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CSJ - SP13806(10-05-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP13806(10-05-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

_República de Colombia

Corte Suprma de Justicia : Z

".. —

ÚNICA INSTANCIA 13806CAMILO ARTURO MONTENEGRO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

DR. EDGAR LOMBANA TRUJILLO

Aprobado Acta No.044 Bogotá D. C., diez (10) de mayo de dos mil seis (2006). VISTOS Decide la Sala si existe o no mérito para iniciar instrucción penal contra el ex representante a la Cámara CAMILO ARTURO MONTENEGRO, por hechos que denunciara el ciudadano Veedor del Tesoro. República de Colombia 2 Corte Suprema de Justicia ¿,J__(2

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO ANTECEDENTES De los documentos allegados al expediente se infieren los siguientes hechos:

1. En vigencia de la Constitución Política de 1886, los senadores y representantes tenían la facultad promover y conseguir que se destinaran partidas presupuestales (auxilios parlamentarios), para destinarlos, entre otras cosas, a fondos administrados por el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX, los cuales podían ser asignados a título de becas a los beneficiarios que reunieran ciertos requisitos académicos y económicos.

El parlamentario que conseguía la partida presupuestal se denominaba “gestor”, y suscribía los formularios llenados por los aspirantes a las becas, que en todo caso asignaba el ICETEX, girando el dinero a los beneficiarios, a través de entidades bancarias.

2. La ley 46 de 1990, o Ley de Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, decretó la suma de $ 5.478.8 millones de pesos, con destino a Fondos de Becas constituidos por los parlamentarios en el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX, dinero que sería girado a través del Fondo de Desarrollo Comunal del entonces Ministerio de Gobierno. _República de Colombia 3

Corte Suprema de Justicia 1 y ..

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO

3. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada Ley, y en las normas que rigen el presupuesto general de la nación; y con el fin de reglamentar la forma como debía ejecutarse el gasto público en lo concerniente a las becas, la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda expidió la Resolución No. 113 de 5 de junio de 1991, donde estableció, entre otras cosas, que las partidas destinadas para auxilios educativos se atenderán exclusivamente a traves del ICETEX; y que “El ICETEX escogerá los beneficiarios de listas regionales suministradas por los otorgantes, de acuerdo con criterios de mérito, rendimiento académico y condiciones económicas que fije esa entidad.” (Folio 3 Cdno. 1) Similar reglamentación expidió el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con la Resolución No. 148 del 28 de junio de 1991, en la cual señaló los rubros a que podían destinarse las becas correspondientes a

las apropiaciones presupuestales asignadas por los congresistas en el ICETEX; entre ellas, matrículas, sostenimiento personal, libros y materiales de estudio, tesis y derechos de grado. (Folio 10 cdno. 1)

4. Por su parte, la Junta Directiva del ICETEX profirió el Acuerdo No. 031 de mayo 15 mayo de 1991, por el cual se reglamenta la prestación del servicio de ayudas educativas que administra esa entidad; y, en el mismo sentido, el Director de ese organismo expidió la Resolución 1374 del 2 de agosto 1991.

En la Resolución No. 1373 del 2 de agosto de 1991 (emitida ya en vigencia de la Constitución Política de 1991), se introdujo un artículo del siguiente tenor: República de Colombia 4 Corte Suprema de Justicia Á S2 —

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO “Artículo 24: SOLICITUDES PRESENTADAS A PARTIR DEL 3 DE SEPTIEMBRE DE 1991. A partir del 3 de septiembre de 1991, todas las solicitudes de ayuda con cargo a los Aportes y Fondos asignados en los Presupuestos Nacional, Departamentales y Municipales, independientemente de la vigencia en que hayan SINDO incluidos, deberán ajustarse a todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolución, y diligenciarse en los nuevos formularios que el ICETEX suministrará a través de sus oficinas regionales.” (Folio 73 cdno. 1). Vale decir, de conformidad con la reglamentación anterior, pese a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991, hecho

ocurrido a partir del 7 de julio de 1991', era factible continuar asignando becas a ciudadanos particulares, obtenidas a través del sistema de “auxilios parlamentarios” por los gestores.

5. Ocurre que el artículo 355 de la Constitución Política de 1991 prohibió en modo general los denominados “auxilios parlamentarios”, al estipular en su primer inciso que: “Ninguna de las ramas u órganos del poder público podrá decretar auxilios o donaciones a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado.”

6. La Veeduría del Tesoro, creada transitoriamente en la Carta de 1991, estimó que el Ministerio de Hacienda, los gestores y el ICETEX estaban incurriendo en irregularidades, al continuar adjudicando becas ¿epública de Colombia 5

¡ “» Corte Suprma de Justicia Á ¡Y

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO provenientes de “auxilios parlamentarios”, pese a la sobreviniente prohibición contenida en la Constitución Política 1991. Frente a esta situación, la Veeduría del Tesoro actuó de la siguiente manera: 1). Mediante Resolución número 003, expedida el 30 de enero de 1992, el Veedor del Tesoro señaló la obligación para las sociedades de economía mixta, asociaciones, fundaciones, juntas de acción comunal, corporaciones, "y demás entidades sin ánimo de lucro, que reciban o manejen, en todo o en parte, fondos públicos, de los órdenes Nacional, Departamental, Municipal, Distrital y del Distrito Capital", de "solicitar a

la Veeduría del Tesoro, la expedición de un número de registro”, acompañando la documentación allí exigida, la cual debería ser enviada a más tardar el 24 de febrero de 1992. (Folio 23 cdno. 1) i1). Por Resolución 0041 del 19 de marzo de 1992, el Veedor del Tesoro estableció que "/os ordenadores de gasto de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos descentralizados del orden HNacional, Departamentos, Distritos, Municipios, ciudades capitales y Santa Fe de Bogotá, D. C., se abstendrán de girar apropiaciones de becas con destino al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el ExteriorI[cetex, que se efectúen mediante la modalidad de fondos hasta cuando la Veeduría expida el registro que ordenan las Resoluciones 00003 y concordantes". (Folio 25 cdno. 1) República de Colombia 6 Corte Suprema de Justicia <e _

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO Al ICETEX, le impuso la obligación de abstenerse de girar a los fondos recursos destinados a la ejecución de programas de becas, hasta cuando dichos fondos obtuvieran el registro de la Veeduría del Tesoro. l). Con las resoluciones números 00045 y 0054 de 31 de marzo y 14 de abril de 1992, la Veeduría del Tesoro dispuso llevar a cabo una visita especial de inspección y vigilancia al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -ICETEX-. En informe rendido el 29 de abril de 1992 por el funcionario

comisionado, se constató la continuación en la asignación de las becas, y luego de cuestionar la constitucionalidad de las Resoluciones expedidas por el Director General del Presupuesto y por las directivas del ICETEX, concluye que "esta entidad pública giró y pagó auxilios educativos apoyándose en una resolución inconstitucional" y que "los gestores carecían de facultades para autorizar giro de ayudas educativas por la suspensión de las funciones de los Congresistas prevista en el artículo 30. transitorio de la Constitución". (Folio 27 cdno. 1) iv) Por lo anterior, la Veeduría del Tesoro dio traslado del informe evaluativo de la visita, a la Fiscalía General de la Nación para que adelantara las averiguaciones pertinentes vy Gdedujera las responsabilidades personales correspondientes, si fuere el caso.

7. El Director Seccional de Fiscalías de Bogotá conformó una Unidad Móvil de Investigación, que se encargó del presente asunto, y abrió investigación formal el 17 de ¡unio de 1993. Folios 84 v 88 cdno 1) 7 _ República de Colombia e

— ¡? Corte Suprema de Justicia

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO Entre varias diligencias, relacionadas con 1diferentes parlamentarios y distintos fondos creados por ellos, para plurales objetos, se practicó inspección judicial a los archivos del Fondo de Desarrollo Comunal Regional Valle, logrando establecerse que esta Regional recibió por concepto de Auxilios Nacionales la suma de $ 513.170.000, de los cuales giró a los diferentes objetos, patrocinados por varios gestores, la suma de 459.148.000 y reintegró a la Tesorería

General la cantidad de $ 54.022.000. De igual manera, en inspección al ICETEX Regional Valle del Cauca se verificó la asignación de becas, aún durante el primer semestre de 1992, con dineros vinculados al presupuesto general de 1991; y también se constató que otras becas asignadas, sin embargo, no fueron pagadas, por prohibición que hiciera el Veedor del Tesoro. (Folio 109, 111 y 201 cdno. 1) La Unidad Móvil de Fiscalía continuó el proceso investigativo y se ocupó de hacerle seguimiento al destino final de los recursos para ayudas educativas gestionados con cargo al Presupuesto Nacional de la vigencia de 1990, por el representante a la Cámara CAMILO ARTURO MONTENEGRO, allegando al efecto los formularios de solicitud diligenciados por los aspirantes a resultar beneficiados, y remitidos al ICETEX por la oficina de dicho parlamentario. Se recaudaron varios testimonios de personas que figuraban en los formularios de las becas, preseleccionados por el representante CAMILO ARTURO MONTENEGRO, de los cuales, como se verá, República de Colombia 8 Corte Suprema de Justicia ) 2 Ed——

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO varios confirmaron la recepción del auxilio, otros dijeron no recordarlo y otros lo negaron.

8. La Fiscalía Cuarenta y Nueve Seccional de Cali, adscrita a al Unidad Especial de Delitos contra la Administración Pública, llamó a indagatoria a CAMILO ARTURO MONTENEGRO, quien explicó que los dineros recibidos en calidad de auxilios parlamentarios ingresaban a un

fondo especial, administrado en su totalidad por el ICETEX. Dijo que la finalidad de estos auxilios era apoyar a estudiantes de educación secundaria y universitaria; los candidatos a estas ayudas llenaban un formulario con sus datos personales y la documentación se enviaba al ICETEX, donde una junta estudiaba cada caso y decidía a quiénes se adjudicaban las becas. Confirmó que en la Constitución de 1991 quedaron abolidos los auxilios parlamentarios, por lo cual se ordenó al ICETEX que congelara el trámite y pago de las ayudas. Dice que desde la creación del fondo en 1988 y hasta 1992, estuvo manejado correctamente por el Dr. Eyder Fabio Escobar Daraviña, pero a partir de 1992 la junta Directiva del ICETEX decidió que los fondos debían ser manejados por los propios gestores. A la pregunta acerca del por qué algunos de los declarantes en el proceso indicaron que nunca recibieron los dineros supuestamente aprobados, responde que seguramente fue porque se dio la orden al ICETEX de congelar los pagos de las ayudas, e incluso se dejaron de pagar cheques que ya habían sido notificados: v que seaún tiene . República de Colombia e) Corte Suprema de Justicia d___ e.

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO entendido ese dinero fue devuelto por los bancos al ICETEX; además, podía ocurrir que los aspirantes a ayudas daban mal la dirección o cambiaban de residencia, como lo demuestra con ejemplos concretos respaldados documentalmente. En estos casos el banco devolvía los cheques al ICETEX. Insiste en que todos los datos se pueden verificar

en el archivo del ICETEX regional; por lo cual refuta la atribución del punible de peculado por apropiación. (Folio 233 cdno. 1).

9. Más adelante, la Fiscalía instructora verificó que CAMILO ARTURO MONTENEGRO ostentaba la investidura de representante a la Cámara, elegido por la circunscripción electoral del Valle del Cauca, por lo cual declinó competencia y remitió el asunto a la Sala de

Casación Penal.

10. Con relación a la investidura de congresista, para le época de los hechos (1991 y 1992), respecto de CAMILO ARTURO MONTENEGRO, la Subsecretaría General de la Cámara de Representantes hizo constar: “Que fue elegido para el periodo constitucional 1990-1994, para cuyo efecto tomó posesión de su cargo el día 20 de julio de 1990, según consta en los Anales No. 45 de 1990, página 2?, y actuó ininterrumpidamente hasta el día 30 de noviembre de 1991, fecha en la cual les fue revocado el mandato a los Congresistas.” “Que fue elegido para el periodo constitucional 1991-1994, para cuyo efecto tomó posesión de su cargo del día 01 de diciembre de 1991, según consta en los Anales No. 26 del martes 10 de diciembre de 1991, República de Colombia 10

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO página 2, y actuó ininterrumpidamente hasta el día 19 de julio de 1994,

fecha en la cual terminó su periodo constitucional.” (Folio 254 cdno. 1) Acreditado el fuero de congresista, por auto del 18 de junio de 1998, la Sala de Casación Penal decretó la nulidad de la apertura de investigación con relación a CAMILO ARTURO MONTENEGRO y de la indagatoria rendida por él; además, decretó varias pruebas tendientes al esclarecimiento de los hechos. (Folio 263 Cdno. 1)

11. La Cámara de Representantes certificó, con el soporte documental pertinente, que en el presupúesto general de la nación, para la vigencia fiscal de 1991, se incluyó la suma de veinte millones de pesos ($ 20.000.000), “con destino al ICETEX Regional Cali” por iniciativa del representante CAMILO ARTURO MONTENEGRO. (Folios 275 a 288 cdno. 1)

12. En inspección judicial practicada en el ICETEX Regional Valle del Cauca, se especificó que la apropiación presupuestal para 1991 asignada al Fondo CAMILO ARTURO MONTENEGRO “fue de catorce millones ochocientos noventa y seis mil ochocientos pesos (14.896.800), para una ejecución presupuestal a diciembre de 1991 de cuatro millones doscientos setenta y cinco mil pesos (4.275.000). Para la vigencia de 1992 la apropiación presupuestal fue de dieciocho millones (18.000.000), habiendo sido su ejecución presupuestal de novecientos setenta y cinco mil pesos (975.000), de los cuales fueron reintegrados al ICETEX ciento cincuenta mil pesos (150.000) por no

haber sido cobradas estas becas, siendo entonces la ejecución real de ochocientos veinticinco mil pesos (825.000) durante todo el año 1992.” tepública de Colombia 11 Corte Suprma de Justicia a . —

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO

13. Rindió testimonio el abogado Heyder Fabio Escobar Taraviña, quien dirigió el “Fondo CAMILO ARTURO MONTENEGRO”, que actuó como gestor de los auxilios parlamentarios girados al ICETEX para la asignación de becas.

Manifiesta que el representante CAMILO ARTURO MONTENEGRO tenía múltiples ocupaciones, por lo cual le solicitó que le ayudara como administrador del Fondo y asistiera a las reuniones de adjudicación de becas, por lo cual el declarante conoce el manejo otorgado a los recursos públicos. Indicó que los aspirantes a las becas llenaban el formulario adjuntando un certificado de vinculación a alguna institución educativa, luego se llevaban estos formularios al ICETEX donde con la intervención de una funcionaria se aprobaba o improbaba estas peticiones de ayudas; una vez se aprobaban las solicitudes, el ICETEX realizaba los giros por medio del Banco Popular y la Caja Agraria; con la exigencia de que se reclamara el aporte dentro de los dos meses siguientes al giro de los cheques respectivos, pues, si no se cobraba, el banco estaba en la obligación de reintegrar el dinero al ICETEX; de tal manera, una vez se aprobaban las becas, el gestor o el administrador

perdían total control sobre el destino de esos dineros, pues el ICETEX giraba los recursos a los bancos con la condición que se cancelaran única y exclusivamente a los beneficiarios. Agrega que a mediados de 1991 se profirió una disposición que obligaba a los destores a maneiar directamente los fondos: v aclara que República de Colombia 12 T Z . 4Corte Suprema de Justicia Á <l ”

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO el responsable del manejo de los giros era directamente el ICETEX, y que el gestor solamente preseleccionaba a los becarios. (Folio 379 cdno.

  1. '

14. Por intermedio de funcionarios comisionados se escuchó en declaración a algunas personas cuyos nombres figuran en los formularios de aprobación de becas, en distintas poblaciones del Valle del Cauca, logrando captarse la siguiente información: 14.1 LILIANA BOLAÑOS OSSA Cuenta que hizo un préstamo en el ICETEX para pagar un semestre en el Instituto Colombiano de Estudios Superiores Incolda. Le dieron un cheque por $270.000 ó $275.000. No recibió ninguna beca por parte del ICETEX. Dice no conocer al congresista Carlos N (sic) ni que le haya destinado la entrega de una beca por $100.000. Manifiesta que la señora Patricia Dávila le hizo firmar un formato en blanco y le indicó qué renglones llenar y que ella cree que esa es la solicitud de beca que aparece en el proceso. (Folio 144 cdno. 1) 14.2 LILIANA CONCHA OTERO Declara no haber recibido becas del ICETEX. Dice que nunca

diligenció ningún formulario del ICETEX; pero recuerda haber llenado un formulario por consejo de su mamá pero no volvió a saber de eso y — por lo tanto no recibió los $52.000 que allí aparecen. Reconoce su letra en el formulario pero lo que no escribió fue la cantidad de $52.000. (Folio 147 Cdno. 1) - República de Colombia 13 Corte Suprma de Justicia ¿£ <e — -

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.3 OLGA COLLAZOS MORENO Dice que nunca ha recibido becas ni auxilios del ICETEX. Si diligenció un formulario pero no recibió nada. El formulario se lo dio un señor Francisco que está metido en política, no recuerda si el apellido es Castrillón o Murgueitio. Lo que no diligenció ella es el valor que aparece por $281.000. Nunca fue notificada de haber sido beneficiada por el ICETEX. Nunca ha extraviado la cédula. (Folio 149 cdno. 1) 14.4 YIMI CASTRO GARCÍA Afirma que sí recibió un auxilio por una sola vez del ICETEX en el primer semestre de 1992 por $40.000, dinero en efectivo cobrado en el Banco Popular. El formulario se lo dio su hermano, lo ¡lenó y se lo dio a su hermano. El formulario que le pusieron de presente no es el que él llenó pues no es su letra. Además no recibió los $150.000 que allí aparecen. (Folio 150 Cdno. 1) 14.5 ADRIANA YICET CASTAÑO GALLEGO Declara que nunca recibió auxilios del |ICETEX. Conoció la señor

Camilo Arturo Montenegro en una reunión política en que le ofrecieron a sus papás una beca, llenaron el formulario y ella lo firmó, pero luego no supo nada al respecto. Le pidieron a sus padres como condición que apoyaran la campaña política del señor Camilo Arturo Montenegro. Dice que no recibió los $32.000 que aparecen aprobados. (Folio 152 cedno. 1; 12 edno. 2) República de Colombia 14 Corte Suprema de Justicia ¿( e

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.6 MAURICIO HUMBERTO CIFUENTES CRUZ Manifiesta que nunca recibió auxilios del ICETEX. Que llenó un formulario que le dio su papá, pero que no volvió a saber del tema. Dice que conoce a Camilo Arturo Montenegro porque cuando era pequeño lo llevaban a consulta con él. Reconoce su firma en el formulario y la información que contiene es cierta. No sabe que pudo haber pasado con los $65.000 que se aprobaron porque a él no le llegó nada. (Folio 153 cdno. 1; 13 cdno. 2) 14.7 JULIO NÉSTOR GONZÁLEZ VILLAQUIRÁN Menor de edad al tiempo de la declaración. Comunica que no ha recibido becas ni auxilios por parte del ICETEX. Se le pone de presente un formulario, respecto del cual manifiesta. que los datos son ciertos pero no es su letra ni su firma. (Folio 154 cdno. 1) 14.8 HAROLD EDER BURBANO VALLEJO Menor de edad al tiempo de la deciaración. Dice que nunca ha solicitado ni recibido auxilios o becas por parte del |ICETEX. Cuando se

le pone de presente un formulario, dice que la información es cierta pero que no es su firma la que aparece allí y que tampoco llenó el contenido del formulario. Nunca se le ha ofrecido ninguna beca. (Folio 156 cdno. 1) 14.9 KAREN SOTO GIL Menor de edad al tiempo de la declaración. Sostiene que nunca ha recibido becas o auxilios del ICETEX, que su papá un día hizo la solicitud por intermedio del doctor Camilo Arturo Montenegro pero que nunca supo más. En el formulario que le ponen de presente ,. República de Colombia 15

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO reconoce la letra de su papá, y los datos son correctos pero dice que nunca recibió los $32.500 que allí aparecen, que tal vez los recibió su papá pero que no sabe nada la respecto. (Folio 157 cdno. 1; 16 cdno. 2) 14.10 SONNIA TORO HIDALGO Manifiesta que nunca ha recibido becas o auxilios por parte del ICETEX. Cuando se le pone de presente un formulario dice que los datos si son los suyos y la firma también pero que ella no lo hizo. Declara que nunca recibió los $65.168 que aparecen en el formulario. (Folio 158 cdno. 1) 14.11 MARIO GERMÁN TASCÓN BRAVO Expresa que nunca ha recibido becas o auxilios por parte del ICETEX. Dice que les ofrecieron una beca pero que al fin no les dieron nada. Primero señala que no llenó ningún formulario, pero cuando se le pone de presente un formulario, aclara que ese fue el único documento

que los hicieron firmar. Que la información es cierta pero que no recibió los $80.000 que allí aparecen aprobados. (Folio 159 cdno. 1) 14.12 ANDREA LERMA CALERO Menor de edad al tiempo de la declaración. Afirma qué no ha recibido ninguna beca ni auxilio del ICETEX. No recuerda haber llenado ningún formulario, pero cuando le ponen de presente uno, reconoce su letra y los datos allí consignados, pero dice que la firma es de la Hermana Sor Belén Arias directora del colegio San Vicente de Pauúl. No sabe porque aparece allí la firma de la religiosa. Aclara que no recibió los $33.000 que aparecen en el formulario. (Folio 161 cdno. 1) República de Colombia 16 Corte Suprma de Justicia a — -

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.13 ARGENIS LADINO SOTO Relata que no ha recibido becas ni auxilios del ICETEX. Una vez llenó un formulario y se lo dio a su marido que lo llevó al directorio de Camilo Arturo Montenegro pero no obtuvo respuesta, luego intentó averiguar y le dijeron que esos auxilios los habían cancelado a nivel nacional. Manifiesta conocer al Dr. Camilo Arturo Montenegro por cuestiones políticas, que su esposo es amigo de él. Cuando le ponen de presente el formulario, reconoce su letra, sus datos y su firma, pero aclara que no recibió los $65.000 que aparecen en el formulario. (Folio 162 edno. 1; 14 cdno. 2)

14.14 CLAUDIA MILENA VARGAS MARTÍNEZ

Explica que no ha recibido ningún dinero del ICETEX. Una vez su mamá y ella oyeron que iban a dar becas y fueron al directorio del doctor Camilo Arturo Montenegro a llenar un formulario, pero después no supieron nada más del tema. Nunca recibió los $32.500 que aparecen ahí. (Folio 163 cdno. 1; 17 cdno. 2) 14.15 CLAUDIA VÉLEZ JARAMILLO Declara que no conoce al doctor Camilo Arturo Montenegro ni ha oído hablar de él. Que nunca ha solicitado ni recibido auxilios o becas por parte del ICETEX. Cuando se le pone de presente un formulario, dice que la información es cierta pero que no es su firma la que aparece allí y que tampoco llenó el contenido del formulario. Nunca recibió los $32.500 que aparecen en un formulario. (Folio 165 Cdno. 1) , República de Colombia 17 ?IS? ; “u $ Corte Suprma de Justicia í__ ve P

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.16 LUIS EDUARDO VALLEJO BEJARANO Menor de edad al tiempo de la declaración. Manifiesta que sí recibió una beca del ICETEX. Que fue en el año 1992. La beca fue por $ 30.000, lo retiraron en el Banco Popular. Dice el menor que la letra que aparece en el formulario no es de él como tampoco la firma pero que sí recibieron el valor de la beca. (Folio 166 cdno. 1) 14.17 AICARDO OCAMPO OSORIO Declara no haber recibido auxilios o becas por parte del ICETEX. Se le puso de presente un formulario y el declarante reconoció su firma

y sus datos, pero aclara que no recibió los $100.000 que habla el formulario. (Folio 167 cdno. 1) 14.18 MARICEL LENIS DELGADO Expone que su hermana le dio un formulario para que lo llenara y pudiera obtener una beca, pero no volvió a saber nada de eso. Reconoce en el formulario que le ponen de presente su firma y letra pero aclara que no recibió los $32.500 que aparecen ahí. (Folio 168 cdno. 1; 15 cdno. 2) 14.19 LUZ MERY VIVAS ARCE Madre de la menor Catherine Caicedo Vivas, quien tenía 10 años. Dice que la niña recibió una beca del ICETEX por $90.000 que reclamaron en el Banco Popular. Con el dinero que le dieron compraron libros y unas medicinas para la niña porque estaba enferma. (Folio 169 edno. 1) República de Colombia 18 Corte Suprema de Justicia Á____x_(

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.20 RODRIGO BURITICÁ PARÉDES Menor de edad al tiempo de la declaración. Asegura que recibió una beca en el año 1991 por valor de $30.000. No recuerda quien le ofreció la beca. Reconoce su firma en un formulario pero dice que no lo diligenció él y que no recibió $60.000 como aparece en el formulario sino $30.000. (Folio 170 cdno. 1) 14.21 BERTHA INÉS CALDERÓN Declara que algún día recibió en el banco Popular $33.000 porque su mamá le dijo que fuera a reclamarlos, los gastó en mensualidades

del colegio. (Folio 171 cdno. 1) 14.22 SILVANA SOTO GIL Menor de edad al tiempo de la declaración. Dice que nunca ha recibido ningún dinero por concepto de beca o auxilio, que no conoce al señor Camilo Arturo Montenegro, que los gastos del colegio los cancela su papá y que la firma y letra que aparecen en el formulario que le ponen de presente no son las suyas. (Folio 172 cdno. 1, 18 cdno. 2) 14.23 JOSÉ NODIER VILLEGAS OSSA Sostiene que no ha recibido ningún dinero por concepto de beca o auxilio de ninguna entidad. Declara que la firma que aparece en el formulario es una de las tantas que él usa pero que él no firmó y que la letra con la que se llenó el formulario se parece a la de su mamá. Pero que no recibió los $65.168 que aparecen aprobados. (Folio 173 cdno. 1) República de Colombia 19 "'_í¡>,a Á - Íl ; )¿% Corte Suprma de Justicia T

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.24 YAMILETH CÁRDENAS GÓMEZ Recuerda que en cuando estaba en bachillerato recibió una beca por una solicitud hecha en el directorio de Camilo Arturo Montenegro. La beca llegó a nombre del colegio para el pago de matrículas. Reconoce su firma en un formulario que se le pone de presente y manifiesta que el dinero llegaba directamente a la institución. (Folio 216 cdno. 1; 26 cdno. 2)

14.25 MARÍA DE LOS ÁNGELES CARDONA DARAVIÑA

Confirma que recibió una beca en el colegio, pero no sabe si era del ICETEX o del colegio. Reconoce su letra en el formulario que se le muestra pero aclara que no recibió el dinero que aparece allí o sea $25.000. Dice que conoce al señor Camilo Arturo Montenegro por política. (Folio 217 cdno. 1; 27 cdno. 2) 14.26 DIANA SILVA MENDOZA Dice que conoce al señor Camilo Arturo Montenegro por política. Declara que recibió una beca por valor de $25.000 y reconoce su letra y firma en el formulario que se le pone de presente. El valor de la beca lo recibió por medio de un cheque. (Folio 269 cdno. 1; 63 edno. 2) 14.27 JHON JARI ESCOBAR DELGADO Declara que Camilo Arturo Montenegro le dio una beca cuando estaba en bachillerato por valor de $35.000 porque su papá hacía política con ese señor. Dice que la letra y la firma que aparecen en el formulario son de su mamá. (Folio 220 cdno. 2; 33 cdno. 2) República de Colombia 20 Corte Suprema de Justicia d__f'.

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO 14.28 CARMEN HELENA DÍAZ VILLARREAL Acepta que recibió una beca por valor de $25.000 por intermedio de un familiar que trabajaba en política con Camilo Arturo Montenegro. Su mamá llenó unos papeles y luego le informaron que había sido favorecida. Reconoce su letra y su firma en el formulario que le ponen de presente y expresa que la plata se la dieron en un cheque

del Banco Popular. (Folio 221 cdno. 2; 32 cdno. 2) 14.29 GUSTAVO ADOLFO ARCE CAICEDO Manifiesta que salió beneficiado con una beca de $25.000. La Caja Agraria le pagaba directamente ese dinero al colegio. Reconoce su letra y firma en el formulario que le muestran. Conoce al señor Camilo Arturo Montenegro porque su mamá es líder político. (Folio 222 cdno. 2; 47 cdno. 2) 14.30 DORA LILIA BENÍTEZ TULANDE Declara que el doctor Camilo Arturo Montenegro le había mandado una beca para reclamar en la oficina principal del Banco Popular pero ella fue y le dijeron que no habían consignado nada y por lo tanto no volvió. Dice que su papá es amigo del Dr. Montenegro y le ayudaba en época de elecciones.. (Folio 223 cdno. 2; 50 cdno. 2) 14.31 MÓNICA ANDREA MEDINA VÉLEZ Recuerda que le dieron una beca por $50.000, pero que todo el trámite lo hizo su papá, dice que las becas las daba una institución que manejaba el señor Camilo Arturo Montenegro al que conoció de vista solamente. Le dieron un cheque. Reconoce que llenó los datos del República de Colombia 21 Corte Suprema de Justicia Á__ ,e -

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CAMILO ARTURO MONTENEGRO formulario que se le pone de presente y que la firma es de su papá. (Folio 224 cdno. 2; 54 cdno. 2)

14.32 DIANA MARÍA VELÁSQUEZ DURÁN

Admite que recibió una beca en el bachillerato pero no recuerda el valor ni la fecha en que la recibió. Dice que se la dieron en efectivo en el Banco Popular. Manifiesta que su abuelito fue la que la hizo inscribirse. Reconoce su letra en el formulario que le ponen de presente. Dice que conoce de vista solamente al señor Camilo Arturo Montenegr

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