CSJ - SP P.Serrano(10-05-1983)3
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP P.Serrano(10-05-1983)3
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1983
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• •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASAéIOH PENAL
Magistrado ponente:
SERRANO A8ADIA _
Dr •. PEORO ELlAS • Aprobado Ac ta 42 Cl 10 c:xyo/cn., Ho. , I I • • • • •
El doctor CARLOS ARTURO DIAl RAMIREZ. Ha
- - g1strado. Penal del. Tribunal Superior de cacuta. ~
1 , , aed1ante au~-;)de 4 de abril GltiClo'. recha'z6 la recusac16n "-J propuesb por el doctor JOSE E. SARCIA SANCHEZ. apoderado de • 1a Pa rte 11 dentro de es tas d 111 g,enc1a s segu 1da s contra ti w.. = EDUARDO CONTRERAS SALAMAnCA y dispuso el envfo del proceso a • esta Corporac1~n de conformidad con 10 dispuesto en el Art.- 85 del C3digo de procedimiento Penal • • /) I
, LA RECUSACIOH:
• ,
- • En escrito de 23 de carzo del corriente
I , afto, el doctor Garcfa Slnchez dice: L.-_________ -_ -__- ------.--_- ---- - --- ~--------_j . - 2 - . - ; ,./.•• ,." . .;., " . - • ~ - • le manifiesto que recuso por mora 10 a en el proceso de la referencia. El negocio penal est' al Dessi pacho suyo desde hace muchos'meses ( no estoy mal desde
a el pr1cero de diciembre de 1982) sin que usted se pronuncie en uno o en otro sentido. Mientras tanto se ha apresurado a fallar procesos como el de Juan Ayala ROdrfguez - que tiene a asolada a la ciudad con sus delitos otros a!s que puedo e y numerar con base en los Libros de la Sala Penal del Tribunal. El doctor Moreno Jurgensen ~ mi mandante -estl en la ciudad me ha recriminado fuertemente por ·Qi· desidia. He tenido y que decirle que la dec1d1a es suya no afa.- Como temo que y el doctor Moreno denuncio por prevaricato por amisfan 10 y que usted nueyagente resuelva 1ndilgar tal denuncia al suscrito como autor intelectual.-~ ruego que se declare iaped! do.· . v- ,,\ . ( i ~1~·9~tst~a..-dorecusado dice en su providencia -de 4 de abrfl~ - r·" l '. " \....._", • • El doctor JOSE E. GARCIA SAnCHEZ. c.on • fecha Yeintit~d,_e , marzo. pr3x1co a iniciarse el perfoda d~ vacanc fa Jud..1..c.i1a . aumenta el"~procel'oso mar de sus memoria- )1 recusaci3n. t es , ahor,a~,c~n el pro¡:3s1'to c!e 'b¡cQr una Aun la • cuando - t~ata de intimidar con el anuncio o profesta de un . "or~ nuevo denuncio contra el suscrito .por parte de su agigo Jurgensen. no ti·ene fuerza suficienteno tal 1ntta1dacf8n pa ra desviar mi criterio en el momento de las decisiones.- • • El insigne recusante catedrlt1co en y este 31t1mo de sus meQor1ales o libelos. apenas. si presenta la objeti vidad pura de una Clora. e,omo ca tedrlt tce que es. D mal puede olvidar que est' • proscrita toda forma de respons-a . "J~ b11idad objetiva -. Kal quedarfa sJ al rechazar.o no aceptar ¡ • la recusaci3n. aprovechara tiempo que se me resta para o el tros importantes estudios de exped1entes entre otros - el yreferente al caso que ya estaba pr3ximo a terminar. s1 me ~ dedicara a explicar c3ao el ordenamiento puesto entre comillas • porque es letra del C4d1go Penal. es de apl1cac1~n no solo a los los procesos penales que tambtln lQ son a los disciplinarios que deben estar rondeando en algunas mentes.- ya
- • ~ 3 _.
- I • • Pero, el recurrente. catedr'ttco re y presentante de la Parte-Civil. se le olv1d~ agregar al libe lo recusator10 la prueba·su~arta de la 1~fracc1an.· - • • • Esta es la segunda causa que ce icp1de aceptar la recusaci3" po~que primera • es tener la concien10 . c'1a pura. l1apia sin arrepent1m1entosde nunca haber obrado y co~ el pro~astto de crear esa mora reseftada por el l1belist~.
precursor del nuevo ~enunc10.· .~ Dentro del tércino de'notfffcac1~n del =
- • auto anterior, el apoderado de la parte civil present8 un e-s p
crito que es del siguiente tenot: ,
- • • Acabo~~enterarme del auto por el que usted se niega a declararSe,iaped1do ordena el envfo del y = -:G proceso a la· Corte.·
- <, • ,,- - (. ·P.rcftame manifestarle que el ~ismo tiem- ) ,,--~ • po. sfmultlneaaen,e.~le' las constancias expedenc1ales sobre ,...,./ . diversos perg1sos concedidos a usted. constancias que no co. • noc Ie cuando }.o,recus~ po~que. el negocio estabo al despacho y ob.vi amente ;''t0....,leray 1 s t b 1e pa,ra mi'.· , ,.~ ,
- ~ , , " • Ahora. enterado de les cons tane 1a s , ta
'-) ~, - , confieso que ce equivoqu¡ y en consecuencia desisto de a1 so
- - licitud de recusac14n por mora. Siempre estoy pronto a reco-
- . • nocer errores ello me c·ausa sat1sfaccf5n.· c1s y
.. •
- I, , • Por 10 tanto. retirada mi pet1ct~n de que se declaro 1C1ped1do. no tene objeto t el envfo del espedtente a la H •.COrte Suprema de Just1cta.·
, I \" , • - I - • I 1 El arttculó 78. numeral 12 del C~d1go de procedimiento Penal consagra como cot1vo de recusaci3n el -De
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.' • dejar el juez sin actuar. los té~1nos que la ley Yencer~ D • selale al efecto. a menos ~ue la decora se deba a fuerza ma
- • yor o caso fortuito.- • Para que pueda pred1cars·e que un juez o , 'cag1strado ha dejado de actuar dentro de un proceso que y a los Dotivos contemplados en la norma anter1or~ente transcr1ta se presenta n 1 nequ fVOCM1ente. qu t en 1 ega Ita 1 e.í rcuns ta -n el e t a debe probar. al aene s suaar1amente. que el funC·ionar10 ha sidQ negligente en su activi~ad. Si por el contrario. el recusado ha despachado un número adecuado de procesos a su "- cargo. no puede pred1carse de 3.1 la causal conteoplada el
1 D '\7" 7a el numeral 12 artfculo del C8digo de Procedimiento • del " . / . Pena 1 • , • "" .>.
- • r .. r'~e~ ~ presente c~so. el pr ec eso entra a
• " \, I ilespacho del Magistrado sustanc1ador el prfQero de dic1em--
• .. • bre 1.9B2 1-bién sabido por quienes intervienen en • de es ) ( , los procesos ~enales, que el t~abajo en. las CorporDc1ones ~ V~) , Judic1ales~e~intensif1ca con aotfvo de las vacaciones colee
- ~I tivas de fin de afto. 10 qu~ 1QPos1b11ita al func!onar10 de- .
, : dentro de los tfre1nos algunos procesos, debiendo dar c1dtr prelac13n a aquellos que requ1eréó su atención 1nmed1at~apor • su naturaleza ( Autos de detenc13n, excarcelaciones, etc.). Ademls. existen en proceso constancias el ¡ • sobre inasistentia del Magistrado a Despacho por motivos Su • de salud. las que no solo Justifican la mora predicada. sino que han sido aceptadas por el recusante como circunstancias fuerza mayor, cuando conciente de su error,propuso des1sde • tig1ento del incidente. que fue desechado por el funciona 10r10 por ser improcedente. ~----------.----------------------------------------------------------~
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REPU8L~GA 2E CD¡_C~O~A ~ , i; ~,. '
~ . , , ./f,_. - .' r '.T • Las anteriores consideraciones son suf1- • cientes para que la Corte Suprema de Justicia. Sala de Casaci~n Penal. DECLARE I~PROCEDEHTE la recusac13n propuesta con tra el Magtstrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de cacuta doctor CARLOS ARTURO DIAl RAHIREZ y ORDEnA que siga
2 conociendo del proceso. Cópiese. not1ffquese dQvu3lvase. y ~
'bUIS EnRIQUE ALDArlA ROZO
ALFONSO REYES ECHAHDIA
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l. FIORILlO PORRAS
FABIO CAlDERON BOTERO, " DArlTE
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• ALVARO LUMA
GOMEZ
GUSTAVO GOMEZ (V'ElASQUEZ
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DARlO VElASQUEZ GAVIRIA
PEDRO ELlAS SERRANO ABADIA
- • lucas Quevedo ~taz
Secretario. • • • I I • ! •