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CSJ - SP R.Calvete(22-06-1993)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP R.Calvete(22-06-1993)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1993

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'. CA DE COLOMBIA j

• • ... ~nica Instancia C/aICADafE LOSADA iALDERRAKA • • __ • .0" -

JUSTICIA

CORTE DlE

SUPRIlt: IHli\

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SRi~ DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente:

Dr.RICARDO CALVETE RANGEL

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Aprobado Acta NO.056 , • .. .. .

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• Santafé de Bogotá D.C., veintidós de junio de mil novecientos noventa y tres. I

VISTOS: I El apoderado del doctor RICAURTE LOSADA VALDERRAMA con apoyo en lo preceptuado en el numeral 80. del

.. Decreto 050 de 1987 (numeral 80. del articulo 415 del Decreto • •• " .. •. . ..' •

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C/RICAORfE LOSADA VALDERRAKA

, I , ! I , I2700 de 1991), solicita el beneficio de libertad provisional I en favor de su representado, para lo cual acompañó el titulo judicial No. J87914645, expedido por el Banco Popular de esta ciudad, por la suma de treinta cuatro millones, trescientos

y • noventa tres mil veintiún pesos ( $34.393.021.00 ). y I Aduce el memorialista que para tener derecho al beneficio impetrado, el doctor LOSADA VALDERRAMA no está abligado a indemnizar perjuicios, pues dicha exigencia solo aparece en la actual codif icación procesal, razón por la , I ,. .. · ' cual, en atención al principio de favorabilidad, debe ser •,

  • • aplicado el estatuto procesal anterior.

,

  • CONSIDERACIONES LA SAJ[aA: En providencia del primero de los corrientes • mes año, la Sala resolvió la situación juridica de los' y 1 indagados en este asunto. Por encontrar mérito para dictar medida de aseguramiento en contra del doctor RICAURTE LOSADA , • VALDERRAMA, dispuso su detención preventiva, sin derecho a exc~rcelación, razón por la cual se materializó el día tres

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• .. . Unica Instancia

C/IICADaT! LOSADA VALDEIRAHA

_ __ .. .- ..•. . -. s qu e nt-e , (3) í í I Al Senador se le atribuye la comisión del punible de peculado por extensión, en la modalidad de apropiación, figura consagrada en el articulo 138 del CÓdigo , Penal, en armonia con el articulo 133 ibidem. El articulo 100. deI Decreto 2700 de 1991

,_ (actual Código de Procedimiento Penal) consagra el principio . , •. • ~ , ~ . " ," de favorabi1idad en materia penal y 'procesal penal de efectos ,' ,I sustanciales, es decir, asiste razón al apoderado del Dr. '1 . , - • . LOSADAVALDERRAMAcuando demanda la aplicac.ión de la .- • disposición prevista en el Decreto 050 de 1.987 por resultar más favorable a sus pretensiones . • En efecto, el articulo 40 de la Ley 153 de 1887 establece que "Las leyes concernientes a la y sustanciación ritualidad de los juicios prevalecen sobre las anteriores desde el momento que deban empezar a regir .. " , esto es, que entratándose del instituto de la "libertad provisional", en todo aquello que no se refiera a su simple trámite, deben ser aplicadas las normas favorables a los intereses del acusado , I, , La disposición que reclama el memorialista establece que " .. e1 procesado tepdrá derecho~a la libertad 3 . -

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.;:A DE COLOMBIA

.... 3nica Instancia C/aICAUafE LOSADA VALDEaiAKA - • provisional garantizada mediante caución juratoria o

  • / prendaria para asegurar su eventual comparecencia al proceso y a la ejecución de la sentencia, si hubiere lugar a ella: 1 8. En las eventualidades del inciso 10. del articulo 139 del Código Penal, siempre que la cesación del mal uso, la

reparación de lo o el reintegro de lo apropiado, dañado perdido o extraviado, o su valor, se haga antes de que se dicte sentencia de primera instancia." Es claro que solamente pueden ser acreedores .- ...... al benef1.cio de .libertad provisional, en 'el evento de .......... -. . - apropiación de dineros, quienes lo reintegren en su totalidad, tal como lo preceptúa en inciso del articulo 10. 139 del Código Penal, mas no aquellos que el reintegro lo hacen en forma parcial, ya que tal posibilidad solo les permite ser acreedores,en caso de condena a la rebaja de la pena en la forma indicada en el inciso del la citada 30. norma. • .. • • •• ' . Tal como lo consignó el doctor LOSADA VALDERRAMA en su indagatoria (fl.109), el auxilio de CUARENTA y DOS MILLONES DE PESOS ($42.000.000.00) fue entregado a la "Fundación Fondo Educativo Jorge Eliécer Gaitán" por él Presidida y consignado en la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, de los cuales siete millones seiscientos seis mil novecientos setenta y nueve pesos ($7.606.979.00) 4 • •

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• .. ". OCtica Instancia C/iICAORTE LOSADA VALDERRAKAfueron remitidos al Juez 23 de Instrucción Criminal (hoy I Fiscal 248) en titulo judicial el 14 de abril de

1992,correspondientes al saldo existente en la cuenta de ahorros No. 10070159351-0 de la ya citada Fundación (fl.272), los que sumados al reintegro efectuado el 17 de los presentes mes y año por José Leonel Torres Cortés (Titulo J87914645) por valor de treinta cuatro millones trescientos noventa y y tres mil veintiún pesos ($34.393.021), dan un total de cuarenta dos millones de pesos ($42.000.000.oo},suma esta y que consti tuye el reintegro total del auxilio a que se contrae la imputación hecha al Senador, es decir, se dan los _. • presupuestos del numeral 80. del articulo 439 del Dec• reto 050 de 1987 que permite la excarcelación prGvisional del acusado en los eventos previstos en el inciso 10. del articulo 139 del CÓdigo Penal. En consecuenC1a• prospera la solicitud de libertad que ha presentado el apoderado del doctor LOSADA VALDERRAMA,para lo cual prestará caución por la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) que consignará a favor de esta Corporación suscribirá diligencia de buena conducta y y I compromiso de presentarse cuantas' veces la Corte se lo solicite. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE

JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,

- • 5 • . '. ... • • . . ~,.. ~ ' ' . . ,• . . • , . . . . ..- . . .. - -- .

,~.ICA DE COLOMBIA

.. ' Unica Instancia

C/RlCADR!! LOSADA VALDERRAKA

-.

RESUELVE: ,/ Primero: CONCEDER al doctor RICAURTE LOSADA VALDERRAHA el beneficio de libertad provisional que demanda su apoderado,previa caución prendaria por la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) que depositará a favor de • esta Corporación la suscripción. de diligencia de buena y conducta compromiso de presentarse cuando la Corte se lo y solicite para los fines de este proceso.

Segundo: Satisfechos los anteriores requisitos se librará la correspondiente boleta de excarcelación al Comandante de la Escuela de Caballería de la Policía . , aC10na~.

N

COPIESE, NOTIFIQUESE y CUMPLASE,

/' ,

JUAN L TORRES

1 6 • , • 1

_)¡_ICA DE COLOMBIA

, • • _ .. ' Onica Instancia

C/RICADafE LOSADA VALDER3AKA

I _ ~'" I

JOR CARREÑO LUENGAS GUIL RMO

< \ , • _ _ (\ • • ,

• -Y _ _ • \1, , "¡.:{ ,'1 J t . '. ., f. ,

GUSTAVO GOMEZ'VELASQU Z

- , /' / / .' ,/ _- , , I _ / / - I , • -

JORGE EN IQUE VALENCI

• , •

RAFAEL CORTES GARNICA

SECRETARIO

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