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CSJ - SP16385(13-09-2005)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP16385(13-09-2005)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2005

ÚNICA INSTANCIA 16.385

LESLIE MAFFYA BENT ARCHBOLD

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA .

SALA DE CASACIÓN PENAL

— Magistrado Ponente:

Dr. YESID RAMÍREZ BASTIDAS

. Aprobado Acta No. 067 Bogotá D.C., septiembre trece (13) de dos mil cinco (2005).

VISTOS: Resuelve la Corte lo pertinente en relación con la solicitud de acumulación jurídica de penas presentada por el

condenado LESLIE MAFFYA BENT ARCHBOLD,.

ANTECEDENTE_S Y CONSIDERACIONES:

1. Mediante sentencia del 12 de noviembre de 2002 la Sala condenó al mencionado por el delito de peculado por aproplación a las penas principales de setenta y cuatro (74) meses de prisión y multa de doscientos veintitrés millones

UNICA INSTANCIA 16.385

C/. LESLIE MAFFYA BENT ARCHIBOLD doscientos ochenta mil doscientos setenta y seis pesos con cincuenta y nueve centavos ($223'280.276.59).'

2. En respuesta a solicitud elevada por LESLIE MAFFYA BENT ARCHBOLD antes de que fuera privado de - la libertad en razón de este proceso, la Sala, en auto del 28 de enero de 2003, le reconoció una rebaja de pena equivalente a siete (7) meses y dieciséis (16) días con fundamento en el artículo 72 del Decreto Ley 100 de 1980”. -

3. La aprehensión material para la ejecución de la pena privativa de la libertad impuesta se produjo el 31 de enero de 2003 y se cumplió en el Establecímientó de Reclusión

Especial de Chiguinquirá, Boyacá. Un poco después, el 25 de abril del mismo año, la Corte le reconoció una rebaja de pena equivalente a 8 meses y 23 días por concepto de trabajo y estudio, y, simúltáneamente, le concedió la libertad condicional por un período de 16 meses y 10 días

4. Obra, además, copia del oficio No. 4271 del 12 de abril de 2004, dirigido por la Secretaria de la Sala Penal de esta Corporación a la División de Fondos Especiales y Cobro Coactivo del Consejo Superior de la Judicatura, informando que LESLIE. MAFEYA BENT ARCHBOLD se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Chiquingquirá, por cuenta de la Fiscalía 19 Delegada de la

' Cuaderno original No. 4, Fols. 125-220 Cuaderno original No. 4, Fols. 266-268. “Cuaderno original No. 4. Fol. 276. Cuaderno No. 4 Fols. 326 a 332. a

UNICA INSTANCIA 16.385

C/. LESLIE MAFFYA BENT ARCHIBOLD Unidad Nacional de Terrorismo de la Fiscalia Generai de la Nación.” 5.. Desde ese lugar, ha pedido a la Corte la acumulación jurídica de la condena impuesta en este proceso con las también irrogadas por la Sala en los procesós de única instancia Nos. 20.213 y 21.546, con fundamento en el artículo 460 de la Ley 906 de 2004.

6. La competencia para decidir lo pertinente radica en los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad,

pues según precisión del Parágrafo del artículo 38 de la ley 906 de 2004, tal atribución les fue asignada zaún cuando se trate de condenados que gocen de fuero constitucional y legal, norma que resulta aplicable en virtud del principio de favorabilidad a casos que se tramitaron con sustento en la ley 600 de 2000, tal y como lo determinó la Sala en el pronunciamiento de julio 28 de 2005. Se precisó que la norma le permitía una mayor garantía al condenado al quedar la fase de ejecución penal con posibilidad de ségunda instancia lo cual no ocurría en la Ley 600 de 2000: |

7. Se dispondrá, pues, remitir el proceso 16.385 al reparto de los Juzgados de Penas y Medidas de Seguridad de Chinquinquirá, Boyacá, que es a quienes les corresponde resolver la solicitud de acumulación jurídica de penas

Cuaderno No. 4, Fol, 350 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Auto de 28 de julio de 2005. M. P., Dr. ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN. Radicación única instancia 19.093. 3

UNICA INSTANCIA 16.385

C/. LESLIE MAFFYA BENT ARCHIBOLD impuestas en los procesos inicialmente identificados, en atención a que el ex Gobernador se encuentra privado de la libertad en el Establecimiento de Reclusión Especial de dicho lugar. A mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE: ORDENAR la remisión del proceso 16.385 en el cual fue condenado LESLIE MAFFEYA BENT 'ÁRCHBOLD, al

Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ch¡quinqujrá, Boyacá.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

U Z- /

MARINA PULIDO DE BARÓN

NN SIGIFRE SA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO — /-f/l - - ¿

EDG£)£ MBANA TRUJILLO — ÁLVAROO. PÉREZ PINZÓN d

UNICA INSTANCIA 16.385

— C LESLIE MAFFYA BENT ARCHIBOLD

A

MAURO SOLARTE PORTILLA

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria

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