🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP19466(03-12-2003)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP19466(03-12-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2003

ÚNICA INS »NClA. iDlC CIÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVAÍU ARA'LR) #ASTRO Y OTROS

CORT: SUPREMA D JUT(IA

SALJ. DE CASAC)N PE ,.-,,.robado acta No. E'!

Magistrado Ponente: Dr. MÍJJRO SOLAR íE POCflLLA de c:l ;i'.: nbre del añ. dos Se proñ 'ricia la Corte s(.))re la viabilid.! de a ;..ar el conocimiento deellooss heci os expuestos pí quienes dic llaín;;i' Luis Eduardo Rocha 1 omu, duardo Snche:: C. y José (,Lndo(cid:9) cha M., relacionados con prunta ireguLK lados cornuas(cid:9) bs elecciones para Cohgre de la kepúbft. llevadas a ibo el lJ de marzo de 2002 en e.

Dep. : amento del Antecede 1.-(cid:9) Poi' escrito dirigido l Consejo Ncio n. Electoral, quien dice ltamarsF Eduardo Sánchez C. y anuncla ser el esidente Ejecutivo de la Fundción Cesar Libí€: se queja de L "falta (cid:9) garantías electorales para a:ielantar la campaña política y el .Lbate electoral en el Depart;mento del Cesar, donde los rupos =iamilitares no permiten que otr s aspirantes pítenecientes(cid:9) grup: : políticos y a partidos ÚNICAINS P.NClA. h>ICACIÓN. 1 9. 4 66

DR. ÁLVAF) ARA1'V.) CASTRO Y OTROS kgalmen 'e constituidos participen E?.fl las (:(cid:9) Jones, porque ellos

también evan c:andidatos a las Corporacione:. .úblicas de Cámara y Cenadc). Agrega que "utilizando su capacidad de jí nidación y amenazas han poducido la renuncia de varios asrI)]nto como ocurrió con el Concejal de Aguachica Cesar, Alfredo Vega (; utaro, aspirante a la Cámara de Rerosentantes". Anota qe como resultado de dicha fa a de :jarantías, se rrianene secuestrado a Víctor Ochoa Daza, henirio dci Alcalde de Valledupar, y se prsionó la renunca de la ca didata(cid:9) la Cámara Juanita Pamirez, para incluida en el segundo rengk= de la lista al Senado encabez.;da por Alvaro í\raújo Castro (ft';. 1 y ...;,).

2. Quie dice llarnarse .:usé Orlando .ocha iL, por su parto, hizo llegar a la Defensoria del Pueblo i.0 esCri2) en el que pone en conocirri ento que el 10 de marzo de 2002, ei el Cesar hubo una imposic::tl.)rl producto de la extorsión, euo:.ida por las AUC para que en pueblos y ciudades las personas VOtar. ..n po ft.s candidatos arriba senalad ;s, quienes dob;.in ser elepidos puri;i mentan os o de lo contrario los líder-es y tUi ientes en lo difere ii; lugares del Cesar, serian a;esinados por la única autoridad que i, i ipera en el Cesar que es la de os para rr ¡lita res.

Agrega que a 'través cio un parienio suye se entero "que los

pararnflftire9 le quitaban las cédulas a la perorias e Iban ellos' (los paracos) (sic) a votar entrogndole la cédula al ombloroso ciudadano L.

ÚNICA INSTANCIA. ADJACIÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVAF: ':.) ARA111JYOASTR0 Y OTROS y repetiin la acción con todos los pc.adoR desde las 8:00 A.M. hasta k.:. 4:00 P.M. marcando el número de ;US protegidos en esa

4Lona JO; GE PJ\MRF' .Jí:BINA para Cár(cid:9) de Representantes y MAURKIO PIMIENTO para el Senado...". Anota, •.Hrnismo, que "k:'s otros candidatos d: los paracos (sic) al Congres.j de la República MIGUEL DURÁilli GELVIS y ALVARO ARAUJ( CASTRO, se a bs'twieron de 'acer campaña abierta en los .i:r)sas dos últiu los meses a sab ondas que ia ;iutod•, le garantizaban ía votacn total de cada uno de los Ni¡¡(cid:9) 4— (cid:9) del centro y sur del [)eparta r ento". Agrega. que "en el Car nadie se atreve a denunciar a estos criminak; porque debe considerarse homb', muerto e incluso a muchos candidatos y per.3onas se le.: prohie hacer campañas o presentan candidatos a las curules pr icipaIe.; como sucedió con el señor VTOR OCHOA y el movimiento MRL, ue debieron retirar su candidaiu principal a la Cft'iara Juanitu Rarnire.: por decisión expresa

de las rutodefensas" (fis. 5 ss.). y

3. Por escrito dirigido a la Corte, quien dice s Luis Eduardo Rocha Lernus,::3Ostierie que "en el Dep2tatnent del Cesar eligieron senador,: s a ALVARO ARAUJO CA,'_-, ¡'RO y AURICIO PIMIENTO poro quiero denunciar que esa elección no se hizo realmente porque en todo los Municipios y corregirnie. tos los señores senadores señalados hicieron pacto con el purarriiliLnhsmo, para que los moradon's de cada uno de los lugares en donde tienen influencia los paramilitares que es casi lodo el territorio del Cesar, votaran por esos

15

ÚNICA 1N8ANCIA. 1/4)lAClÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVA(cid:9) Aft'11JO CASTRO Y OÍRÇ)S candidtos y los repre.' ;o. itantes que esult .:í electos, lo que en efecto uedió porque k.3 personas que debi depositar su voto las encerraban en patios y sitios cerrado';, les LHtaban las cédulas y después les entregaban un certificado c:ctor(cid:9) n haber asistido a las urnas p rque los que iban a votar ean paaFnilitares previamente cispues't(s para ese fin, en otros casos ni siquiera se les pedía la cédula .rque ya teniaii los listados (10 103 electores y sólo les ciitregabn el certificado doctorar3 . /'Jin»na q e "los parlarnen!anos de la r.Ferenoiu con su actuación no

sólo so (cid:9) ron co (cid:9) ril it'fflo (cid:9) (cid:9) que fni (cid:9) anciaron y ayudare a conftrmar q(cid:9) os de crin::. .;les, ;earios y pájaros para que(cid:9) do endierat i su causa ases. a do(cid:9) ente, masacrando, etorsio ando y en cu itubernio veft .•eros criminales del C(Ji 1 pararnilit: iismo se pu..;ioron de ac:uej do q .:e asesinaran a las persona que se opusieran a sus designios infundiendo el terror y provocando zozobra en todo el vrritorie del Cesar. Estos parIamen.arios son partícipes de esta ::;iuJció y con (ella) irripidieron el normal desarrollo del certamen dr iocrti;e utilizando todo ese conjunto de arrienazas(cid:9) .•... ..avor ats.i iorizai o y extorsionando a familias nteras, a concei les y lugare( os, a(cid:9) de que se cumpliera su come do". Destaca "el caso del ex parlamentario ELIECEi MENESES LOPERA asesinado en d Municipio de Pailitas, el secustro del parlamentario. VICTOR OCHOA a quien los paramilitai'es me tuvieron cautivo hasta después de las eleccior'u y obligaron a su movimiento el MRL a que iración a Senado a é misrrio, y ordenaron que 4

ÚNICA INffLNCli ÁbIcACIÓN. 19. 4 6 6

DR. ÁLVAF•O AR/() CASTRO Y OTROS Juana .Lmire.z f uncií. a su aspiraci a L Cmara y aceptara ser

d segundo re Ion d sonado del(cid:9) ami(cid:9) ALVARO ARAUJO Los paiamiliL.ns para dejar(cid:9) b€ a VICTOR OCHOA, ;.4J exigieron que su hermano ELIAS OCHOA 111)A2A, alcalde del municipio de Valledupar hiciera cns de gabinete vncuL.ndo como secretarios do desp;cho a las pet....inas que ellos indicorn (fis. 3 y ss. cno. (.'orte).

4. En reLición con las d('ñUnCias fonuiHdas or Eduardo Sánchez y Jose Or i,indo Rocha M., f(cid:9) Fiscalías Cuarte j :.:épma Seccionales de Vailot ;upar, dispusiero su remisión a la Corto por competencia (ti. 1 cno. (orto), las cuales fueron unificudas a ii.j presentada por Luis Lduardu ocha Lemus pura su trámite .enjuni (1. 45 Corte).

5. Prevr.rnente a resolver sobre el inicio u no de indagación elirnine, se dispuso, e el Magistrudu(cid:9) ::iador, establecer la auten&.ftd de los escrií: e:; de denunciu,(cid:9) dose como resultado que en L Registradurís Nacional n.> se e contró constancia de Lb%rcc e expedido códLL de ciud",J(!....]111a ;. !....jis Eduardo Rocha Lornus (41. 28), y la cédula 72.540.25L no ha sido expedida (fi. 41), corno i;ual ccurre con la(cid:9) numen:) 69.255.170; tampoco se

encontraon datos relatiu.:s al nombre .' Josa Criando Rocha M. (fi. 53) y, "n specto a la Funución Cesar Labre a que dice pertenecer Eduardo :ánchez, el C. 1'-1. de la Seccional de Val!edupar, manifestó que revisados los registros de la GobernacHe dl Cesar, ésta no existe" (. U8), todo lo cual impidió cualquier pobiIidad de escucharlos en declaración para que concretaran le irnpLiac.ión y señalaran los medios € mi que se fundan. 5

ÚNICA lNSLNCLA.(cid:9) 1 9. 4 6

DR. ÁLVAWI. AFJO CASTRO Y OTROS A(cid:9) de lo anter.., en orden a estabk;..:'r el fundamento de la denuncL a la actuació se allegó el nftwrnc Sti\ CTI SV No. 0223 usc:rito por el Jefe Sec::u onal de lnfonrciori y Análisis del C.-F.1. con sede er Valledupar1 do e se corriunica "que se trató de realizar ck:splazumiento hacia el i nunicipio de Chimichaqi.ia Cesar, con el fin de verificar lo denunciado por el señor LlJl EDUARDO ROCHA LEMUS, lo cual no se pudo llevar a cabo :iebido a que so tiene información de alta credibilidad que en la vi que de la ciudad de Valledupr conduce h:c:ia el municipio c,1: Chimichagua, más exactamente el tramo comprendido de..•:1e el(cid:9) regimiento do Arjona

(Astrea Cesar), hasta et mencionado muni(cid:9) hacen presencia grupos ce paramilitares s cuales efec:1 uan c (cid:9) tanternente retenes, SOCUeStt..3 y demás ac •; terroristas,(cid:9) r tal(cid:9) LIVO es de alto riesgo realizar t .da clase de dc ;plazarniento(cid:9) cia "• zona, lo cual debe hacerse con acompañamiento de la Fuç.za Pi. Lca (Ejército y Policía Naciona, ya que no existen gar;:.i(cid:9) g (cid:9) eguridad para los ; eridores de esta instituc; ón". Agrega que "no obsL iiie lo antc.n r s(cid:9) delantaron labores investiqa /as en las .1 dades Locnks de! Cuerpo iecnicc) de l ivestigción adscritas(cid:9) la Direccion occ ri;l de Valledupar, es decir Bo.:conia, Chirigun, Aguachica y(cid:9) Cesar, obteniendo re.suftados negativos repocto a las afumacknes señaladas por los denuncintes, es decir en relación con las supuestas presiones y arnenaz..s de parle de miembros de la AUC, Í'1,-Icia los habitantes de las zona: rurales en la iecha en que se ('.-cobraron los comicios electora 6

/ / ÚNICA INST»1CIA. )4)IcACIÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVARO ARArJo CASTRO hdica, Jonias, que er i elación con c,1 horRJ dio contra al doctor

Eliécer 'leneses Lope ra, "la investi.ja ción .s adelantada por la Hscalk Octava espec .izada de V dup.» , deno del radicado 138579, ;eguida en cor.r. de AveriguaLón de .esponsabIes". Con rata ;.:ión al secuestre de Víctor J(..),-ii::itjírl(cid:9) Daza, ocurrido el día 13 de enero de 2002 en una finca de. su upiedad localizada en zona rural del municipio do El Paso Cesar, "por un grupo armado no e;tableei; O, y dE»:pué; de durar 75 cIja a en :. autiverio fue dejado en libertad e! día 28 de r .rzo del presc e añ a", informa que "dicha u vostiqa ç:ión preliminar e(cid:9) adelanta da pela Fiscalía Primera Delegada ante el GA1J.i\ Cc ;.;..'F, en la cual no se sindica(cid:9) ingún gmpo an ido en especl". Anade que en dcsarrou do las laboic:s de eriguación "se pudo establec':r que la sera Juana ftiisst; i:amirez Guérrez, idenMicada con cédula de ciudadanía .;2 503.' 2, corno consta en el E omiula o [8, c:le la Ror$traduria N;..ional '1 Estado Civil, o lista L)ofiniva de Candidatea para el Se do d. a República, estuvo inscrita i, i el segundo reuqión del doctor ALVAiR.(..) ARAUJO CASTRO. i en alain momento asp!ró a serren6n de alguna lista, no

eisten olernentos de p Jic:io ni de ntelige : ia que conlleven a eatablec».r que su posible renuncia haya do por amenazas". FinaIrnenie, respe:to de los apartes do las dei uncias en los que se "hace rulerencia sobre unas personu3 que oon financiadores y protac;tores de k.Mi grupos pramiIitarou en c Cesar", informa "que hasta la presente no exion elementos de prueba que vinculen a los 7

ÚNICA lN&[ANCA. ftØCACIÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVARc AR/Ó CASTRO Y tuoncion;. jos con gn..ips (cid:9) ararnilit;s (cid:9) Ue. operan en este [)epartaento'3 (fis. 90 y (cid:9) cno. Corte). 7 E] f.ogistrador Dele do en lo Ek»:;tor:(cid:9) :ertificó que "en las ecdon:.s celebradas e 10 de marzo de 20(J.: se declararon elegidos keprese: 'tantos a la Lriara por el [.)epa . 'ento del Cesar31 los c.1udadar:s MIGUEL ANGEL DURÁN GELV, JORGE ENRIQUE RAMÍRE/ URBINA, ALLFEDO CUEL.LO BA!...J lE y LUIS ALBERTO fiONSAt /O GNLCCO" (11. 103),ade ns, que. en dichos comicios resuftarori elegidos Senadores de la República Los doctores ALVARO ARAUJO CASÍRO y MA!JFICIO PIMIENTO L/\ERERA1 (fi. 104). 8.- Asim';:mo, al trrnite se. allegó copia de ki ..:.uado en relación con

el secuetro cometido e contra de V .: ior Jc .. .imn Ochoa Daza (fis. 215 y ss. . 1) y el homicidu de que fue victria LEic::er Meneses Lopera (ils. 2 y '..--2). 9.- A i(cid:9) Mado (cid:9) , (cid:9) obtuvo copia del Acuerde No. 002 del ¡ de julio de 2i02 pedido por el Consejo Nacional Electoral, rnedL rte el cual se resolv;ori las reclamaciones i::) rese(cid:9) ias en r-elaci¿)ii(cid:9) los esc ru i iios u.vados a cabo en los municipius de Agustín :odazzi, Be(:..(cid:9) [ ..i'.conia, Cururnaní, El Copey, U Paso, Gonzák:, La Gloria, G ....am: 1. Jagua de Ibirico, La Paz, PliI:as, Pelaya, San Alberto, Sat Diego, San Mar-fin, Tamalarueque, Agua chi c, Chiriguaná, Astre, Pueblo: Bello) Río dee OOrroo y u:himnicha(jua eu el [)eparta rito .k Cesar, sobre las votaciones realizadas el 'lU de mamo dt '1'lM02 para elegir Senadores y Iepresectarrtes a la Craara (fis. 126 y e ÚNICA IN31PNCIA ,k1DIcACIÓN. 1 9. 466 DR. Át.vio ARI.IO CASTRO Y OTROS :onsta un dicha den que "del(cid:9) . cbtorio se concluye unas(cid:9) de vota(cid:9) ¿1 :.iron individuos en

calidadejLMr dos(cid:9) •tar debidmrc: rombrados, tal como so desprende de la variftc.;.ición de las resolu cnes de nombramiento, formularios E-2, FonTIUkrlos E-13 y For nutarius E14. Nótese que el jurado de votación esta ftcuttado para ejorcer su importante función a parlir de un nornbramieno proferido por los r( (cid:9) municipales y disitaus tal como lo dipone la Ley 163 de Destaca que "los urado.; udemfis de hfrlar(cid:9) 1,—••14 y computar votos iienen a u haber la misií de garantizar que l: votación depositada en las urna.. lo ha sido en fo ia legal y tr ....par L,: y que efectivamente se ha respetado la volun d del electora. Cn .hjn( i imento en ello, dispuso exclu del c nputo total de votos en la circurL;cripción eIec:k l del Cesar :iqueLs mesas de votación donde so presentaron las aludidas(cid:9) ukni . .des, declaró elegidos corno kopresentantes a la Carriara a 10% ciud. çJdHOS MIGUEL ANGEL. DURAN OELVIS, JORGL ENRIQUE kAMIRL1 URBINA, ALFREDO CUELLO BAUTE: y LUIS /\LBERTO MONSALV(I) GNECCO, y decidió "cornpuL:•r copias del presente acuerdo la 1 4c..:::uraduria General de la Nacku y la Fiscalio General do la No:.ión para lo de su compete cia".

CONSlDEA:

1De c ::riforrnidad con lo dispuesto por el 1 culo 235 de la Carta 19

/ 77

ÚNICA INS1ANCIA. VDIcACIÓN. 1 9. 4 6 6

DR.(cid:9) ALVARO ARA(",J O CASTRO Y OTROS autorizaos para los coi¡ ilcios llevados a cabo en el Departamento del Cesar, pidieran dar lunr a inferir que los atei dados contra la vida, la libertad personal, la fe pública y el sufragio de que dan cuenta las denuncias, encontraron ea liza cióri en el mareo de las elecciones llevadas a cabo el 10 c.o marzo de 20( )2., de lo averiguado hasta el momento en ningún medio de prueba so hace. alusión a la aUtoría o participa.:ión de los rrleft:ionados congresista en los hechos que allí EpOt;ifl. En este orden de ideas, resulta evideni.e que compete a la Fiscalía nvestigai' tales hechos, pues de lo recaudado i;cilmente se advierte que el homicidio, el secuestro, y los dentauos contra el sufragio, tueron realizados directa y rnatehalmo te poi .ersonas o grupos de éstas qe e carecen de fuero constitucio 1 par.: ':sor investigados por la Corte.. Sólo si corno consecuen.e de la labor /estigaii\'a que privativamente compete adelantar a la F:H;alia Gener de la Nac.ión, y la decisión que en derE:ho corresponda respecto de los no atorados, se advierta la e,dstencia de cornportai uientos ilícitos de los que pueda ser autor o partícipe una persona ceñrí lucro, resuft;., viable compulsar las copias porbnenfts y su envio a L.i Corte por co ut:etencio, de conformidad con

lo previso por el artículo 2-1 del estatuiu pro: esal. De manera que cuando los funcionarios de la Fiscalía declinan su competencia por el simpk: hecho de aparecer mencionado en la denunck, el nombre de un congresista, "están olvidando que el fuero corresponde a una prerrogativa de invesiigación, acusación y 11

ÚNICA INSTANCJ' RADIACIÓN 1 9. 4 6 6

DR. ALVARO MAÚJO CASTRO Y OTROS juzgamieato de carácter excepcional para preervar la autonomía y la indepenoencia legitimas de los funcionarios iu¡ parados por él, por vrtud del cual rio quedan sometidos a él tos demás autores o partíc.ipe.: sin fuero, mb:; aún cuando en asujitos como éste, no se alude de manera alguna eventual ccrnprornfto de responsabilidad 1.11 penal de iuien por SU actual condición tendría Li calidad de aforado" (Cfr. auto de Única Instancia, Dic. 10/02. 1 .ad. 20025. M.P. Dra. Marina Pulido de Barón). No obsLnte la gravedad y trascendencia social de los hechos noticiadc:i;, de adelantarL.3 Corte la iflV€5tigaCiúi1 correspondiente bajo el pretEalo de que en L denuncia se mencionan los nombres de agunos congresistas si que exista niiquna e'dencia probatoria que permita vincularlos con su realización, llevaría al absurdo de tener que establecer primero la ocurrencia o de tos hechos, investigar (O comportimientos presuntamente llevados a cabo por personas no aforadas, establecer su participación y responsabilidad y, después de

ello, realizar las inferencias correspondierites en orden a determinar si en tales iechos resultan involucradas personas aforadas, lo cual no consulta ía competencia excepcional atribuida al órgano limite de la jurisdicci n ordinaria. P o r las razon(cid:9)e s epuess't,a se imponen el proser%te asunto remitir el diligenciamiento a la Fiscalía General de la Nación a efecto de la designación del funcionario o tuncionanos que habrán de adelantar la investigación previa o penal correspondiente. 12

ÚNICA INSTANCIA. 1' ICACIÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVARO ARA( #0 CASTRO Y OTROS No sobra advertir que la averiguación que habra de adelantarse por la Fiscalía, deberá abarcar todos los pormenores de tos hechos riohciado:; en orden a ti total esclarecimiento y establecer las eventuales responsabilidades penates a que haya Jugar a fin de que no queden c:n la impunidad. Esto si se da en considerar que conductas de esta envergadura, no saUmerite invalidan uno de los principios más caros de la democracia, sino que niega ri su ejercicio; pervierten la igualdad do oportunidades que la ley otorga a los particulares para acceder a la administracr , menoscaban el derecho de los asociados de elegir libre y volunt Ranente a sus gobernantes, y si se viola la autodetE.rrninac;iór1 poputa y la participación ciudadana en la acción política, i esultan socavu.ias las bases .....isrna..: del sistema SOck3l y

político (pie nos rige, sep.n ha sido declarado por la Sala (Cfr. sent. única instancia. 26 de octubre de 2000. [Zad. 1% 10). Ls de aJarar, sin embargo, que si en desan ollo de la averiguación correspondiente aparec.cn pruebas de las que fundadamente se establezca la autoría o p;irticipación do fund enanos aforados en los hechosnoticiados, posteriormente la Corte avoque el conocimiento si es que e factor personal generador de la competencia, se mantiene. F:;r1aIfl.ei. (cid:9) por susaceión de materia, la Corte se abstendrá de da ar rttrráámmiittee a los poderes conferidos por los doctores ALFREDO CIJELLO DÁVILA y ALFREDO CUL:LLO BAUTE, toda voz que de lo actuado en su contra no surge irru[ación alguna por un hecho particular y concreto. 13

ÚNICA INSTANCIA. RADI 'CIÓN. 1 9. 4 6 6

DR. ÁLVAR() ARAUJO ASTRO Y OTROS En rnerito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA

DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE: PRIMERO. ABSTENERSE DE AVOCAR el conocimiento de las presente; diligencias. SECUNDO, ABSTENERSE de dar curso a Ioi poderes presentados por tos dúctores ALFRE[)O CUELLO DÁVILA y ALFREDO CUELLO BPJ TE:: par razón de lo ::onsignado en la parte votiva. TERCEFO. REMITIR la actuación al H<:::al General de la Nación para

I(-) de su cargo, en relación con la designacn del funcionario que habrá de adelantar la inve;tigación previa o penal correspondiente. Nohftqu€e y c:Úniplase.

A. GÓ F7 GALLEGO

14

ÚNICA INSTANCIA. 1: DIACJÓN 1 9. 466

DR. ALVARO ARA( JO CASTRO Y OTROS

/

ALFREDO GÓME2QU:JERO(cid:9) EDGi(cid:9) MBANA TRUJILLO

/ ( fr / 'c(cid:9) AVARJ(cid:9) PIN/ )N(cid:9) MAkINI\(cid:9) O DE BARON

Jo TÉRO MILANÉS

TERESA RUIZ NÚÑEZ.

Secretan u 15

Consultar sobre este documento ...