CSJ - SP M.Alario(25-04-1972)1
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP M.Alario(25-04-1972)1
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
OORTTI ZUPREDA DE J03TICIA
SALA DB OASACIOIT PLNAL
Bogotá9veinticinco de abril'de mil novecientos setenta y dos.
Magistrado P.onente: ~~ rJAR:JO. ALARIO j)I F!LI~ Aprobado; Acta N9~ ..1 2 \ .\ ¡; VIS~OSi Conforme a·lo previsto ·en loo art!culoa 69 y 76 c. ¡ . del d~ PoP¡ procede esta sa1a a dirii:lb la oolisidn neaativa • i de conpetencias suscitada entre el Juzgado Segundo Superior de 11odell·fn y el OcmalUlo de la Cuarta Brigada (.tu.zgado de Priocxoa In:Jtanoia)~ con sede en la misma oiudad en relaoi~n con el co 0 nocitlianto del proceso seguidO contra Gildardo Gil-,Gon~atl()z (~ en lióq Piña) por el delito de ho~ioidio perpetrado la persona ·:ij de Carlos Jos~ Palacio ~oro0 J;)n el municipio de Remedios (Anti()co quia)~ el 17 do abrU de 197lo El. Ju~~ Se~o Sup~rior de Uede:J..lfnq luego de ci~ el artfeulo 308 del C~digo da JU:Jtioia ?enal Eilitor y el arttoulo .loo del (\leoreto 254 de l971QoonQl.uyé;-- "La.s anteriores normas ~o~ e~t4n .indicand.o que Gilill. GI.L GOl1ZALEZq. fu.ern po~
qu~ estaba al servici.o ~e las fuerza~ ~~g sea porque ha ~o uni sindioadq de Aoociaoi&l para delinquirq de~ ue~ ~debido do formes e insiGnias mil.itaresv sea por la conexidad de unao sindi caciones c~ras~ debe oer j~o por la ju~iC:iA penal mUi~ •. n ~- ~ "'-' Por· su p.a.M;o, el Comando ele la Cuarta Brigada aduce# "No entra este Despacho a hacer consideracior.es en cuanto ser-efiero a qu.e GILDABDO GIL G011ZALEZ so hal.l.e o no in~ ao en los delitos de ASOCIACIOU PARA LBLttQUIB y TRIPLE HOtllCIDIOq interesando tan oolo saber· que cuando GILDJUrDO GIL GOlJZALEZ so re.. tirtS de J.as Guerrillas y concnz& a pre:Jto.r su col.aborncic1n al E j~rcito suapondi~ ou acoidn delictiva~ lo quo quiere decir que ha br!a que tener en cuenta la ~poca en que este ~timo h~echo tuvo ocurrencia y si nos atonrunos a las constancias que obran on el proceso y a la nU.sma afirmaoi~n que hace el sindicado al momento do su indagatoria do que hao!n nuevo meses so hnb!a desertado de1 Ej~roito de LibcJ>aci&n tJacional."O y teniendo en cuenta que su ind&=o gotoria lleva fecha de abrU di.ecinueve del setenta y unol) quiere f 1 1 ¡. n '1 .!1 . decir que ello tuvo ocurrencia antes de entrar en vigencia el De•
creto 250 de febrero 26 de 1971 en que se dcclar& turbado el or den pdblioo y en estado de sitio todo el territorio de la Repd• blica y con ~or razdn el Decreto 254 de la misoa focha qué le adseribi6 1a coopetencia a la Ju$ticia Penal Oilitar para conocer de loa delitos de ASOOIAClOn ~~ DELINQUIBt pero enti~ndase,. de :-efe aque. llos que se cometan a part~ la vigencia del presente det eret oÓ' ' 1 11 i. 1 "Son estas y no otras las razones para d.etel'l!linar l.: que la competencia p~a conocer do los presuntos delitos de Aso ' i OIACIOI1 PAllA DELinQUm. y TRIPLE HOTJICIDIO de que so sindica a GIL GO!~ZALEZ~ radica en la. Justic!a Ordinaria y nuís poncretamente en los Jueces Superiores de e.ste Distrito JUd.iciaJ.".J'- En lo que respecta al dolito de homicidio co~cti f do en_ la persona de-Corloo Joát Palacio Toro~ oonoidera el-Comando 1' do la Cuarta Brigada que tambi~n es de la compet:n~ia de la justi""' cia penal ordinaria9 por cuanto el. ein~ioado no era milit e.r en servicit> netivob ni civil que· estuviera al eervieio de lao Fuerzas j¡ r Amadas o \: \J• ~ocante aluso irrdebido de unifor.best conceptda que 11eote' del.ito ya no es de eompotonciade la Justicia Penal Oil.it~
por haberlo dispuesto as! la Ronora~le Corte Suprema de Justicia en .ProVidencia de octubre 4 do 19n. ... ,n SE COr;SIDEBA: Ante todor~ i.Inporta consignar que ·el dcl.ito materia de eute _proceso oa e1. de presunto homicidio perpetrado én la perso na de Carlos Jos$ P~cio ~oro, en el municipio de Remedios~ el 17 ·¡ '! de abril do 1911(1 y· qüe ningUna oonexic1n guarda con los de asociá ci8n para del.inq~~ "triple homicidiO" y "uso indebido de u:nifor• mes e insignias mUitares"~, que mencionan as( el Juzgado Segundo . )ti ! 1 Superior como elComando de la Cuarta Brigada J51 asunto es tan 4 j 1 claro~ ~~ di4tanob que huelgan consideraciones~ Por lo mismo es 1 i • < tos dltirilos pJ"etansoa delitos deben investigarse sopOJ"adomenté .~. ) este procesofS ' _ .Ahol'a bien~ la Wracoid'n de· ho!Jicidio OQ¡I1.etida en '' la persona de G~los Jos8 Palacio Torp eot4 prevista on ol C8digo ..... PE)nal oomdn y de olla se sindica a GUdardo Gil Ggnzdlez qu.ien~ nQ 0 era mU.it a.r en servicio activo ni civU al servicio do las Fucr~s ~ 1 ~aso m. ·razonamiento que sobro ol partioul.-ar~ -h--a· ce el Copando 1,
de la Cuarta Brigada ea irrefUtable y de meridiana claridad• Por ello no es -apl.icable al cnso s,ul) áudice o1 ar• 1 (" t!oul.o 3Q8~ ordinal 2o. del Cddigo ue Justicia Pe~al l'lilitar ~·~ 11 i\ (¡ .~.; : por tanto~ el éonoe~icnto de eote p~oceao corresponde a la jus ticia penal ~inaria.- ) ~- •"'J".é' . ~~rito de lo expuesto,- la Corte Suprema-. Sa1Q Penál-v administrando justicia en ngmbre de la Repdblica y por .... .) autoridad de la leyt;t DIRIEJB la oolisidn negativa de competencias ) de~larando que -~1 conooimie~to:g~l negocio compete a la jueticia penal ordinaria. En consecuenoiatl. SE _O IUJEl!A ~ . rem~s1~n del expa ) diente al Juzgado Segundo Superior de~ Distrit-o t1WiicW de t!edec;;o . . - . ll!n~ wev~o aviso de lo aqu1 resuelto pl Comando de, la Cuarta Brigada~ ., ./ - ) ~
LUIS ENRIQUE RODI:RO S<Y.rO tlABIO -ALARIO DI FILWO
ALV.. I\!10 WHA GOmEZ
LUIS EDUARDO !1f:SA VBLASQUEZ
IDIS CARLOS PEREZ
JULIO ROHCALLO ACOSTA
JOSE f.'ll\RIA VELASCO GU:ERULRO
J~ E'VV...::NClO POSADA V~ - Secretario e:. i ¡¡, '·