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CSJ - SP16428(02-04-2002)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP16428(02-04-2002)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

11,sación 16.428 CÉSAR HERNANDO VILLEGAS ARCINIÉGAS ?ipá6fica de Coíoin6ia nc Suprema Le justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN

Aprobado: Acta No. 37

Bogotá, D. C., dos (02) de abril de dos mil dos (2002). VISTOS Se pronuncia la Sala sobre la viabilidad de cesar el procedimiento seguido contra el señor César Hernando Villegas A rci ni ég as. ANTECEDENTES Mediante sentencia del 13 de noviembre de 1998, un Juzgado Regional de Bogotá condenó al señor César Hernando Villegas Arciniégas como autor del delito de enriquecimiento ilícito. El fallo fue recurrido y, en decisión del 19 de abril de 1999, el Tribunal Nacional declaró una nulidad parcial y confirmó la condena por ese ilícito en cuantía de $15'600.000. Casación 16.428 CÉSAR HERNANDO VILLEGAS ARCINIÉGAS El defensor interpuso recurso de casación y la Sala debería pronunciarse de fondo sobre la demanda que en su sustento se presentó, pero se ocupará del escrito del pasado 19 de marzo, por medio del cual el defensor solicita la cesación de procedimiento por muerte del sindicado. CONSIDERACIONES El señor defensor allegó copia auténtica del registro civil de defunción 03767004, que acredita que el cuatro de marzo del año en curso falleció César Hernando Villegas Arciniégas,

identificado con la cédula de ciudadanía 19.233.033, con lo que se demuestra que quien murió es la misma persona contra la cual se adelantaba la investigación penal. El artículo 82 del Código Penal regula como una de las causales de extinción de la acción penal la muerte del procesado. Por manera que, acreditado el deceso del sujeto pasivo de la misma, se impone cesar el procedimiento seguido contra el señor César Hernando Villegas Arciniégas, porque de conformidad con los artículos 82 del Código Penal y 38 y 39 del de Procedimiento Penal, la acción penal no puede proseguirse en su contra. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Cesar el procedimiento seguido contra el señor César Hernando Villegas Arciniégas. 2 asación 16.428 CÉSAR HERNANDO VILLEGAS ARCINIÉGAS Devuélvase el expediente al despacho de origen. Notifíquese y cúmálase.

ÁLVARO OR Nb PÉREZ PINZÓN FERNANDO . ARBOLEDA RIPOLL(cid:9) GE r(cid:9) .P,OBKPOV!DA

HERMA ALÁN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE

JONÍBAL GI EZ GALLEGO EDG MBANA TRUJILLO

CARLOS E. MEJÍA ESCOBAR(cid:9) NiI !ON EINILLKPINILL A RUIZ NUÑEZ ta rl a

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