CSJ - SP M.Alario(26-11-1971)1
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP M.Alario(26-11-1971)1
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
................. - -----------===="""""'-......-""""'""~ ~==== ~------ -~ CORTfi ~RBOA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL veintiseis de noviembre de mil novecientos setenta y uno. Bogot~, magistrado Ponente~ l na •. t1ARJO Al:.ARIO l>I PILll?PO AprObadO-# AQta No. 48 j 1· ! í ¡ l
V I S T O S : ., Cumplida la tr~taoidn de ley:t procede l.a Cor-- te a revis~, por v!á de oonsul.ta, el auto de 23 de so\-eiem}?re 1 lr dltimo~ dictado por el Tribunal SUperior del Distrito Judictai 1''' de Tun3a en el proceso seguido contra Nwnael. Pl:U"ra Galindo en l, 1 eu oond1oi6n de Juee OivU JYamicipal de 'l?tlerto BoYa,cd# po~ el :f i delito de abuso de ~utoridado La referida providenQia ord~ ' cesar todo contra s1ndiQado porque no.ba co prooedL~iento ~l 0 metido el hecho que se le imputa. • 1 ' HECHOS Y ACTUAOION PROCÉS4# Los resume el juzgador de primera en instancia~ forma acorde con la :realidad pr.oe~s~, as!; '\ "En escrito de mar~o 30 de 1968,. el oiudooano
~ ' Ulises Rivera se dirigid al ~ibunal Superior de Chiquinquir4 1 1 solicitando se investigara la desapario16n de un dep6sito de ahorros situado en la Ca~a ·Agrar$-Q de J>uerto Boyac4~. en i)anti-9
dad de dos mil quinientos pesos· (S2.500~oo) y que se hallaban a la orden del JU$gado Civil mtmie;pal de ese lugar~ como que correapondfan a la ouQesi6n de Gumerctndo Rivera. "El. !b-1bunal de Ohiquinquird; en prove:ido de septiembre 21 de 1966t ain antecedente probatorio qu~ J~ jueti• fic~~ .,.osolvicS abrir 1nyeatigaci4n penal.contr.a él. un"iversi Parra tario Numael Galindo, titular en esa ~poca del Juzgado de donde se diQe d.esaparecieron los dineros. ttCumplida una prolongada etapa y instructiva~ como el Magistrado sustanciador considerara que el hecho impu..,. tado como deliotual no hab!a tenido ocurrencia dispuoo se en·• 9 viaran las diligencias a la Fiscal!a de la Corpo~aci&l para qtt~ se rindiera concepto sobre aplicaci~~ del art. 163 del c. de P. P•o y en efecto, el seflor Fisca1 2o. se ha mostrado partidario 9 de la oesacidn de procedimiento, por cuanto el sindicado Pan-a Galindo n~ delito ha cometido~" CONCEPTO DEL PRO_CURADOB - - - El ProolU'ador Se.gundo Delegado Penal encargado corioluye que siendo el acusado ntotalmen~e ajeno a los hecho~ denunciados,: como lo declareS el Tribunal~~~.,_·• dobe oonf~se la pToVidenoia conSUltada qque orden6 la de
Qesaoi~n procedi~ miento"•
SE CONSIDERA: . . 01erto es observa el que el a-. ~omo Procurado~• bogado ~quimedea aerMndez solic1~&f el 3 de junio d$ 1966, al Juzgado Ci.VU l1unio1pal de Puerto Boyac4 la ent~ga de los dine• ros qu~ se Wlaban en la Ca3a Agraria a nombre. de Gumerd~o Rivera,· ouyo ~uio1o sucesorio .estaba en tr&nit.e# ~ qli~en ·P.~ort a :¡ dcncia de junio de l966 139 orden~ lo pedido y se desisn6 c·omo deposita.r!o de Ul suma requel-ida al abogado solicitante.
A 1a sazcSn era Juez LU.guel Angel. Pldrez, 'sin que pueda atribu!rse patt1cipaci6n alguna en la investigaci~n a Parra Numael Galindo;, P.Ues s6lo vinO a poseaionarse del Juzgado el 6 de octubre de 1966 es deci,r , aproxtmadamente __m eses 1. 9 !r~_s dcspu~s de la com~ntada entrega, y as! mal pod!a oficiar a la Ca ja con Fclaoic1n a unos dineros cuya devoluci6n ya hab!a sido or., denada"·• .Por l.Q deds J. la caja de Ort1dit o Agrario dé Pue~ to Boyacll ~o~cS que loa dinex-os extétentes en la cuenta de B.tii!o horres No. 186 tueron entregados al Dr, Arquimedeé Herndndez. por
. . o~ en del Juez rJiguel Angel Fl4~e.e, con arreglo al oficio No. 214 de U de junio de 1966t -:¡ e-l. denunciante ·an! lo corrobora, pu.es en oomunicaoi<Jn al ~ibunal. que obra al follo 53 manifies ta ~eg efectivamente~ fue su abogado Arquimedes Herndndez quien y ret~d ,l oe dineros de. ·la cuenta do ahorros ee BPJ'O~~ch6 de o- . ' tras sumas que haerta ah~a no ha restitu!do~ por lo cJl:a.l soli..- cita.que se investigue la conducta de tal profesionalo\ - \ Por modo que es h.megable. la procedencia .. do dar o. aplic~ci~n al. artfculo 163 del de P.P. pues oomprob~q.o se 0 hall;a plpname_nte que el sindicado no comet1d el hecho que\ se le En virtud de las precedentes con~ideracione~~ la Corte Suprema •Sala oldo el concepto del ministerio Penal·~ Pd~ blico y de acuerdo con tn y administrando· justicia en nombre' de la Rel)liblica y por autoridad de la leyt COnFmOA ,el auto con.+ '' ::-.;_·¡) sultadot de fecha y prQcedencia indicadas en la .p arte motiva • édpiese, notitlquese y devu~lvase. 11 ' 1 i 1
JQSE !IARIA VELASCO ®EIUUmO lilARIO A.LARIO· DI FILlPPO
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ALVARO WNA GOtiEZ
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