aj.n que a tate entonces se le ocu• 1 rriera formul~ ~acusaciones, oom~ es f~óil co~robarlo en el
juicio que fUe f~ado e~ 30 de. ~unio de 1969.; eon la: ponencia definitiva del ,r~~ rJagiEJtrado Dr. Yepes Builes. '1 11 .:.. ·'4 1 st eús.tian esa "repulsicSn" 11 "nr.1tua animadvel"-!- sicSn "' qUé invoca el ~. Luj4n ~omo ge~eradore s de enemistad t por quc1 ~ate no recusd' al. Dr ... Gc$maz VcldsqUez. en el negocio por hechos que l.e :1mwtaba el l>r. Carlos AuguSto Agu.delo y en el :nr. que fue ponent.e el Yepes Builes V '1 11 ) Ea s.naam1e1blé~ comQ bi.~ :afirma ~l ,:~. Magistr.a~D do recusado, qUé pueda,~ entenderse oomo ll10tivo de reousacic$n el natural eje"rc~Cio de la FOfe~i~n del <lei'echou ·con S\1S cpntr~ tim:lpOS de rigor:o SUS V1oiaitude_a~ 4xitoe y adversidaileSo Por lo demda~ segdn lae constancias procesales, no a:pareee claro que e). Dr. Lújtm hubi.era nven~ido" ~ Dr. a&. oaz Veldsquez en el referido negoc1~ ejecutivo. ~or otra partet la actuaci~n del. Magi_strado Gd• aez Vel4squez en fil negooio o -.ontra Luj4n Zapata y qu~ . fue falla- '
' \ l\1 1 \ h \ .,• do el 30 ele junio do 1969 o o intaohab1o ~131 dicho tbgieltrado into~ en vino la d1ecusic1ll de los proyectos do fallo presentados al. $.- 1 1 1 1 gua]. de loa deda t1agistrados oumpl..iendo lisn y llanamente con 0 sus deberes de funcionario? que se obseno en mts interven o~ ciones n1 siquio~ la som})ra. do paroialidad .u hoetQ.idad conwa el prof e aional quei'Ollado-~ i 1o Pinalmente• QQtnoha sustentado re1.teradamente 1 la Coño? lü calidad q.o u;avo de una onemistaa ~ la reviste la antipatia o ~puloidn que hqa entre dóa peJ'aonáa, eino "el.dosao iuCOI,l't&nible y .Vivo dé C{:PJ.sarie daño a Qtro, manifestado en hechos . 1 ' i que si:'van de basó para presumir que o). fUncionario atendElr4 ¡nenoo 1' a loo diotadoa--de la 3\lsticitt .c¡uo a los de su &dmo cnoonadon. No exi$'te héóh9 alguno del cual so pueda colegir t . ni siqu!ora <iiat~e1..o:nando la 1<181~; qu.o ~1 ~s~e.do Gamo~. i VolAaqtuH~ albe¡-gue a.nimadvoroi~ll {Wave contra e1 DT. ~ttn Zape. ta, ~odas las prqbanzas aoroditan que eru.s ~~J.onoa han sido
r~o3anwnto imparoialesD s~. intorfe~noias ni pe~ba.oiones inopirsdas en sentinlientos di~tintos del <le atlminiat~ 3usticia con ~ectitud y honrad~z~ la.Cort()l. l?enal.- ~or,lo e~etQ0 Su~~ 0 ndninistrc;mdo justicia en nómbro do la Re¡ntbl.ica y por autoric1Sld la do .la ley, l>EOLAM. ~adá. ~CUsaQi4n. Pl'()puesta por o1 Dro· fultol.lio lA!~«n Zapata CJ)ntra. ol f1agi~do Dr • duste.vo G8mez Ve" ldoquoz e;n este · . ~lUcio.:
JOSE tiARIA VELASCO GtJERlmRO OAR%0 AtARlO DI PILIPPO
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ALVARO· llJNA G0t1B3 # f ..
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WIS ENRIQUE ROMERO S~O JaLlO ROROAJ,LO . ~OSiA 1 ' J ~ BVENCXO l?OSADA 'liit. ,.
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