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CSJ - SP17856(09-04-2002)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP17856(09-04-2002)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Corte Suprema de Justicia

CASACIÓN 17.856

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASAC1ON PENAL

Magistrado Ponente: Dr. JORGE E. CORDOBA POVEDA Aprobado acta N° 39

Bogotá O. C., nueve (9) de abril de dos mil dos (2002). VISTOS Se pronuncia la Corte sobre la "solicitud de casación" presentada por el procesado Gerardo Rafael Duque Montoya. ANTECEDENTES 1.- Mediante sentencia de¡ 2 de mayo de 2000, proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Facatativá, se condehó\a GERARDO RAFAEL DUQUE MONTOYA a la pena de 4 años y 6 meses de prisión, luego de haberlo encontrado responsable del delito de concusión, contemplado en el artículo 140 del Decreto 100 de 1980, modificado por el artículo 121 de la Ley 190 de 1995.

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Corte Suprema de Justicia

CASACIÓN 17.856

Este fallo fue confirmado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, el 14 de julio de 2000. Por medio de escrito presentado el 27 de julio siguiente, el defensor manifiesta que interpone el recurso de casación. El 8 de agosto quedó ejecutoriada la sentencia de segunda instancia, motivo por el cual se corrió traslado por 30 días para la presentación de la demanda de casación, los que vencieron el 20 de septiembre siguiente. 2.- Dentro de este lapso, el defensor no allegó demanda alguna, pero el

procesado, en escrito que titula "SOLICITUD DE CASACIÓN", manifiesta que por no contar con recursos económicos pide que se estudie su petición. En este libelo anota que varias pruebas, algunas de ellas relacionadas en la resolución de acusación, no fueron practicadas, solicitando que se le "haga justicia". 3.- Como quiera que uno de los requisitos para la procedencia de la casación, conforme al artículo 222 del C. de P. Penal, modificado por el artículo 5° de la ley 553 de 2000, entonces vigente', es el de que se 'La misma exigencia se hace en el artículo 209 de la ley 600 de 2000. 2

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Corte Suprema de Justicia CASACIÓN 17.856 tenga legitimidad, de la que carecía el procesado, al no ser abogado, el escrito que, a manera de demanda, presentó, deberá ser inadmitido. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE: INADMITIR por carencia de legitimidad la demanda de casación presentada por GERARDO RAFAEL DUQUE MONTOYA. Contra esta decisión no procede recurso alguno. Comuníquese y cúmplase.

ALVARO ORL,A1DO PÉREZ PINZÓN

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ZERNANDO ARBOLEDA RIPOLL JO'GEE. 'ORD A POVED í

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HERMAN e N CASTELLANOS(cid:9) CARLOS A. e e(cid:9) VEZ ARGOTE

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Corte Suprema de Justicia

CASACIÓN 17.856

JORQVANIBAL GDMEZ GALLEGO BANA TRUJILLO

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C/RLOS EDUARD EJÍA ESCOBAR NILSON P LLA PINILL

TERESA RUÍZ NUÑEZ

Secretaria 4

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