CSJ - SP16592(02-05-2000)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP16592(02-05-2000)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2000
REfUBLICA DE COLOMBIA 1 d "o. J ó URJEL CABRERA LOMBANA Yte et€ le expresamente en elartíçulo 101 del C.P.P., en los siguientes términos: TMMientras se dirime la colisión, lo referente a las medidas cautelares será resuelto por el juez que tuviere el proceso en el momento en que deba tomarse la respectiva desión".
4. De acuerdo con lo expuesto, del escrito mediante el cual se ha solicitado la libertad y redención de pena por CABRERA LOMBANA, se debe correr traslado, para lo de su competencia, al funcionario judicial que ha venido vigilando la ejecución de la pena, esto es, al Juzgado Segundo Penal del Circuito de
Cúcuta. En mérito de lo expuesto, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE 1.Ab itenerse de resolver la petición de libQ&i presentada por URIEL CABRERA LOMBANA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. 2.Or denar remitir la petición de libertad presentada por URIEL CABRERA LOMBANA al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Cúcuta, enviándose copia de lo pertinente para lo de su competencia.