🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP18821(24-01-2002)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP18821(24-01-2002)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

EXTRADICION. RAD. 1 8. 8 2 1

S T E F A N O S A R T O R I

Proceso No 18821

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL Aprobado acta No. 06

Magistrado Ponente:

Dr. FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL

Bogotá, D. C., veinticuatro de enero del año dos mil dos. Se pronuncia la Corte sobre la solicitud presentada por el defensor del requerido en extradición señor STEFANO SARTORI, en escrito que precede. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES 1.- Por proveído de trece de diciembre del año anterior, la Sala negó por improcedentes las pruebas aducidas por el defensor del requerido en extradición señor STEFANO SARTORI, dispuso devolver los documentos anexos a su escrito y ordenó correr traslado, por el término de cinco días, al solicitado en extradición, su defensor y el Procurador delegado, para que presenten sus correspondientes alegatos previos al concepto de fondo.EXTRADICION. RAD. 1 8. 8 2 1 S T E F A N O S A R T O R I 2 2.- En el acto de notificación personal, el defensor manifestó interponer recurso de reposición, y sustentarlo dentro del término legal, lo cual no hizo, no obstante habérsele corrido por la Secretaría de la Sala el traslado previsto por el artículo 189 del Código de procedimiento penal. 3.- En escrito que antecede, el impugnante manifiesta desistir del recurso

interpuesto “buscando con ello darle celeridad al proceso favoreciendo los intereses de mi defendido, (y) surtir la etapa procesal de alegatos previos al concepto de la Corte”. 4.- No obstante que la omisión de sustentar el recurso ameritaría declararlo desierto por la Sala toda vez que se desconocen las razones fácticas o jurídicas en que se fundamenta el disenso, en atención a los principios de celeridad y eficiencia que rigen la actuación procesal y a tenor de lo dispuesto por el artículo 199 del Código de procedimiento penal, es del caso aceptar el desistimiento del recurso de reposición presentado por el defensor del requerido en extradición, señor STEFANO SARTORI, conforme así se declarará en la parte resolutiva. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, R E S U E L V E: PRIMERO. ACEPTAR el desistimiento del recurso de reposición presentadoEXTRADICION. RAD. 1 8. 8 2 1 S T E F A N O S A R T O R I 3 el defensor del requerido en extradición señor STEFANO SARTORI. SEGUNDO. Por la Secretaría de la Sala, DAR CUMPLIMIENTO a lo dispuesto en auto proferido el trece de diciembre último en el presente asunto. Comuníquese y cúmplase.

ALVARO O. PEREZ PINZON

FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA

HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE

JORGE A. GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO CARLOS E. MEJIA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA No hay firma

HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE

JORGE A. GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO CARLOS E. MEJIA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA No hay firma

TERESA RUIZ NUÑEZ

Secretaria

Consultar sobre este documento ...