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CSJ - SP15311(30-05-2002)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP15311(30-05-2002)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

República de Colombia Corte Suprema de justicia Rad. 15311. Casación

DESISTIMIENTO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente: Dr. JORGE E. CORDOBA POVEDA Aprobado acta N° 58

Bogotá, D. C., treinta (30) de mayo de dos mil dos.(2002).

VISTOS: Resuelve la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación presentada por el defensor del procesado Campo Elías

Gómez Díaz.

ANTECEDENTES

1. El defensor, en escrito que hace llegar a esta Corporación, manifiesta que desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia.

República de Colombia 2 Corte Suprema de justicia Rad. 15311. Casación

DESISTIMIENTO

2. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de lbagué, mediante proveído del 30 de julio de 1998, modificó el numeral primero de la sentencia de agosto 19 de 1997 dictada por el Juzgado Penal del Circuito del Guamo

(Tolima), en la cual se condenó a Gómez Díaz, como autor del delito de homicidio agravado y confirmó en todo lo demás la sentencia.

3. Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de casación por el defensor del procesado Campo Elías Gómez Díaz, el mismo fue concedido.

4. Encontrándose el proceso al despacho para proferir el fallo de casación, se presentó la citada solicitud de desistimiento del recurso extraordinario.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE Es de reconocer que la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario

de casación le asiste a la parte que lo interpone, hasta antes de que la Sala decida, al tenor del artículo 230 del nuevo Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000). República de Colombia 3 1. Corte Suprema de justicia Rad. 15311. Casación DESISTIMIENTO Teniendo en cuenta lo anterior, resulta procedente la petición formulada por el defensor del procesado. En consecuencia, se admitirá el desistimiento del recurso extraordinario. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE: ADMITIR el desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor del procesado Campo Elías Gómez Díaz. Contra esta decisión procede recurso de reposición. Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen. Cúmplase.

ALVARO 0,1 IDO PÉREZ PINZÓN

FERNANDO ARBOILEDA RIPOLL República de Colombia 4 Corte Suprema de Justicia Rad. 15311. Casación

DESISTIMIENTO

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