CSJ - SP18004(23-07-2001)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP18004(23-07-2001)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2001
RAD.10/04) RECUSACION
ALVARO MENDOZA CAMACHO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente: Dr. HERMAN GALAN CASTELLANOS Aprobado acta No, 103
Bogotá, D.C., veinfitrés (23) de julio de dos mil uno (2001) VISTOS Decide la Sala de plano la recusac¡ón ;prqpuesta— " en contra de una Sala de Decisión del Tribunal Superior del — Distrito Judicial de Bogotá por el procésado ALVARO MENDOZA CAMACHO, que no fue aceptada por los Magiatfados recusados,
ANTECEDENTES
REPUBLICA DE COLOMBIA ABRO!.. RECUSACIONMIZA CAMACHO 1.- En el salón de auríiencias de la Sala Penal del Tribunal Superior de esta capilal, en momentos n que e celebraba la diligencia de audiencia !_3%_; sustentación mial del recurso de apelación de la sentencia condenatoria proferida por el Jurgado 37 Penal del Circullo de Bogolá, al concedérsele el uso de la palabra al procesado impugnante ALVARO ?y4'£íN!.f)(í$3&& CAMACHO presenta uina recusación, en tres folios, razon por la cual se suspende la diligencia para dar curso a la misma. Estima el recusanio que en catezo de los 3 magistrados que integran la Sala de Decisión Penal que conace en segunda instancia deI proceso que en su c-_;ontra se 1r!olmwh concurre la causal de recusación prevista en el numeral 47 del artículo 103 del Código dv Procedimiento Peral, en viríud a que
los funcionarios judicieles han manifestado su opinión solre asuntos objeto del proceso. Fundamenta lo añterior en el autó de fm ha 5 de marzo de 1999 proferido por la Sala de Decisión ¡ecu…—…;ada, cuando se refiere a aspectos distintlos al objeto de la imprgnación al afirmar: En cuanto al hecho de que el peritázg;p tollo 20 del c 0.) efectuado por el estudianle ho iénga el aval del directorio del Consultorio Jurídico c por el prolesor de la materia es aspecto que deviene saneable, pues bastará hacerle colocar la firma de 10s mencionados y darle el trámile Corre_spo¡'v_:iienié. Basten las razones expuestas para confirmar la providencia aljeto de ataque.” rRAAtoda. RECUSACION A VARC(NpÍÓNOZa CAMACHO de (Z¿á… Conciuye, entahces, que lo último resaliado de la providencia del 5 de marzo de 1999, constituye la opinión expresada, dado que, se ható de un aspecto que no era el molivo de la alzada. 2Los Magistrados JORGE ENR!QUE¿ TORRES ROMERO, JUAN IVAN ALMANZA LATORRE y MARCO ELIAS AREVALO ROZO mediante auto de diciembre 12 del año anterior, | declaran infundada la recusación propuesta por€:—l acusado al considerar que es elemental conchir que no porguie la Sala haya efectuado una intervención funcional para conocer de tn recurso de apelación y se haya referido a los argtmentos que sebre tna supuesta nulidad plantéaba el recurrente, asome catisa que les
impida seguir conociendo del procesoa, Adicionalmente señalan que lo decidido en aquella oporlunidad no compromete la imparcialidad de los Magistrados que integran dicha Sala de Decisión. _ Como efecto de la no aceptación de la recusación planteada y con estribo en el artículo 109 del Córdigo de Procedimiento Penal, la Sala rectsada opló por la remisión de la actuación a esta Corporación.
RATY NYO4. RECLISACION
A! YARC RHNO7A CAMACHO CONSIDERACIONES DE LA SALA En lo alinenfe a recusaciónes no aceptadas por los Magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, esta Sala de la Corte en pronunciamientosde noviembre 12 de 1998 y enero 12 de 2000 proferidos en 1procesoa cuva dirección estuvo a cargo de los Magistrados doctores RICARDO CALVETE RANGEL v CARLOS EDUARDO MEJIA ESCTOBAR, 3 respectivamente, ha sostenido el crilero que a continuación se transcribe: “'II.— Los artículos 107 y 109 del Código de Procedimiento Peñal, establecen los pasos a seguir erf los casus de recusación, los cuales dificren en razón a la acépíación a rechazo de los: hechos en los” que se funila aquella En esta nceasión el análisis se centrará en la eventualidad reterrda exclusivamente al caso de los Madgistrados que no admiten la recusación,:por ser el aspecto que concierne a la situación sub judice. 2El artículo 109 del estatuto procesal señala que 'Si la recusación versa sobre magistrád0 y El-recg$ado no la
aceptare, decidirán los restantes magistrados de 1a Sala”, pronunciamiento con el que termina el trámite y respecfo del cual. ho procede ningún tectrso, (art. 117 ibidern).
REPUBLICA DE COLOMBIA - :)'_'.I:Lb;:'b -
- NesTra RAN 1¡z)oo4, RECUSACIÓN
"VARÓ MENDOZA CAMACHO 17 “3.- Cuando la recusación se eleva contra toda la Sala de Decisión y los magistradosno la ac:eptánr o| 1…ráfnite debe suMirse conjuntamente, como lo dispone el artículo 1Ó'i' ibiden, pues por abvias razones hinguno de los integranies re la Sala cuestionada puede ocuiparse del mofivo de la rectisación, y en lcoñsec:1_,.lencia le corresponde resolver a la Sala presidida por el Magistrado que le sigue en frirno , cuvCUaY decisión es inimppuug nable “ En sínté"si:—3! cuando se tratá de recusación de Magistrados de Tribunal que no es aceptada, la Corte no tiene hinguna intervención, y lo.que quiso evilar el legislador erdenando que el asunto 'se resuelva en cada sede' es precisámente ': lá dilación de los procesos, quee s lo que en esle caso se ha propiciado enviando el expediente a la Corte sin razón ninguna” Altendidas las t1azones expuestas, 3 Cads Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, administando — Justicia en nombre de la república y por auloridad de la Ley,
RESUELVE
1
1ABSTENERSE DE CONOCER de la
rectisación propuesta en contra de los Magistrados de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Rogolá.
REPUBLICA DE COLOMBIA
Puon4, PECUSACION ENDOZA CAMACHO - Deviiélvase el preceso a la oficina de origen para que prooeda de conformidad con lo expuesto en esta providencia
COPIESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
CARLOS EDUARDOD MEJIA ESCOBAR 5)2W/ u/%f"r
E CÓR Lly(íºa POYENA
“ERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL GALAN CASTELLANOS CARL 27 ARGOTE ea —
PGE A. GOMEZ GALLEGO EDGAOMBANA TRUJILLO
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAYANES. RECLSACION
ALYVARSE MENDOZA CAMACHO
S, PERE¿. PINZOH
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria