CSJ - SP M.Alario(25-04-1972)6
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP M.Alario(25-04-1972)6
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
··"'--:-. CORTE mJPREUA DE JUCTIOIA SALA DE OASACION PDJAL Bogotd~ veintioinco de abr. 1:1 de mil · · novec1entos setenta y dos • magistrado Ponente: '1 ·---- DR. l'JA..UO ALAlliO :OI FlLIPPO :1 Acta.No. 12 Apro~o: ;¡ .· .. ~ ¡¡ J ,1 V I S T O S l ·' Consulta el Tribunal 3uperior del Distrito Judicial 1' ¡ de Quibd8 el auto de 23 de febrero d1timo 0 dictado. ~ "é ' l proceso 1 ~_ j . -. seguido contra Ramiro Ortiz en su oa.l. .ided de Juez. . .Prooiscuo L"uni• 0 cipal. de Bojacd~ por los cargos que le hizo LaurenciO B~~ohe· c·abre• ra en ~enuncia presentada. ante el ¡>residente de la nombráda Corpo raoid'nO> ta parte resolutiva del auto consultado es del siguiente tenor: nDEOLARAR que RAIJmO OB~IZ0 en su oondicid'n de Juez Proois.-o cuo I!hmioipal de Boj.aeá~ no ha infringido l.a ~ey penal, pues los hechos por ~1 realizados no constituyen delito. Co~o consecuencia de lo anterior se ordena la ceoaoi6n del procedioiento adelantado contra el mismo en raz~n de la denunci~ que le formulara Laurencio Becheche Cabrera el 15 de nayo de 1969"~ LOS HECHOS ~a qu~ dieron or~en a este proceso los relata el
~· a guoQ, en forma acorde con la realidad as!a procesal~ r 00litlpo Cabrera tuo detenido en la c4roel de Bel.l.a viota por orden del Juzgado como rosponsablé 1' Pro~iscuo ~unic1pal, del delito de lesiones pel'oonalea. Esto aucedi& el 21 de enero de ll 1969. L 11Bl padre de Olimpo~ o sea el ind!gena Laurencio 0 ... , ¡: , el de:n\U19iante, aprovech8 que el doctor !Üirio Libardo Quintana. 1, hab:!a viajado a· la pobiaci~n de Bellavista, para contratar sus. servicios profesionales? en beneficio de la defensa su hijoo ~e El abogado le cobr~ por su trabajo 13 suma de 03~ooo~oot loa cua. les leo sertan canccladoo as!; 829000.oo al conenzar sus gestiones judiciales y los Sl~OOOóOO restantes, doopu~so "Como el abogado no :.re:sid!a en la poblacic1n de BeJ.¡ llavista :recomend6 a la señorita Betty del C &tnchezD empleada 0 9 del Juzgado y am~ peroonal del doctor Quintana, para que le reó oibiera los $1~000oOOp a lo cual ella accedidg c.ompJ<ometi~ndose a llevarlos al abogado cuando viajara a la cap it alo ·, ·. . r • 1 . ':1¡ 1 : 1 · "Ll 5 de febrero de 1969 fuo puc3to en libertad ''
: 1 provioionál Ol.itlpo, porque ha::rta eao momento no habla en el c::pc di-e~te · lo. exÍ;leriioia m8dion que pudicro. entablccor la matcr1~ic:o dad del U!eito. nn 8 del mi_atlo J!10 s · y afio Laurenc-'1o le entreg8 a Bctty;~tdel c. s&lohez · l.oa · OloÓOO~oo que 1e adeudaba al abogndo (Ver ' .. folo . : l·· ) ct Pero sucod18 que el. señor Ju()z tuvo neoeoidad do Via3ar n Quibd8 ~irlcro que su SUbalterna. y ontonces 8ota l.o pidid el . . a su jcfo qae le llevara los al dQctor· Quintana favo~ Sl.OOO~Qo lo que aat se hizo~-u · COTICBPTO DEL PROCURADOR tras E1 Procurador Delegado ón lo Penal, ~imer<> de analizar el recaudo pObatorio·, conel.~e que "la conducta del Juez objeto do la sindicncidn no eo c~netitutiva (ie delito"D Yc en c~nsccuencin0 solicita que se .confir-me la providencia ·oateris . . de la· eonsul ta~
SE. CO!iSIDERA8
Cono· oo obscnra .con exactitud on el pr<>vafdcs quo ae rcvina, l.ll intorvcnci8n del Juez l::\.micipt\1 do Bojactt oo contra
oorvir jo á de portador de la outUl do Ol~ooo.oo cuando Vitij8 de Bcl.lnviata a Qu.ibd6¡, cantidad oota de dinero quo su subalterna . Bctty dol. C~en shchez 1e envié$ al abOgudo Dr. 1\lrio Quintanao Y~ a lá vel'J}ad en ia presta.ci6n de este servicio no 0 hay ninguna actitud dolo~ó- ~rquo se dcmootr8 pl.cmrunente~ en e1 r r, ·'. t.' curso da la invcstieacicSn.q que el abogado Quintana iiabfe. reconen ~ dadO a la Srtao Botty del Oaroen S«nchez~ &npleada del JuZQ~dQ do Bo-jacd~ para que recibiera y l.e Uovo.ra a Quibd8 1n ouma de nil en-. saldo de 1os honorarios pactados con laurcncio Bechooho })$SOD# brera« Y en verdad() esto aoontcoi&~ raz8n pOr lo. cual la oencion~ 0 da sc.fiorita dio n 83te ol corroopondiontc recibo~ y con pootcriOc:o rieladoCQtlo el Ju.cz aindioaclo Viaj8. a Quibd8 lo oncomend8 e.lla 0 que lo Uovars al abogado. Quinta:nn 1a dioha SW!Ul do dinere lo 1, 0 quo cumpl.i8 el. mtmdnta.rio., ~~ i . l 1 j !fodo lo eual. !::C há e oprobatlo plcnmnento con loo 1 tcs~imon1oo de la Srtao Sdnchea y ~el ~bogado ~~ ~intana~ por lo
que ha quedado ovidcnciaco que "ln conduatn del Juez oindicodo~ l quo en principio nparcofa como deliotuosa, no r{)Sul.t& tal."D y de~ 1 ,( mentida la aacvcrncl6n del denunciante oonoiotc.n'e en deotr quo o1 referido abogado de já lD. orden do que loo 319~-o.-~o l'"Cotentoo do suo honornrios aa lo al ~ Juez~ \ d . 1 De 1o anterior f'lu_ye ld81Ctlllonto que debe conf'i.rtlarc:o . ~ )i ~ co la ~vicloncin quo oo nnteria de la consulta~ puco oo ha pnten- \ 1 '· 1 ;¿ 1 - - ' ' \ í .,' -3- ' '' '' e1 '' \ 1 tizadQ que no os delictuooª la actuacidn del fUecior~io aou~cdo • 1 '': y~ J)Or tonto.p oo procodcnto dar aplico.oidn al art!culo 163 del c •. de P.P• . En clrito de iao precedentes considoracionoo, la Corto Suprema -sala Penal-; o!do el concepto del Oiniotcrio Pd blico y de ~cuerdo con t1l. y :e.tb!linist:rando ~uo~icia en no2:1bro do la Repttblicn y por eu,toridrid d6 -l.o. loy, COHFIRtlA él auto conau.lc;o tac:lo, do l. a fechn y , ·., p. roc:(!deneia indicado.s e' n l. tl . ootiva do ."1 '
~to cota providencia~ ~' C8pieso~ notltfqueoe y devu~vaseo i { Dt
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