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CSJ - SP P.Serrano(13-11-1979)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP P.Serrano(13-11-1979)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1979

if • • IlfHTE

DE JustICIA

SALADE CASACION PENAL

Uagisti'Gito

POlleilta: Dr.

PEORO lAS SERRANO ABADIA

El , Acta 8? de Nov./79.

AprobadO: N9 13

! • trece Bogo~, (13) de nov1.e.-nw-dee mil novecientos seteltta nusva (19J9). y • •

V 1 S T O S :

  • • Por epelaci~n t1e~ denunciante cor-r esponde a la SALAel
  • " de la Pluvidencia 19 de agosto del año eur de

1"»'81{181.1 '! I la el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala se abstuvo de abrir investigaci~n en COnll'ii del Dr. Hru,¡alldo Duque Bol¡6:r , quezJ Jl1ez 17 de Insll'ucci"n Criminal, por car-gus que le formul~ el , abogado Dr Nico1~s Ruiz Fel'i'O. En esta instancia el Pl'O ll I dur Pr Delegado en lo Patel Ctll'lcept'';a que debe dicha pl'ovidencia .. Se lPl'\·b6, iDediante diligencias de i."ldagacitSnpl-eliDi- ('ijl qua el Dr. Vai-gas cañavsi'al, Stl eje:rcicio del pUdel' que le 0Br, fue cOI,fw'ido POl"Miguel C9:IIIr..anu., denunci~ por posibles delitos de estafa y abuso de cOl.fianza al Dr. Nlcol&s Ruiz Fel'J'oo Este asunto c -o

I , I rresPcu,dl~ al Juzgado 17 da Ins ucci~n Criminal, cuyo titular era pal" , I re aquel entonces el Dr. Het',Iando Duque Bph~rQU9Z. All! se abri6 la I , , • , , , , , , I • I , , : I " I • i !, ) , ¡ I 1 ¡ I

• •

___" - , . • - • ,-.0. .- • -

  • . ... 2 ... • investigaci6n luége de obténidá la ratificacidn de la denuncia y se adelantt1 el 'ocaso éOrr-e.spondielite.

PI I Se acu~ al Dr. Rulz F'er',o de haIJe¡·se a 110 ' var adela.,ta el juicio de 9Uce~i&l de GI---egor.1Coeno Va,-gas, se.<Jt1rp,oder que le otolga"'n M1sael Cano Cano y Cei"lüen Caicedo v. de Cano, de haber • dinero por crece recibido de éstos cc,lt.cepto honorarios gastos del de y so en cuantla de $ '}20.oo0.00, no haber iniciado slquiBla las dllige!! y. c 1as j' i'tin3ntes a la aper'tura de la dicha sucesicSn. El abogado as! de itnunciado rind1l$ indagatOJ'ia y no negl5 labar recibido podel" pei'O

,, I I .

  • I que 'labra iniciadO el juicio porque Gano CanO le dijo QUeera hijo

Itl. I i natural recuIlocido del CAusante y ello t6 que no 9J'a cie.'to, y porlé qua la viuda dijo QUequerla que ta••to ella Cano Cano 1nic1a."an COIDO .; juntos el eroceso; En cuanto a uno de los recibos de diner'O, aquel Que dice que se trata de panar con ellos los impuestos que pOI' un el'l'Or qued5 as! cero en VBt'ded t&mbi~ se refiera a sus heliOrarios .. El dtá 28 de diciaOlbre de 19')8 y después de escucharen I . torta al Dr. RuiZ F'el"I'O practicar otras pruebas, el Juez 17 de y Instrucc~n Criminal" Dr. Duque Boh6rQuez, dict6 aut:J de dstenci5n por i estafa en contra del indagado. Luégo sal id a vacaciones SI:I y • el Dr. Héctor E~ AcOsta Naira, en auto de 14 de febJ13i'o de 19')9 rev0c6 •, i , el de datenci 60 dejd al Or. Ruiz FeJ't'O "en libel'lad condicional", se y gl1n se lee a folio 38., pues as! llama al de imponw'le presentahecho •

  • I ciO(l9$ seJltanales mediante caucilln de S 2.000.00 para el caso de incum- ., plimiento También Ol'd9tls QI,.ael proceso se envle a los Jueces del Cl!:

o • cuito de Sogamoso por compet'I'lcia. Esta pl'Ovidenoia fue apelada por el • , , • • - , _ ..- .- 1 , , • , 030 • • • •

  • , apoderado da la per.'le civil y el Fiscal 49 del T¡,II"'jidl. Superiol' dé Bogot4 conceptu6 • debía· ¡-evocarse y cMnte.ta1'8e, en su lugar, la daten- . cidn preventiva atrogado RuU El Tribwta Supa¡'ior de Bogo~J

1 ~, en ~.' en razones a ias QUe bi conSignar éYto de 3 da pOI' tUllO decidit1 la providencia alzada • (In , • . A los 14 días de habar sido puesto libet'tad él Dr. Ruiz 8f, . Fet¡'o présentt1 dei'¡"11Cia en contra del Or. DUQUe Bot~lq" Z. Esa cta 8 • desesti¡¡tada ei, el auto inhibitorio ( ar't. 320 del C. de P. p. ) • que es materia da la apelaci6n ocupa a la SALA. , ¡ I • , • . el Tri 'Jlta1 de Bogo~ que no' existe mérito al~ tI • I

  • • I no en este caso para la de investigaci6n ~ conta'a delar' OJ "• del Dr. puesto que las ObtRI,1d s er, las dia

CCf, , ,

  • I l1g leias de pl'Bliminar se cCJ,lcluye Que no ha infringido "in

a, - de aM cont-a'a del dmlj'"ciánte Rui2 lo hizo al cabo de "un extensoFal"I'O ,, ! I lisis de la Pl'\ISba recaudada y considw'áda jlei?tinente y exigida C'11!lO , no se nota IDlimo torcido al adoptar dicha detei'iDinaci6n sino que ella obedece a la interpretaci&' , I • i "Ol1aaa de derecho. En apea'te destacable de la pl'Ovidencia da - "11 . pOlidiente dice as! la Sala de Decisic1n: "Si se f'uera a tener inClC,':JI]"üOiKl fraccién penal, él que los jueCES dictaran autos de det:8Jician y que pos

  • -

\ • I ter-iOll¡tente f'ueran :revocados por el supariOr, estarte n investigados un \, , , teicidn y el sUJ'arior si lo haca" lO I

  • ,

, , , represen El MinistRI'io Público esta instancia, en segundaI ¡ , , I 1 • i • _-' J ___ - - - .~ - • • - - ~ f--~---- -_' ~ , •

  • • oor dice tado esta vez el 19 OBlegat1o lo Penal, en Su P¡ én O(:"loSrtor Ijll iAgencia del ~bl1t:o los

esta Ministei'SO Q"B , • , , la datenci6n •

tiva euf tes, esta 1ctsl, par'd • exige la ley plf~ '1' de lo re acontaée '.1. el auto cts ereceroi dar o la sentencia condanat"Joia, no es del caso analizar". y egreQ1J9 ga: la &. (tstel1D:lnéc1 el por do o le ba~ en r-es"setivo el se habla ,'¡i1(lO 0"9 • dado y ella no da juicio entonces ex atsl.tes la hacfan leg~l y at·'jisejable. El 'cacho de qua pos 1 C"" o llevar a la conc1usi6n qua el de dal inqu1(J " •

CtJ: ¡ , , en estas base tei'\Uina qua dalle

(OI.t'"1'ifla'2ea la apelada. c:Jl'OVidetlC~ "o , , , , • , • I • La e!lalaci6n del denunciante no f'ue sustentada en esta se . - . .. gunda instancia el cóntrarl0. el del Mlryistar10 PúbllCQ y, POt' ¡,"Jilcepto • está a ttavor la confi de la Y. 10 que de providetlcia Ql'OtestEida I ,.0 injusto, on108 QUe soleJ!iRn1:efue me.1. 1daajustada a la ley sino acon- . , ssjable si tienen en cuenta los· da juicio entonces existen Se

  • • tes.

L9 SALAno tiene ninguna objeclt1n eua f'oJ'\IJul.ar a la

Pl'Ovidenota QUe eXáminn. El auto efe detencidn en copies en S9 QU9 existe el I "i el"¡ledlenta no f'ue Ot'Ov1denei~ e la liget'S ni con ánimo da 8t!loteds Qet O • I , I , , o_ -_ \ , -- .~--- __ . 1 • • • •

  • . al , judicar profesional a~ectado sino el da un análisis da la prueba da qua disf'onla al funcionsl'lo ácusadO. Es el trasunto de un (:,'itar'io una caprichosa~ Oel~ apuntarse Que e. y 'lO ahora fue impugnado ni por ~l denunciante ni Su 8)'0 dEn"ado, eualCltJis, aue las aZ oua les llevaron a la atJc>oc16n

R seal' J I)lle9 • tal IQedida de absténcl6n. En bló, lé providencia la cual• CM' el SuceSOl' dél denunciado en el ., pór vacaciones 6ste, fue apelada bor el f'6l'reSéntánts de la le civil "'Scibió pat·, y . la t:jl¡,rE¡,.to desfavorable en segunde instane!a donde el Fiscal corTéSpendiente se treS da acue! do con QUela medida cautela, la datende el6n preventiva, deb1a Por parta si bien se mirdl' y • Olf'S en cOBaS, aun auto conced16 la se sujet6 al

1a13 si QUe ereeeseee la a t:¡lndic16n de realizar s8'llsneles ante el l. . juzgado $e le conm1n6 con multa raz6n da la subsistencia algunos y 81' dé •¡ , En oranto a la captura de QUQse dice el denunvfctime ciante bueno es J'eCOf'tlar cue ella puede ordallarse en procesos por delltos clonados penes de presidio o de si a juicio del insprlS1t1tl 01111 existe ~rito en el expediente ll61nar a indagatoria al tructC)t-' DAlU do· nuncla.do. As1 10 corlsider6 el funcionario en éSte y de al11 su or tABOse ve, denamiento oue no contráviene, bien el 1:"n91gnado en el AI't. 426 del C. de p. P. En consecuencia, no se ve Dor par'te alguna QUO el denunciado hubimos transgredido la ley penal y biml está entonces la abstel¡ci6n art. QUe el Tribtinal adopt;6 ,'(.In base én el 320 del C. de p. p. , , , ,, , , , , ; , ; 1 ,, I , •

J - -- \ -' . --=-=-- _. - -~~ ., • , •1 I \ ~, • • • • ! • • = 6 a • Cónser':4Jeneia de leí dicho, la roRTE Sllf'llEMA DE JUSTIen

CIA, SALA PENAL,

-R -E -S -U -E -L -V -E :

, , I I I, I

  • , en pertes, "Iu'videncia CONFIRMAR, todas sus la apelada. ,

, • I , , Cópiese, noti f':{ou es e y devuél vese • • •

FABIO CAl, lERUN BOTERO

I JESlJS AERNAL PINZON

• • , •

  • ,

DANTE L. FIOAll D PORRAS ,'i

1 GUSTAVO OOMEZ VELASQLiEZ

,

  • I,.

" , ¡ :! , , 'J' ~, I ' , , • •,

ALVARO LUNA GOMEZ

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO

, , , I I , · , , I ,

PEDRO ELlAS SERRANO ABADIA JOSE ~~IA VElASCO GUERRERO

, , 1, , I I , , ! • • ,, , , I coro' ,

Al BERTO l'nAA I,OS

• , ,• I, Secretario. - , I , , , , , , , , • , I , I • I .1 , • 1 \ =-_~ •

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