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CSJ - SP13501(03-10-2001)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP13501(03-10-2001)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2001

REPUBUCÁ DE COLOMBIA c (cid:9) de '4e(cid:9) 5ÓC€Z cASACION No, 13.501

JOSE DEL CARMEN JAIMES MENDEZ

Desistimiento. '

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO

Aprobado Acta N°. 150 Bogotá, D. O., tres de octubre de dos mil uno. VISTOS El defensor del procesado JOSE DEL CARMEN JAIMES MENDEZ, a quien el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Santa Marta, en fallo del 10 de mayo de 1994 condenó a la pena principal de 25 anos de prisión como coautor en el delito de homicidio, el cual fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad el 15 de julio siguiente, mediante escrito dirigido a esta Corporación manifiesta desistir del recurso de casación interpuesto contra la mencionada sentencia.

REPUBLICA DE COLOMBIA

A / ASACI0N No. 13.501

&Y;71

JOSE DEL CARMEN JAIMES MENDEZ

Desinto CONSIDERACIONES DE LA CORTE El artículo 230 de¡ vigente Código de ProcedimientoPena¡ dispone —como igualmente lo hacia el Art.' 15 de la ley 553 de 2000 que modificó el 244 del Estatuto Procesal recientemente derogadoque "Podrá desistirse de la casación y Ie la acción de revisión antes de que la Sala las decida"; motivo por el cual se procederá a analizar si es procedente o no aceptar el

desistimiento elevado por el defensor del procesado JAIMES

MENDEZ.

Según lo dispuesto en la norma inicialmente comentada y dado que la respectiva decisión de fondo no se ha prodúcido, toda vez que el presente asunto se encuentra al despacho para la elaboración del proyecto de fallo que ponga fin al recurso, no le queda a la Sala otra alternativa que atender en forma positiva la petición de desistimiento' elevada. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE

JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,

RESUELVE

1. Aceptar el desistimiénto del recurso extraordinari'ó de casación que invocó el defensor del procesado JOSE

DEL CARMEN JAIMES MENDEZ.

REPUBLICA DE COLOMBIA 4 CASACION No, 1.501

JOSE DEL CARMEN JAIMES MENDEZ Desistimiento 2 Como consecuencia de lo anterior, se ordena que el expediente vuelva al Tribunal de origen. Cópiese, notifíquese ycúmplase.

ChRLOS E. ME 1 ;SC6AR

RNANDO ARBOLEDA RIPOL ÓRDOBA PO EDA

HERMAN • L 1 N CASTELLANOS(cid:9) CARLO RGOTE

1

GALLEGO(cid:9) EDGA;' a BANA TRUJILLO

ALVARO OLNDO PÉREZ PINZÓN ILSO NILLA PlHííiÁ

TERESA RUIZ NUÑEZ

Secretaria.

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