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CSJ - SP19958(31-03-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP19958(31-03-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2003

Radk5aciÓn!t958 Revisión HOSSER MONTEALEGRE HERNÁNDEZ Coi &qniema de Juslida

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrada Ponente: MARINA -PULIDO DE -BARÓN Aprobado Acta .N° 041

Bogotá O. C., marzo freinta -y uno (31) dedos mh (2003). VISTOS La Sala decide sobre la admisibilidad de -la demanda de revisión -de la sentencia -del 24 -de noviembre de 1993 mediante la -cual J Tribunal .uperir JeJ Distrito JiiIiiJ d Cundinrnara confirmó la condena de HOSSER MONTEALEGRE HERNÁNDEZ como coautor de los delitos de homicidio consumados contra Gustavo Saigerna, Víctor, Rubiala, Olga y Fabiola Galindo, -y , tentados en contra de .Mía.García, José López J'ietuno y Blanca ida/y Villarreal. CONSIDERACIONES DE LA SALA De conformidad con lo estipulado por el artículo 222 deellCCóóddiiggoo de Procedimiento Penal, están legitimados para promover la. acción, de. revisión,. los, sujetos procesales con interés jurídico que hubieren sido reconocidos legalmente dentro de la respectiva Radicaciói'ílff.958 Revisión HOSSER MONTEALEGRE HERNÁNDEZ Coite Suprema de Justicia actuación procesal, por lo que indiscutiblemente un condenado, en este caso el señor HOSSER MONTEALEGRE HERNÁNDEZ, está legitimado para instaurar la mencionada acción.

El abogado Eduardo Amóz quita Camacho ha presentado ante esta corporación demanda de revisión a nombre del citado convicto aduciendo su calidad de apoderado; sin embargo, dentro de la documentación recibida en la secretaría de esta Sala, no figura memorial alguno en el cual se le confiera poder para instaurar la respectiva acción. Al respecto conviene recordar que la acción de revisión es un trámite independiente del proceso penal ya culminado, de manera que la representación judicial debe otorgarse expresamente para promoverla. Así las cosas, como el doctor Améz quita Camacho carece de legitimidad adjetiva para instaurar la acción de revisión a nombre del condenado MONTEALEGRE HERNÁNDEZ, se rechazará la demanda, ordenando su devolución, conjuntamente con sus anexos. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, RESUELVE RECHAZAR la demanda de revisión inerpuesta a nombre del condenado HOSSER MONTEALEGRE HERNÁNDEZ, por el • República de Colombia 3(cid:9) Radicación 79~Revisbn HOSSER MONTEALEGRE HERNÁNDEZ Co,Ye Suprema de Jusikia abogado Ernesto Améz quita Camacho, por falta de legitimidad procesal. DISPONER que la demanda y sus anexos sean devueltos al profesional del derecho que los presentó. Contra esta decisión procede el recurso de reposición. Notifíquese y cúmplase.-

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