CSJ - SP R.Jordán(23-09-1958)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP R.Jordán(23-09-1958)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1958
.... i:723 y'
CORTE SUPRElJA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado pODénte: doctor RICARDO JORDAN ..
J~NEZ. -~.""'- .Bogótá·f septiembre veintitrés de mil, novecientos cincuenta y ocho. v i S ~ O S : : i: .~~ : ( ',\.J. ¡: i' 1 \ ,tEl recurso de casación que t~ene a su estu- , . it': ti ' di,o la Sal~ se refi,er~ a la Sentencia del Tribunal Supe.., I Ii ¡ I rior' d~' Bogotá" fechada el l' de septiembre <;leL,957:, en ¡: " ,1: ,- la que se condena a ¡'Ul.s :~~ntor Cas~ro' a s'cEo' afios y 'me... \ .. í¡!: I -1... dio d,á'pr'~sidio,. COlDO réspo~s~b¡a' de la muerte ,de Pedro r, r )_ AguUar Uinbar~¡la¡ delito acer-ca dei cual el, Juez 8~ SU:~. : ; ') perior de ia ciuda~ nc)mbF'sda illtérrog6 así' al. Jurado en . !~" : • el acto pl1blico de)... 20 dé septiembre de a, 956: "El acusado Lu1s Pil'itor' Cas·tro ea responaa~ bl e, s.1 o no,,d.e haber caneado la muerte v,2 luntaria e intenc1ona1mente 'al 'señorLu1s~~
(sic) P.Agu11~ Umbari11a.,_mediante él e1Xl~ pIeo de auna cO'rtante y punzante, que ocasl~ n6 a la víctima .une anemia aguda conaecuen-. c1al a la sección de los vasos subclavios.··Y· asfixia por compresi6n' sarigt,l!nea del pulm6n. izquierdo, segtln hechos sobJ"evenidóá él .día ve~nté (20) de dicie.rabre de"mil novecientos cincuenta y 40s (1.952),.én laa ho~aa ~e la tarde, en la vereda "Crucés"r j~isdicc16n _.del fluniclpio de Choc;ontá,. compr-eneadn de: ..... e st é Die~rj.to Ju4ici.a1? D•.. ., La respuesta de los jueces de concienc~a e-s ¡;.,'l tá expresada en los si.guientes t~nos: I.,;!.~, ti ::!¡ _ '/ .-:---'~....:.--'.:;.~ .•. '~'''.r;. ¡ !! ._-_._--~- !:,. I 1,,. 1, 1': ur;l -acueedo á~ ea responsable de -la muerte \ de ¡,uis (sio) nAguilar lnnbar-111a pero 'en i b en estado de 'embi'laguez y riña no provoca ..... j da por él Q• ~! Este vereÓi,ét.O no fué interpretado e.n igual forma por los 3uzgadores ele -l.nBt®e~a. ;al Juez crey6' ~.
que enoajaba en lo dis'Pllesto en ~l art!óulo 3e4 del C6d!_ -.pÓ»,e~ na' go Fenal. y de ah1 il;l d~-cuaez-o años d's presidio '"", que le impuso al hom!cida. El ~ri builal ~ en Qamb101con , s1der6 qu~ aquel -~recépto no era aplicabl.e al caao.; pli~~ '. :¡¡ : ·, :i l' tó que ni ia ;riña ae .Q~i:fie6: (le imprevista. ~ 1;al mod~ ': í 1:. lidad se po.d!a,deducir de 108 hechos, que en el ;fallo ... I ·,I. vienen l'eiatados ast·s 1: ,- ·¡ PPedro Agüilar V~barilla residía oón su 'm~ nor hij$ Ascenei&n. en la v~r~da de C·ruc.ea",-:- jurisdicci6n municip~.de.Choc~ntá; a.eso ~ d~ las cinco de la tarde del 20 de di.ciembre de 1~.952_:ambosse ,encontraban tranqirllaillenté \, " en su casa-•. después de. ~eg;resar del pueblo, y mientras la ~a hacía la co~da,. P·ed.ro· 'A..' guUar se reoarg6 contra la p~ed del :frente del ~nmu~bl~; en eeo~'momentQB pasaron por. el ·c.aminoJ~an Pllayorgs''1 ~olo ;L.a.ra, qu!e!lé.s dieron gritoe _d_e vj,.vsa.al partido pol!tic'ó~.
de sua simpatías'; el. oírlos f. Aguilar Ui;n~ari,~ lla ·~qu1.eÍall par.eoer tenía <l1ferenclaa 'dé + l1nd.eró8 eon '4ayórga-. B~ dirigitS. a {3sté y a pat~ dleiéndoles "qué ya que'eran tan machQ$, y tan capaces se b~¡jáTan para ába30" segdn .' j lo afirma 1.a eápo'aade Mayorga; ~Bte sal t6 ? 1~ que~rada que, del camino en que se h~la 1 ; en I ba.,.10 separaba 'd_Q la casa de Aguila.r,' y ! tro _deinméd~ato en discus~6n con Ped·~o•.f.o""", 11 00 después hizo su aparici6n Luis Pintor Ca=e ¡, I troY'f 'ealtan~o a su vez la mis.maquebrcid.a .. , , ' particip6 en ~l lance que nada tenia qué v~~ i • arma con ~l e h11!';i.6dé co~ cortante; milertf);; al infortunado- .'Pedro Agui:lar UlIlb8.J;"illaq\l~$l 'falleei6- .eaaa. i,iUaediatamente; por su pru:-te-., Pi~tor Castró ,teslU.t6 hcridp -en la freI\tén .• 1I ,1, l· r: l· II I: . I 1, --. __ ._-~ , - -_.__-=.-. -, "- :
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LA DEMANDAs i
I, ~ .~ ;,; t - ~oe cargos al falío lQ~ formula el doctor - 1, '3, ji'~ 1" If;lmae1Rinc6'n Zamudto¡, quien ha inyocado,las caueafea f ~... " y l~ del artículo St/i~del <h de P.P~~~que de acuerdo con l' su orden y :fundame~t,o deben enteuderse oomo prinQlpal y ': ,: , l' "t accesotis. respectivamente. O,~,en 't~.rminos más ccncr-é-s , ¡ tosa que el reéono~imieJ;lt,o de la p~i.m.eraestá subordina-, do a lo que con re,speo'toa la tercera ee resuelva" pues :1 :1 si ésta no p~ocf.;ldet"tampoce,aq~ella., :1 " ·li ,,1 " 1, ¡' lia tesis' de la demandaes·' en a:!ntes:l.s: ue '- q' la sentencia e~tá, en desacuerdo con ei veredicto porque _, no aoog16 1a voluntad del Jutado;a1 prescindir de una éx " preJ~i6n(imprevista) .:'1mpltc~te. en el pensamiento dé 68.'. '1 "-r " te'cuando dijo que Luis Pintop pastro ha~ia obrádo en ,~ \ ' A "r~fta no prQ~ócáda,por ~lQ. l'8T6 ha~é~ e~ta ,afirmaciÓn.presenta ,los a1."
i: , , gu.:J.entes S;rgumentosJ a) que dura,nte las auddencdaa la ti.!, ei fensa ~ostuvo que el proceaaqo qométi6 delito ~dentro . , de una riña imprevista" J b) .que ~i la Corté~:en numeeoaoá fallos. ~ha ~icho ~ue al ,Jurado,de ~onciencia no se le ,~ -: pueden exígi:r definiciones té,cnica~ ni que utilic~ el ~, .. ! tecnieIsmo jur.ídico qÚé deb~n emplearl.os jueces de d.er.2,_ cho"~ sino apenp,s que responda con;ciariCiad a las qúes tiones propuestaB~, en el p~eaente caso fu~ explícito ~ I I , . cuando declareS que "ls,rj.ña no hab!a sido provocada_por Pilltorn; y e) que a.l.aiJlt~nei6n del Jur~do se traduce ~ simplemente de la a~irmao~6n 4e'que Pintor no tu~ elprovoé~dor y si nO"fu~ el prov'oc'ador la riña en que sé ,~, ,-:;-~' , vi6 e~~el~o tenIa que. ser imprevista para 01. pro6esed~n. " f .) -- ---_.. '.. + ---_. ... .. 4 " Flna1nlente;.y en relaciÓn con la causal. ~, primera, dice que hubo una inq.ebidaapli';" cación de la ley penal.ai fall.ar sin teI 1; _ I
ner en cuenta 01 artículo ?84 ya cit~dó~ l· ¡ : :1~: ' , , , í' !,: '¡ ~ +---, SE CONSIDERA: De nuevo s~ plantea, y,en los 'mismoso par~ cidos. términos en que lo ha sido en anteriores opor-tuni-, dades, el tantas véces pretendido como ~eohá~ado intento de adicionar imag~nativamente el ~ered1eto para adaptar lo a la propósici~n que la 'de,féns$ les pre~ent6' a. losmiempr~s del Jurado durante ~l desarrollo del juicio po Y pular. habrá que replic~ a ese planteamiento con las \ ~'l razones que~ a pesar de ha~er-s~do d~vul.gadas, se ignó-, I ran todav:!ao sé ínsist~ en ~ontrar1ai~,i~:· , Recientemen \1 ~: :l' \' te en sente~c1~ d~ es'tamisma Sala, fechada el 26 de m8.!: ,:1:;\ 1 ',if 30 del afioen Qursó" al ~esolver un oaso análOgo al que,,~j)~/,,>, :i ' ahora es materia dé examen, pue~ allí también se 0~1ticS ;'1 j . !,~ . el califica.t'_vo que la Ley lé da ~ la rUia para que la - ... accicSn,del sUj,etO.'activQ del del!to pueda cO.loe~rse en ~ la situac~óp faVQral)].e del art!cU1o 384, se expuse lQ ,~, que en segn'-dasé transoribei
nRfflaprovO.cada por el occiso no significa necesariamente que hub1er~sido imprevista para el homicida. Pórque no demue~tra que d~ parte del provocado no existiera el pr~ p6sito de reñir. La próv,ooáci~n de uno de lcs contendores no e11mina la volUntad de I aoeptar el reto por parte d~l que la sufr~ I .. y, que al;ÍlplOdría estarlo esperando.para .... ! \ darle ri~nda a sus im~ulsos. Ambos pueden estar ani.madosde igual designio. beligera,e te o. cembativo. De manera que el hecho de .~ ,
---:-._....,....-------,--:---,-___,....,.-.,....,..... . - ..-.-'. .. .... , ¡, que uno de ellos d~ principio a la agresiÓn ~e palabra o de obrano querrá decir que para 'el otro fu~ inopl~ado e tmprevisto el I lance. S610 d,e'quien ha sido. sorprendido ~ por.un atáqu~ que no esperaba y de ~1 se de 1: f1end~, trabándose en lucha con la persona 1: que 1'0 -_a:ctim.ej;~" e'a posible predicar el fencS !' , meno de la riña imprevistá. For eso se ha " , d~~ho que ésa clase de' reyerta equivale ~, - " Lá é1lll.~ál.,~a~ la que se produce sin el que-;.... rer de quien lleg6 a ella obligadO por una circunstancia' imposible o casi i.mpo~iblede
elndlr. La riflaimprevista ee. en t~rmi~Qs exactos. un l1U1ct~que'surge accidentalménte y en. torma sorpr'e'siva para uno de los que' ~ lo afrontan y que no lo quería ni lo, buso'cS" ni actu6 de una maner-a voluntaria,. elno qU'e se vi6 oomprometido en el mismo, sin'que en su án1_.n.oestuvi'era el prop6si to 'de pelear.,..,. y de ah! que la ~ey lo considere comoun he ono e'spéo1al de 'réspon~abilidad aténtiaaa~ ,~' "Qu1.en es ~gredido y se defiende.,' 'apenas e:. je'rci ta un derechQ; mae e~ que devuelve loa, golpes que otro le da", tamb16n se defiende, pnesto que la aef'enes, ~tDplic~ por Lo regu_":' lar contra--ataque,.: 1. e,s aquí en donde pare oe oonfundirse la p~~~ct~h d~l que rifle efñ querer y la do quien s610 'por defenderse 'rs pele a su gratuito agreso~!o :~ \ ',' p~~ formarse una idea exacta del oaso que I :!~ ee estuf).j,s. conv ene a~l&rar; 19,que' el repI:eeentante - , í " ,I, del M1~ster10 P~bl~co combati6 en el curso del debate _', J ",I. 11l1b11oo~¡,supuesto de la rifia imp~ev1sta;,2"~que.el ae-- ; 1 . , !
!: ' . ao.~ defensor solle .1 t6 allí mismo que s .e ' reco1;loci,era d1~ ,. ' i\ P II 1 ,cha caracter:!.stic~, explic'ándola éuficientemente; 3~ que 1, ! ·1 ,' ' :1 (fallo de 30 de noviembre de 1;.955) el·Trib'\Ulal.hábía d~ :I 1¡ clarado el primer veredicto emitido el 1:6 de mayo de ese , ~o (1.955) "contrario a la evidenoi~ de los ~echoe".- precisamente porqué' el J~o de entonces conslder6 que. - el delitQ' cometido por Luis, .Pintox-Castro ee había reill zago en una r~ña ~prévista, y 4º que en el hecho del., 20 de dici,e~bre de ;1..952 hube>tres contendorés' armados ,.' a~,f: Pedro Aguilar; ,~on nuna var~Q; Juan Iitayorga,. con - "un palo con recat6n,O; y L~ls Pintor Castro, con aun pa- .. '.,_-""-----.;:--- ~' -.::"":'. _- ---""~ ,-- ---;:::,.,..".,.-.-----_---_~ -~...~ -.~--•-.-_.---;---•. .~ .~ .~.;;--;..""O_,.~ .... +••• '.. _- ~l':' _. 1 s. i, .l' .i ,. I '.~. lo 1. un cuch111.o Q•. El primero se entend!a - . J I \I ~¡ 1\ eon el segundQ cuandO entr6 en la reyerta'el
tercei-o·; s·in qu~ hubie;ra recibido incitaciÓn dé la v!ctima (Aguilar) ~. : I \ 1 , ¡ ~¡ En estas condiciones; mal puede asegurar'se" ;I , . l· 1; que el lance f1¡~ imprevisto para Pintor Castro, y: en U!""' .!1. na Tilla;; en la que i!ltervieneil tres$. al decitse de uno '. 1\ lli:1 que no la provoed:" queda s1lf' ~esolver. c1l:at fué el pro~(;t't .j i \ oador. Si l>into~ encontr6' una si tuaci6:n ya 7reada y t.o·~ .: 1\ ( , 1 : ;1 hizo" · i ! m6 parte en ella~ noes posible éo.nveni.r en que lo ·1, .: '1 ! : '. ; I sj,n ~~y;~~.rla. 81 el cceaao pr-oveed a alguien,. no fu~ -+ ~¡ ~ , I propiamente a Fintor,· que acu<1i.6al combate para se.oun~ ! ; ; i · ; . dar a Mayorga• .Rj.ffano provocada por el r-saponsabf e y riña ¡ imprevi3'~a, para d$te ..t nb son conceptos equivalente. Co- '1.¡ ; . mo tampocQ se puede c.onfundir la si tua,ci6n de quien aceRo · ~ t6 la riña:con la de q~en fuá sorprendido por ell~~ .~9 ser el up~ovoc~dor~ (en e.1 C6digo Italiano· s.~~t!~::~ttcal:!
una I ea d~te:rminante de La ri.ña··o pelean) 'es conducta; ~. . i. , '., : 11 actuar en el Lance ·impr~vi~to,.: otra dist.;\..rrt.a~..~.·ls610' ·~s .. i ......~. :r...,..; .• ; '. ,- :1 ·ta -cuando es de modo expr-eso. reconQc¡da por los jueoes I ~ li, .populares-- obra CQ~O oircunst~eia. móqificadora d~l' del! 1: i H. I ¡.,: to.. i'J ~I "Si el ho·iILi.cidiotuviere '_ugar en una riña no p~ó".o.cada ni aceptada por el agresor; en 'la cllBl ~ste ee vi6 enVuelto de una manera casual, la pe$' ~.~T,.f,etc •.,. decía el art!cuJ.o60; del C6digo que estuvo en vigencia hasta el :;0 de junif? de lt 938. y. tamb~~n en es(t· estatu.;¡¡.· , 1 ¡\ to (art•.670). el 'provoca401 si ace!Ji6 Volun~ariamente ;~ . , ---.' 1 '. •1. .. ' .... ~: ';'. /, , ~ ~~'720 ,> el reto; estába su.jeto a eane~6n. El pro~ 1 -. ( ~lema se debatía pues, en 01 plano de la de : ~, tenlinaci6n de la vo.luntaa•. De ah! que la l•. \ [ " 1¡:! .'
~urleprudencia hubiera considerado que la atenuación del articulo ;84 d~l C6digo Penal se pUE)de·d~finir diciendo 1'" " l I ~uc Pla riña asume el caráctér d~ imp~Gvieiacuando sé·_ ¡ , , ; presenttl do modot® fortuito y ocaaion31, 'quo el comba j,. ;. ,J , " 'tiente no haya 1lPdidO p:restUnU ªu ocurrencia porque lós! .'.[ ~~ '. oamezrteella, de~tro de circ~~tanoias normale.s, no de : bía producirse it• No resulta~ ~ues, admisible el cargo que se le formula a la 'sentencia oon base en La causal tercera •. ; L ~1merot porque el voredicto no hizo menoión de aquella ': oirounstancia (riña 1_.mprev1sta); .y segundo; :porqué tálX\P,2 eo hay l~ar a SUPoil~rt~Ueen tal forma se hubiera suae! r taño, si ¿e ati~nd9 al desarrollo de loa acontecimientos. ;1 1 •J')' Quien concurre 6una ~ifla que no se originó -como 10 ___ ;1 l. I J !' quiere la Ley-,itde 'Un modoitlprevistó"; no podrá aspirar-' 1 al rég~en eep~ial que s610debe concederse a la perso j : J .J na ouya partio1paci6n no emanó de su voluntad, sino que. 1¡1, :'., -, ;'1 : senoillamente Sé vi6 én al trancé d$ hace~le frente a un I, .
! aoaecimiento quo no cépe~abá ~ e'ra para ~l oonjeturable. ¡l' j•• La ~clarac16n del Jurado ("en ~1fIano PJlovoead~n)es ino0la plata y oareoe de velor ~ur~dico·~ Porqu0 de :Ino haberla provocado el responsable del hom1cid~~ no se desprende _ : ~¡ , ',¡ que no la quisiera., que fuera para él sorpresivB, .casual., impos1blc.~e preve~ por algunas qe l&s señales o indioios que anuncian los euceaoa natUrale~3t y h~y que. ch~cir una -Vezmás que el término °itlpreviato es. ~art.a sustanoial _ t1 de la naturaleza del-'acto que sanciona él artíoulo 384 "3" que de dicho vocablo no. es pOSible pred1c.l;lre1 callf1cat.! -= - __ --- --_ ..._-... ._--- ... ---- .....--- -- . . o ".'1 \.< ,~ ~'.l de VO t6on_ieot o da use reoe-rvü6t} solamon.te aore ~ 100 dicotros en las d~oo1Plinaede1 ene y oonoeceo~eo dol léx1Q'o Jurídico, De ~o.doque ui 01 J~aao ~$Qinda de incluirl.ó en su Vo~~ a1oto, no lQ haóo llor 19neranoi~.de lo quó ~1gnii'icl;l. él nQporQ,uooot~ qua no correspondo aaa realidM 40 los m.
a.efior Proo~or i!r1mé.-~ Delegad.o en le Penal eolléita quono s.e inValide la s·ent.eilo1a lnvasnada.; eonelnSi6n que ilesa GcsJu€ade un ~:oneó-toandl10iQ,-· 8de la 0.1t\1.ae16n u d~ obJetar loo tund~ont~ dé io .délna.n
- ........... \ Po~ 1.0 o:q,\eoto., la Co~té Súprena -sala de i I '. 1 l' oaaao16n l'énal. admin1s~o· ~uaUQia en nO!.ilbro 60 la .~ ~i
1;1 : :1 República ')1 pOI' autorl<i$d dé la LO"t de acl1ar(Jo COn el • ! :ij! ' .. . " j 1 '; aeflor Pl'Oourador ~1tu~~ DclégáCloen lo ';onal; NO OÁSAi I ¡1 :• , la tlontonoia ~currld.Q.. 11::1; : " ¡ , !'1 . '. ! :1' . '11 . 1 :," [\'1' . i ¡ . I!' .. . RtQ~~O JORDAYJ~·HBZ , j:" , i ." LUIS·WUAliDO tffiJlA piOOUlMO !JEOn aéerGta:-io ¡