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CSJ - SP19029(07-11-2002)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP19029(07-11-2002)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

ASACION 19.029

MARIA FERNAND TOVAR MOLINA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL

Aprobado Acta No. 135 Bogotá, D.C., siete (7) de noviembre del dos mil dos (2002). La Sala decide sobre el impedimento expresado por el doctor Yesid Ramírez Bastidas, quien invoca la causal prevista en el numeral 6° del artículo 99 del Código de Procedimiento Penal. 1 ANTECEDENTES María Fernanda Tovar Molina, por medio de su defensor interpuso recurso extraordinario de casación en su contra de la sentencia proferida por la sala penal del Tribunal Superior de Neiva el 8 de agosto del aflo 2001, en la República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CASACION 19.029

MARIA FERN 'A TOVAR MOLINA que se revoca la absolutoria dictada por el juzgado quinto penal del circuito de la misma ciudad y en su lugar la condena a la pena principal de 18 meses, 20 días de prisión por el delito de hurto agravado, fallo que fue suscrito por el doctor Yesid Ramírez Bastidas en su condición de magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva, motivo por el cual se ha declarado impedido al haber intervenido en la decisión contra la que se interpone el recurso extraordinario de casación. CONSIDERACIONES El señor Magistrado aduce la concurrencia de la causal prevista por el numeral 6° del artículo 99 del Código de Procedimiento Penal, que contempla como impedimento que el funcionario haya dictado la

providencia de cuya revisión se trata, y en el presente caso se observa que la demanda de casación presentada por el defensor de la procesada MARIA FRNANDA TOVAR MOLINA está dirigida contra la sentencia que firmó en su calidad de magistrado de la sala penal del Tribunal Superior de Neiva, por lo que debe procederse a su aceptación. Atendiendo lo precisado, la Sala aceptará el impedimento expresado por el señor Magistrado separándolo del conocimiento de esta actuación. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, 2 República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CASACION 19.029

MARIA FERNANDA TOVAR MOLINA RESUELVE: Aceptar el impedimento expresado por el Magistrado doctor Yesid Ramírez Bastidas, para conocer del presente asunto.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

/

EXCUSA JUSTIFICADA

ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN RNANDO ARBOLEDÁ RIPOLL

CA1tfÁ /

MARINA PULIDO DE liARON

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