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CSJ - SP16649(29-02-2000)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP16649(29-02-2000)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2000

REPUBLICA DE COLOMBIA Cas6c1 n. 16.549

p: D/, BadyOrIay t»vftf-o Bedoya ~ toa Y"~,4iza a

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE

Aprobado Acta No. 029 Santafé de Bogotá O. C., febrero veintinueve (29) de dos mil (2000).

VISTOS: Se pronuncia la Sala respecto del recurso de casación interpuesto por los procesados BLADY OPLEY NAVARRO EEDOYA y MAXIMO ALEXANDER MORALES OROZCO contra la sentencia dictada el 25 de marzo de 1.999 por I entonces Tribunal Nacional que confirmó la dictada por un Juzgado Regional de Medellín en la que se les condenó a las penas principales de 26 años y dos años de prisión y 102 salarios mensuales vigentes de multa, más ¡as accesorias deev como coautores del delito de secuestro extorsívo, en concurso homogéneo y porte Ilegal de armas para la defensa personal CONSIDERACIONES: ,, Como quiera que en el acto de notificaciÓn de la sentencia de segundo grado los procesados BLADY ORLEY NAVARRO E!DOYA y MAXIMO ALEXANDER MORALES OROZCO escribieron la palabra "ápelo" y por auto del 27 de mayo de 1,999 el entonces Tribunal Nacional les concedió ci

REPUBLICA DE COLOMBIA Ón 16.549 /. Blady Orla y1rroBedoya recurso extraordinario de casación, habiéndose iniciado a correr el traslado

de 30 días a que se refería el artículo 224 del Código de Procedimiento Penal a MAXIMO ALEXANDER el 22 de julio del mismo año, el cual, teniendo en cuenta que los términos permanecieron suspendidos por los días 30 y 31 de agosto, vencieron el 6 de septiembre del mismo año sin que se hubiese presentado la correspondiente demanda sustentatoria de la casación, se impone, en consecuencia, declarar desierto el recurso respecto de este sujeto procesal.

2. Por su parte, y habida cuenta que la demanda presentada oportunamente por el defensor público del procesado BLADY ORLEY NAVARRO BEDOYA, cumple con los requisitos formales a que se refiere el artículo 225 del Código de Procedimiento Penal, se declararé ajustada, ,ordenándose correr traslado al Ministerio Público para que emita concepto.

En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE

CASACION PENAL,

RESUELVE

1. Declarar desierto el recurso extraordinario de casación interpuesto por el procesado MAXIMO ALEXANDER MORALES OROZCO, por falta de sustentación. 2 Declarar ajustada a los requisitos formales la demanda presentada a nombre del procesado BLADY ORLAY NAVARRO EEDOYA y en

REPUBLICA DE COLOMBIA lÓr,. 15.649

D/ Blady Ori arre Bedoya 1 qk jyte a' (cid:9) consecuencia, córrase traslado al Ministerio Público para que emita :onC€DtO• Cópiese y cúmplase,

EDGAR LOMBANA TRUJILLO

7 /r(cid:9) r O ARBOLEDA RIPOLL GE ENR DOBA POVEDA CARLOS A U Te GAL EZ ARGOTE JORGE ANIBAL OMEZ GALLEGO rl

O ATILLA RLOS EDUARDO ESCOBAR

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ALVARO ORLANDO PEREZ PINZON NIL Pi'JILLA PINILL 7

Teresa Ruiz Núñez Secretaria

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