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CSJ - SP M.Alario(23-07-1971)3

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP M.Alario(23-07-1971)3
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

-------------- ----- --.. ----- ---------- ---- CORTE sttPBEmA DE JUSTiCIA SALA DE CASAOION PENAt Bogot~9: veintitrés de jul.io d}~ mil novecientos set~nta Y. uno. DagistradQ io~ente~

DR. L'IARIO ALARlO DI FILIPPO

Aprobado; No_.. 27 Aot~ VISTOS¡ lU ~. F¡>ancisoo As!s Henuhtdez~ detenido preven• t1vamenté en la Óhcel Distrltál de ~~ta. R:osa d_e Viterbó y Ua madQ¡a juicio pOr esta Sala por ios de11tos.4e conous16n en con a curso mate~~- solicit& este De~o se lé ooncedtera el be;"" neficio de excarQelaci&n PJ'OV1si_onal pQr n-pena cnunplida" J> alegan~: ;J ...... ' - do que se encuentra privado de libertad desde el 4 de junio de 1970 y que' en d()nsecuenciat: ti.eno derecho al oeb.e"'ticio. impetra: do de acue.-<Io ~on el ordtnal. 6o. del ~!QUJ.o 453 del c. de P-.P .. Do la referida soUcit u.d se dio traslado al Llinia. terio· Pttblioo v represente.~ o por el Procurado JO Segundo Delegado en lo l'enal(J quien conceptu.d as.(: \ "a.) De 'qouerdo con la constancia del fol.io 133 ·del. Wormativ9 el s~or hancisco Asfa He2m~éz fUe cap~ado ei 3 0 d~ junio de 1970 y hn permanecido privado de la libertad hasta

el d!a de hoy. ~- ttt>) La Si. Sjla de Oasaci&l Penal en FOVidenoia del 30 de al)ril pasado 11~á al acusado a respo~tler en ju1oio cñ.~ m~nal por el delito de conousi6~ en concurso mater~ ~espeQto de ios cargos a que se refieren los r.rumerales a) b) y (1) de loé consicle:randoe del citado prove!doó 1 ¡ "e) El art!c\l,lo 33 del cd'aigO Penal . establece que ¡· al responsabl.e de varios delitos cometidos separada o conjuntatnen-o. 1 te y que se juzgu.en en un mismo pr.oceao 9 ae l.e aplic~ la stmclcSn establecida para el más gra"f/e aumentada hasta en .otro tanto. 0 tt.d) Estima este Despacho que los hechos ·~tribufdos ' . al f.u ncionario acusado y califi.c ados en el auto de proc~er como conous16n~ son de suyo graves y no l.o hacen merecedor a ~ pena·· m!nima sefialada en el art!oulo 156 del Oc1digo Penal ~ino al menop a dos años de prisi.Sn que se aumentan en uno. ~z~<Sn del con~ so material de delitos para un total de tres •. 0 e) El acusado no se haQe acreedor a la rebaja d~ i' pena oonoedida ~n l.a ley 40 de 1968~ porque los hechQe deUetuQaos a dl a.tt-ibu.idoe ocurrieron ~~aputfs de la Vi&mcia de eaa ley. •

n~) Finalmente~ tampoco se ha h.aoho ~~edor. & la l.iberta.d con.ticional~ poi"<t'le no ha cumplido las dos· terceras p~ tes de la pena cal.oulada y po~e. los dem4a requisito.s ~o a~ cen demostr.ados en al informatiVO•" cc;;nolu;re el. l:ToeuradQ~ ~lie.itando a lá Sala~ en oonsecuenoi-a,r que ~egtle la soUoltud ele lib~rtáá. Jll'oviaional fó~ nnllada ~·el Fóc.esado en astas dilSgenciaa.-.. De las razones expue$'tas ~el Agen~ del ninist& rio Pd'blieo se col.ige claramente que el prQcesad.o no ha sufrido en detenci® pr.eventiva un tiempo igual al que pueclé tné~cel' co mo pena privativa· de la ~i.b~riadt bab1da cuenta d~-4 califi.~ , cicSn que se les ha dado a 1os delitos po~ los cuales sé le a.:ousa~: con fundmnento en lo anterior~, la Corte Suprellta ~sa1a ~na,l.!ii.~ otdo el conc.eptQ &ll. LliJUstcrlo Pth>l.ico Y' de acuerdo oon ~l.· y adm1n'istrando J\Ístici.a en nombre de la ltetnibl.ica y po~ auton.d.ad de la le~J r¡.o ACCBDB a decre.:ta.J~ la l.iberiad ¡Jl!ov~iofl..ál del procesado 1ranctseo Aa!s Herndnaez~ Odpiese y notifique se • personalmente al. P7oceaadoj

al efecto qom.iai&nase~ con faeultad p~ su.boo1llis1~~ al Preai• dente de la Sala Penal del. trib'Ullal SUp6:-io~ del DistJ;'ito JU8.j.oial de San~ llosa d~ Vitarbo;.. a quien se libl'ar4' despacho con los .iJi-. sertoe de.l caso. Cénpl.ase.-

JOSE HARU VELASCO Gtl'ERBERO !WliO ALARIQ l>l FILIPPO

ALVARO ImlA GOnEZ

LUIS EfmXQlm R0111ERO SOTO JOLlO RONCALlO

ACO~A

Jo EVEUCIO POSADA V•

  • Secretal'io

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