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CSJ - SP14033(08-02-2001)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP14033(08-02-2001)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2001

KtFUBLICA Dt COLOMBIA (2a(cid:9) t5Ø€rna de (cid:9) Ca'ii # 14033 Cabrera o )Ø€tÁ)

CORTE SUPRÉMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL Aprobado acta No. 16

Magistrad.o Ponente:

Dr. FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL

Bogota, D. C., ocho de febrero dei dos mil uno. Resuelve la Corte el recurso extraordinario de casación mtezpuesto contra la sentencia de 22 de mayo de 1997, niedianle la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicl21 de Ibagui condenó a los procesados ALFONSO LOPEZ OTERO a la pena principal de 47 años y6 meses de prisión, y FELIPE ANDRES CABRERA ROJAS a 47 años, corno cóautores responsables de los delitos (le homicidio agravado, hurto calificado agravado, y polte ilegal de armas de fuego ele defensa personal. Hechos y actuación procesal. En la primera hora del día 13 de septiembre de 1995, sobre la margen derecha cte la vta que comunica las potMa.ciones cte Buenos Aires y REPUBLICA DE COLOMBIA ¿e (cid:9) C n# 14033 I?e l i Cabrera Payandé, en jurisdicción del Municipio de Ibagii en el Departamento del Tollina, fue hallado abandonado el cadáver de Femando Oijuela Visquez, conductor del taxi Renault 9 de placas W1711-383, de propiedad de Julio César Castelbondo Morales, con las manos atadas a

la espalda y amordazado. El cuerpo presentaba dos impactos de bala en la cabeza, uno con orificio de entrada en la región cigornitica, y otro inmediatamente debajo del conducto auditivo, con tatuaje y anillo de contusión, ambos al lado izquierdo, y una herida abierta de aproxitnadaniente 3.5 cenlltnetros de longitud, con bordes irregulares y exposición de tejido óseo, en la región parietal del lacio derecho (11s.2, 52, 67, 87, 118, 149/1). Tres horas después (3:30 a 4:00 de la mafíana), en el perímetro urbano del Municipio de Gud2tupe (Huila), Agentes de la Policía del lugar, alertados por cl Comando de Policía de Garzón (Huila) sobre el desplazamiento hacia esa localidad de un taxi que no había acatado las señales de "pare" del puesto de control instalado en dicha ciudad, interceptaron el taxi de placas WTH-383, y retuvieron a sus ocupantes Felipe Andrés Cabrera Rojas (quien lo conducía) y Alfonso López / Otero (acompañante), mientras verificaban la procedencia del automotor. Establecido que se trataba de un vehículo hurtado, y que su conductor había sido asesinado horas antes en la ciudad de Ibagué, se dispuso el traslado de los detenidos al Comando de Policía de Garzón, donde, al ser revisado nunuciosainente el automotor, se encontró, debajo del asiento trasero, sobre el piso, un revólver marca Ruger, calibre 38 w ,- -,(cid:9) 1'1

Yía ¿" 'U'" in# 14033 le Caabbrreerraallaarggoo,, con cuatro cartucho y dos vainillas, y debajo del asiento del conductor, un machete. En la parte delantera fueron igualmente advertidas bastantes huellas de sangre (fis. 10, 11, 93 a 99 y 105/1). En informe No.0829 de 13 de septiembre de 1995, el Comandante del Tercer Distrito de Policía de Gaízón, Mayor Gerardo Aureliano Lucero Revelo, precisa que para la noche de los liechps se habla ordenado instalar un puesto de control a la entrada de la ciudad, con el fin de ejercer especial vigilancia sobre los taxis que provenían del norte, ya que se tenia información de que uno de estos vehículos seria hurtado en la ciudades de Neiva o Ibagué. En las horas de la madrugada, los oficiales encargados del puesto de control le hicieron sefíales a un taxi para que detuviera su marcha, pero el conductor no atendió la orden, razón por la cual se dio aviso a los Comandantes de los Municipios de Altaniira y Guadalupe, para que montaran un retén (tls.11-14/l). La investigación estableció que Fernando Orjuela Visquez (occiso) trabajaba el taxi hurtado desde las 5:30 de la tarde, hora en la cual le era / entregado por Julio Castelbondo IIernndez (padre del propietario), / hasta las 6 de la mafíana, cuando debía devolverlo, y que la noche de su muerte salió a la hora acostumbrada, y regresó a comer alrededor de las 8:30, para continuar inmediatamente después con su trabajo (fls.5,

28 y 85/1). ç En indagatoria, Felipe Andrés Cabrera Rojas explicó que el lunes 11 de septiembre en las horas de la tarde, encontrándose en la casa de sus padres en la ciudad de Florencia, donde vive, se presentó Alfonso 3 1(cid:9) Cn# 14033 Feji (cid:9) CabreraLópez Otero (ccprocesado) para pedirle que lo acompañara a Ibagué a recoger un vehículo Renault de un amigo, con el fin de trasladarlo a Florencia, trabajo por el cual les pagarían doscientos mil pesos. Animado por la idea de aprovechar ci viaje para hacer algunas averiguaciones en la Universidad de Ibagué, aceptó la propuesta, habiendo acordado encontrarse el día siguiente martes en el terminal, en las horas de la mañana De Florencia salieron a las 11:45 horas en una camioneta de la empresa "Taxis Verdes" y llegaron ciare ocho y nueve de la noche al temniinal de Ibagué. Allí su compañero preguntó por Fernando Orjuela, habiendo recibido información en el sentido de que había salido con una carrera Esperaron un rato, hastacuando hizo aparición. Al encontrarse, Alfonso lo saludó amablemente, y en seguida subieron al vehiciilo, Alfonso en la silla de adelante, y él en la parte de a atrás, y empezaron a andar. En ese reconido hizo una llamada su amigó Luis Femando Vargas, quien estudia en Ibagué, para que lo guiara en las vueltas de la Universidad, pero no lo encontró. Al continuar la marcha, Alfonso le propuso al taxista que los llevara de

regreso a Florencia, y éste aceptó. Y agrega "Se pusieron de acuerdo y arrancaron hacia la salida de Ibagué, cuando Luis, aclaro, Alfonso López le dijo al señor FERNANDO ORJTJEIJA que arrimara que él tenía ganas de orinar y ensuciar, que tenía cólicos, entonces el señor l' ANDO se desvió por una carretera unas (sic) medio kilómetro o un kilómetro y se orilló y paró, el señor ALFONSO que iba en la parte de adelante se bajó dio la vuelta por el frente del carro y en ese momento el señor W ANDO tarnbiéii estaba Oniendo la puerta para bajarse, el señor ALFONSO LOPF.Z se le acercó ' le dijo ahora si me las va a pagar por torcido, y le pegó en la cabeza, no inc di cuenta con que le pegó porque yo estaba en la parte de atrás, el señor ANDO ORTUELA le dijo no me peque hijo de puta y el señor ALFONSO lo cogió de la camisa y lo sacó del carro, en ese momento 4 h ón# 14033 "(cid:9) Feb Caabbrreerraammee dijo ALFONSO bajese FELIPE entonces yo me bajé y en ese momento vi que el señor ALFONSO tenía un arma en sus manos, el señor ALFONSO me pasó una piola o cabulla (sic) y me dijo esto es para amarrar este torcido hijo de puta, yo asustado cogí la piola o la cabuila (sic) y le dije que yo no hacia eso entonces me dijo hijo de puta hágalo o sino le pasa lo mismo que le va a pasar a este torcido y me

apuntaba también con el arma, empujó al señor FERNANDO hacia la orilla de la carretera y a mi me hizo correr también, hizo caer al señor FERNANDO en una cuneta y inc dijo agáchese usted también y póngalo boca abajo y amárrelo, él me apuntaba con el arma a ambos yo asustado hice lo que él me decía, se me escapó una cosa, que el señor FERNANDO ORJIJELA cuando dialogaba en la dudad de Ibagw hablaban con el señor ALFONSO dentro del carro le decía al señor ALFONSO que no lo fuera a engañar como la otra vez, hablaban como si ellos se conocieran antes cosas claves, hablaban sobre un negocio que habían tenido antes, no lo nombraban, porque suputstamente no querían que yo me enterara, de eso. Otra cosa es que el señor FERNANDO cuando el señor ALFONSO le pegó lo lastimó, empezó a botar sangre de la cabeza, no se en que parte específica seria El nos apuntaba el señor ALFONSO, mientras yo amarraba al señor FERNANDO asustado de que me fuera a hacer lo mismo a mi., terminé de hacer lo que me decía y inc dijo o que fuera y me sentara en el carro mientras él dialogaba con el señor FERNANDO, yo hice lo que él inc indicaba, de sentarme en el carro en el puesto del chofer, estuve de cinco a diez minutos en el carro y pensé en ese momento de volarme pero las llaves del carro no se encontraban en el suiche, yo escuchaba (sic) que ALFONSO le decía al señor FERNANDO, no entendía

lO lo que éste le decía, en un momento escuché dos tiros y yo grité ALFONSO qué pasó, me bajé del carro y él ya venia y me apuntó con el arma y me dijo súbase al carro entonces yo asustado sin saber qué hacer me subí al carro, él se montó en la parte de adelante del pasajero y inc pasó las llaves del carro y me dijo maneje, apuntándome con el revólver, yo le decía para dónde vamos, y él me dijo ahora si vamos para Florencia Entonces yo le dije que no podía hacer eso, entonces él inc dijo que lo hiciera o si no inc pasaba lo mismo, y que él se iba solo; entonces yo asustado le di la vuelta al carro y nos fuimos, en el trayecto le decía yo que por qué habla hecho eso y él me decía 'que no preguntara y que manejara, yo le insistí vanas veces que eso estaba mal hecho entonces él me decía hágale hijo de puta, él me amedrentaba que si no hacía o le obedecía me mataba:" (fis.45 y 46/1). Relata la forma como fueron aptehendidos en la localidad de Guadalupe, y afirma que 5 Ø ee9za de 'i # 14033 FCe3i5i(cid:9)p k Cababrereraraccuuaannddoo estaban retenidos, su compañero le decía "que no hiera a decir nada porque si no me mataba, y que si lo metían a él a la cárcel entonces que él me hundía o que decía que yo había sido el que había hecho esto" (fis 47/1) Alfonso López Otero aflrtnó, por su parte, que encontrándose el lunes

11 de septiembre en el parque de Florencia, tomándose un jugo, entró en conversación con un sujeto desconocido que le ofreció doscientos mil pesos por el traslado de un vehículo Renault 12 de la ciudad de Ibagué hasta Florencia Como la situación económica era dificil aceptó el trabajo, y para no hacer el recorrido sólo, decidió invitar a su amigo Felipe Andrés Cabrera Rojas. La persona que lo contr le entregó cien mil pesos, y le dijo que en Ibagué tenia que hacer contacto con Fernando Orjuela, quien lo estaba esperando. De Florencia salieron el día martes a las 11:45 de la mañana y llegaron al terminal de Ibagué a las 8:30 de la noche. Mientras esperaban al contacto, entró al bailo y ¿Lmetjó marihuana, perico y bazuco" (fis.57/1). Cuando don Fernando llegó, le preguntó si era la persona que venia de Florencia por el Renault 12, ylo invitó a subir al vehículo. Empezaron a dar vueltas por Ibagué y después de un rato don Fernando tomó hacia la salida Al preguntarle para dónde los llevaba, manifestó que a ver el Renault 12, / que debían llevar a Florencia Luego sostiene: "...cuando íbamos cuando metiose por una calle destapada y entonces venia una titula y yo le dije para dónde vamos y entonces tite dijo no es que yo me voy a echar una cagada y yo iba sicociado (sic) porque yo al señor no lo conocía y entonces abrí la guantera del carro del señor FERNANDO ORJUELA y habla un revólver abi dentro del cazro y

entonces mientras él se descuidó YO 10 saqué y mc 10 ecIé aquí a la cintura y cuaiid i paró entonces yo ne bajé rpido del carro y di la vuelta y a lo que me di la vuelta el man 0 ANDO se echó así hacia 1) o Ca(cid:9) 'ir # 14033 Felik Cabarberrearauunn lado y mandó las manos a la gaveta del carro con el fin de sacar el revólver, pero yo ya tenía el revólver en la cintura y entonces yo dije qué busca ahí y me dijo no pues una vaina que yo tengo aquí y .4 entonces yo me asusté porque yo estaba muy trabado, yo estaba pero loquito y entonces yo le dije ha (sic) no inc iba a matar no? y Lían (sic) le pegué un car;hazo dentro del carro y yo estaba afuera y entonces cuando le pequé el cachazo chispió sangre por todos lados, le reventé las cabeza y yo le dije te me bajas de ahí ya lo encafioné con el y revólver de él entonces él se bajó encañonado y le dije a FELIPE que me lo amarrara, FELIPE lo amarró mientras yo lo tenía encañonado y le dije me vas a cantar por qué iba a sacar ese revólver de ahí y me dijo es que a usted lo mandaron a quebrar unos martes de Puerto Asís y el man que le di, se corrige, el man que le dio el trabajo era el que le había contratado en Fiorencia para que me matara a mí y como a rrií en Puerto Asís ya me habían arnen27.2do a intento (sic) de honiicidio y me

tocó lime porque me iban a matar y entonces él me 1ijo que los mismos que me hablan mandado a levantar en Puerto Asís me habla mandado a quebrar, sino que mandaron por aquí para quebrarme po r aquí en Ibagué y el mismo FERNANDO O(cid:9) M A era el que iba a hacer el trabajo de matarme y entonces yo le pegué los dos tiros, pero yo no estaba en mis cabales, yo no estaba bien de la cabeza, y entonces corno. yo estaba mal de plata no podía lime a pie y entonces como yo no se manejar carro entonces FELIPE maiiejó y entonces a la una COIflO de la mañana quién coge carro por ahí entonces yo le dije no pues vámonos en este carro o sea en el taxi de FERNANDO y nos fuimos ahí y nos fuimos asustados porque imagínese la primera vez que uno hace esa vaina y entonces cuando pasarnos por Garzón, pasarnos muy arriados y entonces la policía che Garzón llamó a la policía d1 otro pueblo mas allá que no inc recuerdo corno se llama y entonces nos salió la policía y nos hizo el pare y nosotros paramos y entonces ahí fue donde nos cogieron y nos encalabozaron, porque el chofer iba sin pase, o sea FELIPE CABRERA, y ahí se acabó todo" (fls.57 y 57 vuelto). Sostiene que en ningún momento amenazó a su compañero, y que éste también intervino en los hechos ayudando a dominar al taxista, y maniatándolo. Veamos: "PREGUNTADO: Díganos si es cierto que usted amenazaba a su compañero para que amarrara al señor del taxi?

CONTESTO: No, yo no lo amenacé, seguramente estada asustado porque seguro me vio trabado ahí, drogado y se asustó. Pero yo no le amenacé a él... PREGUNTADO: Díganos si es cierto que cuando usted dio muerte al taxista apuntó con el arma a su compañero y le dijo súbase al cairo y le pasó las llaves para que ci manrjaia? CONTESTO: i n# 14033

C PÍ Feli (cid:9) CaabbrreerraaYYoo no le apunté a él, ni le pasé las llaves porque las llaves quedaron pegadas del carro y el carro quedó prendido... PREGUNTADO: Usted durante todo el camino llevó a su compañero apuntándole con el revólver que tenía para que él no pudiera bajarse del carro o perdérsele? CONTESTO: No porque cuando íbamos a arrancar yo metí el revólver debajo del asiento de atrás, mejor dicho, ahí en donde lo encontró la policía PREGUNTADO: Es cierto que usted le dijo a su compañero que si usted se caía, es decir, si lo cogían, mataba a su compañero? CONTESTO: No de ninguna manera PREGUNTADO: Díganos por qué. razón la ropa que traía su compañero que tenía puesta él estaba tan untada de sangre? Porque cuando yo le metí el cachazo él empezó a botar sangre y entonces él lo cogió para que no se me fuera encima porque él intentó quitarme el revólver y entonces él lo cogió y lo dominó él solo porque yo tenía el revólver encañonándolo y él mismo lo amarró para que no fuera a hacer nada" (fis.58 y 58 vuelto

ibídem). Entre las pruebas allegad2.q al proceso deben ser destcados los testimonios de los Agentes de la Policía Nacional Adán de Jesús Bohórquez Vallejo (fis. 175), Luis Enrique Gómez Ramírez (fis. 176 vuelto) y John Jairo Guarnizo Aragón (fls.17811), pertenecientes a la Estación de Carabineros del Municipio de Guadalupe, quienes relatan la forma como se presentó la interceptación del vehículo, y la retención de los implicados. Sostienen que Felipe Andrés Cabrera Rojas, quien conducía el vehículo, dijo inicialmente que trabajaba como conductor / en la ciudad de Ibagué, y que se desp1azba a Florencia a visitar un familiar que se encontraba enfermo, pero en vista de que los documentos del vehículo aparecían a nombre de una persona distinta, y que los ocupants tenían aspecto sospechoso ya que no portaban siquiera maletines, decidieron trasladarlos al Comando para verificar los datos con la base de Garzón. Comentan que en un comienzo el pasajero le decía al conductor que no hablara, que no contestara nada, y que después, al ser separados e interrogados de nuevo, Felipe Andrés 8 C4ión # 14033 FeI.(cid:9) Caabbrreerraammaannifiefsetsót ó que no colaboraba porque su compañero lo tenia arnenudo. Sobre la actitud asumida por Alfonso López Otero, sostienen que se limitaba a confirmar el dicho por el conductor, al tiempo que pedí que les hicieran "el parte" ylos dejaran continuar.

También, los del Mayor Gerardo Aureliano Lucero Revelo (fls.227/1), y el Subteniente Tito Alberto Góngora Castrç (fls.229/1), quienes ratifican lo dicho en el informe No. 0829 de 13 de septiembre de 1995 (fls.11/1); y los testimonios de los hermanos Edward Esneider y John Edison Rico Aztundwiga (amigos del procesado Felipe Andrés Cabrera Rojas), Alvaro. Cabrera Cárdenas y Elsa Cecilia Rojas de Cabrera (padres del mismo), y Valentin Mauricio Cabrera Rojas (hermano), quienes ifirman haber sido testigos de la propuesta que Alfonso López Otero le hizo a Felipe Andrés el día lunes 11 de septiembre de 1995, consitente en que lo acompañara a Ibagu a recoger un vehículo (lis. 110 vuelto, 353, 359, 361 y 366/1). De igual manera, la declaración de Luz Mary Romero, compañera permanente de la víctima (fls5 y 85/1), quien al ser preguntada si tenía algún dato importante para aportar a la investigación, contestó: "Pues a mí me comentó una señora LUZ NYDIA BUSTOS, quien es la dueña del restaurante Nutibara, que a mi esposo lo habían asesinado y que entre los asesinos había uno que era conocido o amigo de él y que a ella le habían contado eso, pero yo no sé quién le contaría a çlla eso" (fis.85 vuelto). Y, finalmente, el testimonio de Luz Nydia Bustos, quien afirma que dicho comentario lo escuchó de un taxista que dijo haberse encontrado la noche de los hechos con Fernando Orjuela (Víctima),

9 MI 9 Snc ¿e C;\ .ión # 14033 Fe(cid:9) k Caabbrreerraaaallrreeddeeddoorr de las 10:30 de la noche, bajando de Picaleña, y que llevaba dos pasajeros supuestamente para una constructora (fls.463 y 464/1). Resuelta la situación jurídica de los indagados y cerrada la investigación (11s.72, 214/1), la Fiscalía, mediante resolución de 17 de enero de 1996,12i ciliñcó con resolución de acusación por los delitos de homicidio agravado, Imito cilifIcado agravado, y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal (fls.317-328/1). Contra esta decisión interpusieron recurso de apelación los procesados, pero la Fiscalía, en proveído de 12 de febrero siguiente lo declaró desierto, por ausencia de sustentación (fls.338, 379 380/1). y En la etapa del juicio, el procesado Alfonso López Oterro amplió indagatoria para sostener, básicamente, que su compañero Felipe Andrés Cabrera Rojas nada tenía que ver, con los hechos, y que inicialmente lo involucró por sugerencia del Fiscal, quien le manifestó que si lo hacia le daba una rebaja de pelta, y hasta la libertad. En lo sustancial., precisó: LLYO solicité la ampliación de indagatoria con el fin de contar lo que pasó, para manifestar que el señor FELIPE ANDRES CABRERA ROJAS que es el muchacho que está encanado conmigo aclaro que él no tiene nada que ver con este proceso, yo lo involucré a él por la

cuestión de que yo estaba muy asustado el día de la indagatoria porque el Fiscal que me indagó me dijo que al involucrarlo a él me daba una rebaja de pena y pues como ami me dan de 40 a 60 años él me jijo que si yo involucraba, a Felipe Andrés Cabrera me daban una rbaja de pena y hasta posiblemente la libertad condicional, yo quiero exponer realmente cómo fueron los hechos: yo camelaba o trabajaba con un señor que se llamaba JULIO GOMVZ que es mafioso en Remolinos del Caguán en Caquet& entonces yo trabajaba trayéndole base de coca de 10 (cid:9) r(cid:9) C(cid:9) 'n# 14033 Fe(cid:9) A. CaabbrreerraaFFlloorreenncciiaa hasta aquí a Ibagué y la entregaba en el terminal a diferente persona (sic) que yo no conocía pero esa persona a quien tenía que entregarle la mercancía si me conocía a tui, yo tomando ahí en el terminal y me conocí con el señor FERNANDO ORJUELA él inc preguntó que qué hacia yo por acá entonces yo le comenté en lo que trabajaba que yo traía base de coca para acá para Ibagué, él me dijo que él tenía la flecha (sic) pará que yo le trajera a él y que él inc la vendía y que yo trabajarade .ini cuenta, yo estaba muy tomado, yo ese día llegué como desde las ocho de la noche, eso nos amanecimos tomando trago, y a mí me convenía porque yo trabajaba ya aparte. Yo conocí a ANDO e(cid:9) A por intermedio de la persona que me recibió la

1(cid:9) base de droga ese día, yo cuando conocí a FERNANDO todavía no era independiente yo trabajaba todavía con JULIO GOMEZ, yo tomando trago con él hicimos buena amistad y me dijo que le diera trabajo también a él cuando yo lo conocí el no estaba manejando taxi, yo le dije que iba a traerle una base que me representaba millón quiiientos a M4 él me dijo que se la trajera que él la vendía, yo traje la base de coca como para el 10 o 2 de septiembre, era un viernes, se la entregué y él me dijo que me espemara hasta el otro día que él me daba la plata, él me dijo que al muchacho que había entregado la droga no lo encontraba, 1L entonces yo le dije que me iba para Florencia y volvía a los ocho días, yo volví y él me dijo que todavía no tenía nada que el man no le habla ciiidrado la mercancía, yo me puse de mal 'genio y me devolví para Florencia esa mií,'ina noche, llegué a Florencia y me puse a tomar trago en la gallera que queda por el puente al lado de La Perdiz como a una cuadra de la policía de florencia, y ahí en esa gallera esa noche de ese sábado me compré el revólver que me traje para acá para Ibagué, yo a los ocho días me volví a venir y me traje a FELIPE yo a él no le comenté que venía a cobrar esa plata, yo solamente le dije que viniera' conmigo a acompafíamie a Ibagué, él me dijo que tenía que pedirle

permiso a sus papás, yo le dijo que si le daban permiso pues que nos veníamos, él tiene un amigo aquí que le iba a preguntar por las vuelt2s de la universidad, él me dijo que claro que le servia para hacer las vueltas para la universidad, nos vinimos pero yo no le conté que yo traía el arma, yo pensaba regresarme conforme él me diera la plata, supuestamente nos regresaharnos al otro día, entonces Jiegamos aquí a Ibagué, y yo le pregunté a otro taxista que si conocía a FERÑANDO ORJIJELA ahí en la terminal y él me dijo que por ahí estaba ahoritica, entonces cuando yo me encontré con FERNANDO lo saludé y le presenté al muchacho que yo llevaba y entonces él me dijo súbase y nos subimos al taxi, nos dimos una vuelta aquí en Ibagué, cogimos por 11 I1, ¿ # 14033 Wa'te (cid:9) Fei4 Cabarberrearallaa salida del Espinal yo le dije métase por esta vía que voy a hacer del cuerpo entonces él se metió por alli, yo llegué cuando paró el carro y me bajé lo jalé de la camisa y le metí un cachazo en la cabeza y le salió sangre, yo quicró decir que cuando llegué a la temiinal yo para perder los nervios porque yo estaba muy asustado yo llegué y me fumé un basuco fue cuando cogimos para la salida del Espinal, yo ya con eso me entró coraje y pensé que no podía dejarme robar lo que era mío y que había trabajado harto tiempo, en un momentico, yo le metí un

cachazo en la cabeza y FELiPE me dijo porqué hace eso, entonces yo le dije usted cállese y ayúdeme lo apunté con el revólver, yo saqué del carro aFERNANDO O(cid:9) l Alo cogí de la camisaylo encañoné yle dije hijueputa ahora si me va a decir toda la verdad qué hizo la plata porque a mi me responde, y él me dijo la plata me la gasté a mi inc dió mucha rabia, yo primero lo amarré, yo le dije a FELIPE que lo amarrara y comiera callado o si no lo mataba, él me obedeció le dije busque en la guantera si hay con qué amarrarlo él buscó ei la guantera y le dije coja esa guasca y lo amarramos, entonces yo lo encañoné él cogió la guasca y le amarró los pies, ANDRES me decía mano no haga esto, pero yo estaba todc drogado primero le amarramos las manos con la guasca y después los pies, yo le dije hermano devuélvame mi platica que yo no quiero hacerle nada a usted, y entonces él me dijo que no tenía la plata que había tenido una necesidad y se la había gastado, yo le había sacado las llaves del carro, yo le pasé las llaves a FELIPE y le dije que prendiera el carro que nos íbamos, en ese momento yo perdí el conocimiento y le disparé dos tiros en la cabeza, yo llegué y le pasé las llaves del carro a FELIPE y le dije préndalo que nos vamos para huir el hombre Inc decía porqué hizo eso me decía a mi FELIPE, el muchacho

estaba asustado también doctor, yo le dije cállese y maneje hermano. . . cuando pasamos por Garzón FELIPE estaba asustado y él' vio una patrulla y hizo (sic) hiimar las llantas al lado de ella para que la policía oyera, cuando pasarnos por Guadalupe pasarnos por el centro del pueblo y al frente de la Caja Agraria había unos enmascarados y yo pensé que estaban robando la Caja y guardé el revólver debajo del asiento porque pensé que era la guerrilla nunca pensé que era la policía que de Garzón hubieran avisado a Guadalupe, entonces yo le dije pare pare el muchacho frenó y como FELII,E venía sin buzo (sic), la policía le dijo póngase el buzo (sic), yo le dije a FELIPE invéntese cualquier mentira entonces él (sic) pero yo le dije a la policía que nos hicieran un parte, yo no se si él tiene licencia de conducción, la policía se comunicó con Garzón que averigu-aron todo lo del carro que posiblemente nosotros nos lo íbamos a robar, 12 ón # 14033 de ,:ótíc C)/C(cid:9) Fe(cid:9) k Caabbrreerraaaavveerriigguuaarroonn acá. a Ibagué de Garzón y entonces fue cuando avisaron que ese carro no tenía que estar por allá por esos lados 'entonces fue cuando me aprehendieron doctor, F'LLIPE antes de matarlo me decía mano no vaya a hacer nada de lo que después tenga que arrepentirse, nosotros emprendimos fue la huida en el carro, yo no tenia ningún plan

con respecto al carro solamente quería huir" (fls.420, 421 y 422/1). Celebrada la audiencia pública, el Juzgado Segundo Penal' del Circuito de Ibagué, en sentencia de 10 de julio de 1996, condenó al procesado Alfonso López Otero a la pena principal de 47 años y 6 meses de prisión, y la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por 10 años, como autor responsable de los delitos imputados en la resolución de acusación (homicidio agravado, hurtb calificado agravado, y poite ilegal de armas de defensa personal), y absolvió de ellos al sindicado Felipe Ladrés Cabrera Rojas, por considerar que había actuado bajo insuperable coacción ajena, y por consiguiente, dentro de los marcos de la causal de inculpabilidad prevista en el numeral 2° del articulo 40 del Código Penal. Apelado este fallo por Alfonso López Otero, y el Fiscal del proceso, el / Tribunal Superior de Ibagué, mediante el suyo de 22 de mayo de 1997,,' revocó la absolución de Felipe Andrés Cabrera Rojas, para condenarlo, en su lugar, a la pena principal de 47 años de prisión, y la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por 10 años, Corno coautor responsable de los delitos de homicidio agravado, hurto calificado agravado, y porte ilegal de armas de fuego de (defensa persona, de acuerdo con los cargos imputados en la resolución de acusación, confirmándola en todas sus demás partes, decisión contra la 13 1"(cid:9) 4 N Ct ''n# 14033

J ,>," e \'- Cabreracual interpuso recurso extraordinario de casación el defensor de Cabrera Rojas. La demanda. Con fundamento en la causal primera de casación, cuerpo segundo, el demandante plantea violación indirecta de la ley sustancial, producto de errores de hecho por falsos juicios de identidad y de existencia en la apreciación de las pruebas, así:

1. Error de hecho por falso juicio de identidad en la apreciación de los testimonios de los policiales Adán de Jesús Bohórquez Vallejo, Luis Enrique Gómez Ramírez y John Jairo Gua mizo Aragón, quienes realizaron la captura de los procesados en el perímetro urbano del Municipio de Guadalupe: Sostiene que los dos primeros, en sus declaraciones, allanan que el procesado Felipe Andrés Cabrera Rojas les hizo saber que no podía hablar ni suministrar información' porque su compañero lo tenía amenazado, y también, que fue Alfonso López Otero quien les sugirió que les hicieran "el parle" y los dejaran continuar.

El Tribunal, sin embargo, sostiene que el procesado Cabrea Rojas pretendió desviar la atención de la autoridad, al aducir que tenía un familiar enfermo en Florencia, y solicitar que les hicieran ci "parte", tergiversando, de este modo, el dicho de los policiales, quienes 14 Can # 14033 Fe1iWI Cabrera sostienen que el procesado se encontraba an1en17do por su compañero cuando hizo la primera afirmación, y que fue Alfonso López Otero, no Cabrera Rojas, quien pidió que le hicieran el "parte". Afirma igualmente el Tribunal que las afirmaciones del procesado

Cabrera Rojas sobre la exitencia de ainenai en su contra correspondía a una estrategia defensiva prefija,Ja, que se trajo como recurso de última, hora, y que no se explica por que López Otero no las refirió en su primera indagatoria, incurriendo, por este modo, en una nueva confusión, puesto que sobre las ainena.is el procesado habló desde el momento de la captura, y en tales condiciones, mal puede ser tomado como recurso de i1fimo momento. El fallo reconoce, de otra parte, lo dicho por el agente de la policía John Jairo Guarnizo Aragón, en el sentido de que el conductor se encontraba al parecer amen272do por su acompañante, pero le niega verosimilitud a este hecho, con el argumento de que el revólver se encontraba debajo del asiento trasero, sin decir nada sobre el momento crucial, es decir cuando se cometió el homicidio, siendo perfectamente / explicable que Cabrera Rojas huyese después de la barbaridad cometida por su acompañante. Este testigo, afinna textualmente: "luego procedimos a separar a los detenidos y luego se le preguntó al conductor y él nos dijo, que no hablaba delante del otro señor que viajaba como pasajero, ya que se encontraba amenazado". Y en respuesta a la preg

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