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CSJ - SP19214(29-09-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP19214(29-09-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2003

Co:1 Supi £. UrmJYIC3 i, 4 IC, Ws L. EO# L;1 fI. fltJ

RAD. 19214. ACCIÓN DE REVISI

ALVARO BELLO VELASCO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magletrado ponente: HERMAN GALÁN CASTELLANOS Aprobado acta No. 107

Bogotá. D.C., veintinueve (29) de septiembre de dos mil tres (2003) Decide la Corte el desistimiento presentado por el defensor M condenada ÁLVARO BELLO VELASCO y sugerido por éste a la acción de revisión, promovida contra la sentencia proferida por lo Sola Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial do Bogotá D. C., el 18 do diciembre de 2000 mediante la cual confirmó la condena impuesta por el Juzgada 40 Penal del Circuito de esta capital.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

1 República de Colombia Corte Suprema de Justicia RAD 19214. ACCIÓN DE REVISIÓN ALVARO BELLO VELASCO 1.- La acción da revisión fue promovida, a través de apoderado, por el condenado ÁLVARO BELLO VELASCO, contra la sentencia de diciembre 18 de 2000, por medio de la cual la Sala Panal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D. C., confirmó la proferida por el Juzgado 40 Penal del Circuito de esta capital que lo condenó a la pena principal de 16 años 8 meses de prisión como autor responsable del delito de homicidio, 2.-L a demanda con la que se promueve la acción de revisión

fue presentada por el apoderado del condenado BELLO VELASCO, con fundamento en la causal tercera de revisión. Encontrándose la demanda en turno para decidir sobre su admisibilidad, el defensor del accionante, siguiendo sus instrucciones, y éste presentaron sendos escritos mediante los cuales expresan el deseo de desistir de la acción de revisión (fi. 52 cuaderno de la Corte). 3.-A hora bien, como la facultad de desistir de los recursos le asiste a la parte que los interpone, cuya aceptación se condiciona al cumplimiento de las exigencias previstas en la ley, las cuales se dan a cabalidad en este caso, habida consideración de que el articulo 230 del Código de Procedimiento Penal establece que «...podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala ¡as decida`, y como en el presente caso la Corte no ha decidido el asunto, resulta viable su aceptación y, como consecuencia, al archivo de la actuación. Contra esto auto procede el recurso de reposición. Atendidas las razones expuestas, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Penal, 2 República do Colombia :i Corto Suprema do Justicia

RAD. 19214. ACCIÓN DE REVISIÓN

-'(cid:9) ALVARO BELLO VELASCO RESUELVE 1.- ADMITIR -el desistimiento de la acción de revisión presentado por el defensor de ÁLVARO BELLO VELASCO. 2.-A rchívense las diligencias. ;7 7

CÓPIESE, NOTIFIQj~lY CÜMP,kA'SE

.11

SID RAMh Z BASTIDAS

HERMAN AN CASTELLANOS CARL. A. ' EZ MOTE

EDGA ANA TRUJILLO

IN / fr

LANDO PÉREZ PINZÓN(cid:9) MARINA -' ' e DE BARÓN

3 República da Colombia Corte Suprema de Justicia

RAD. 19214. ACCIÓN DE REVISIÓN

ALVARO BELLO VELASCO

JOR OS. 'RTE PORTILLA

TERESA RUZ NÚÑEZ

Secretaria 4

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