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CSJ - SP14894(02-07-2002)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP14894(02-07-2002)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

Repóblic de CoIo,nbia Cotte Supmma d !iIJticil 'Rdci 1421J4. Casación.

ELIÉCER DE JESÚS GUERRA JIMÉNEZ

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DF CASACIÓN PENAL

IVIIAGISTRADO PONENTE:

DR. HERMAN GALÁN CASTELLANOS

APROBADO ACTA NoJ'D

Bogotá, D.C, dos (2) de julio de dos mil dos (2002) El defensor del procesado ELIÉCER DE JESÚS GUERRA JIMÉNEZ, desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Medellín el 5 de mayo de 1998, mediante la cual se confirmó la condena impuesta a aquél corno único inculpado, por el delito de homicidio simple, según fallo de primera instancia del Juzgado Segundo Penal del Circuito de esa ciudad, en hechos que tuvieron ocurrencia entre el 12 y 13 de Abril de 1997 en el c.orregimiento San Cristóbal de a ciudad en mención. '1 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rdo. 14.894. Casación. ELIÉCER DE JESÚS GUERRA JIMÉNEZ CONSIDERACIONES DE LA SALA De acuerdo con el articulo 230 del Código de Procedimiento Penal (ley 600 de 2000), el desistimiento del . recurso extraordinario de casación es posible cuando se formula antes de que la Sala adopte la decisión de fondo. Significa lo anterior, que la manifestación de desistimiento en el presente asunto es oportuna, puesto que el proceso se encuentra

en estudio para elaboración de proyecto de fallo, luego de haberse recibido el concepto del Procurador Segundo Delegado. La Sala habrá de autorizar el desistimiento manifestado por el defensor del incriminado, por tratarse de un recurrente único en casación, entendiéndose que corno apoderado está facultado para desistir. Las diligencias deberán ser devueltas a la oficina de origen. 2 República de Colombia Corte Suprema de Justicia / Rdo. 141)4. Casación. ELIÉCER DE JESÚS GUERRA JIMÉNEZ En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación penal.

RESUELVE

1. Aceptar el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el defensor del procesado ELIÉCER DE JESÚS GUERRA JIMÉNEZ, conforme a los fundamentos expuestos en la parte motiva de esta providencia.

2. Contra esta providencia procede el recurso de reposición. 3.Devolver el proceso al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase.

ÁLVARO NDO PÉREZ PINZÓN

3 República de Colombia Corte Suprema de Justicia t~ Rdo. 14294. Casación.

ELIÉCER DE JESÚS GUERRA JIMÉNEZ

~ri,

FERNANDO ARBOLEDA RIPOLI GE CODOBAPOVEL

HERMAN GAN CASTELLANOS

JO'(cid:9) A. GÓM GALLEGO MBANA TRUJILLO

3,1 4 ( - 4 el(cid:9) ~,

LOS E.(cid:9) ESCOBAR "NILSON. PINILLA PIN1LLA

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