CSJ - SP20113(05-12-2002)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP20113(05-12-2002)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2002
c/e (cid:9) ú7m-t
REVISION No. 20.113
OSCAR VAN GARCIA VARGAS. c/e íY/e/i
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO
Aprobado Acta N°. 153 Bogotá, D. O., diciembre cinco de dos mil dos. VISTOS Se pronuncia la Sala sobre el escrito presentado por el condenado OSCAR ¡VAN GARCIA VARGAS, quien se encuentra recluido en la cárcel del Distrito Judicial de Medellín. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES El condenado OSCAR IVAN GARCIA VARGAS, en su escrito, manifiesta a esta Corporación que acogiéndose a la sentencia anticipada fue condenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bello a la pena principal de veintiséis años 2
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OSCAR IVAN GARCIA VARLAS (4, fiY(/ de prisión como autor del delito de homicidio, decisión confirmada por el Tribunal de Antioquia el 2 de octubre de la corriente anualidad, la cual se encuentra ejecutoriada. Invocando el artículo 220 - 3 del Código de Procedimiento Penal, interpone acción de revisión manifestando que sustentará y aportará los requisitos exigidos en el artículo 222 del mencionado estatuto procesal, dentro de los términos legales. Lo primero que debe destacar esta Sala es lo dispuesto en el artículo 221 de la referida normatividad, atinente a los titulares de la acción de revisión, según el cual ésta podrá "ser promovida
por cualquiera de los sujetos procesales que tengan interés jurídico y que hayan sido legalmente reconocidos dentro de la actuación procesal". Como en el presente caso el condenado no ostenta la calidad de abogado, no puede ejercer dicha titularidad; puede intentar la revisión, pero la demanda debe ser presentada por un defensor, quien además debe contar con poder expreso para tal efecto.(cid:9) En este sentido la Sala ha reiterado su posición precisando: "Ha dejado sentado la jurisprudencia de esta Corte que el sentenciado tiene legitimidad para promover la acción de revisión contra un fallo adverso a sus intereses, pues el hecho de que no aparezca señalado en el artículo 233 del Código de procedimiento penal entre sus titulares, en modo alguno significa que carezca de ella para el ejercicio de tan excepcional instrumento. 3
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OSCAR IVAN GARCIA VAR S de ~lly.)renta" No obstante esto, también ha dejado en claro que la única limitante prevista por el ordenamiento consiste en que la demanda se presente por un abogado titulado que tenga poder especial para hacerlo, así sea el mismo profesional que intervino en el trámite ordinario, o de un defensor distinto, pues se trata de una actividad posterior a la culminación del proceso, que comprende la elaboración del libelo según precisos requisitos formales, la invocación de concretas causales legales, el correcto señalamiento de los fundamentos jurídicos y fácticos, la relación de las pruebas que se aportan para demostrar los hechos básicos de la petición, y una adecuada sustentación compatible
con la naturaleza de la causal que se invoca, todo lo cual es, evidentemente, materia de especiales conocimientos jurídicos. Por manera que si en el sentenciado concurre la calidad de profesional del derecho, bien puede actuar como demandante en revisión bajo la condición de que se identifique como tal, legitimidad que no resulta acreditada en el evento contrario, dado que la presentación de la demanda está reservada por la ley procesal a un abogado titulado como acto de postulación, precisamente por el carácter eminentemente técnico y rogado que el instrumento ostenta." (Auto noviembre 1 de 2001 M.P. Fernando Arboleda Ripoil, rad. 18.270). Dichas razones se ratifican en el presente caso, pues sin acreditar que es abogado el condenado presentó un escrito a manera de demanda de revisión. Bajo dichas circunstancias, lo que procede es devolver al condenado OSCAR ¡VAN GARCIA VARGAS el escrito mediante el cual intenta interponer acción de revisión. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
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OSCAR ¡VAN GARCIA VA, 1\S
(le jWbY.171 RESUELVE Devolver al condenado OSCAR IVAN GARCIA VARGAS, el escrito mediante el cual intenta interponer acción de revisión, por las razones aducidas en la parte motiva de esta decisión. Comuníquese y cúmplase
4ALVARO O DO PÉREZ PINZÓN
AN O ARBOLEDA RIPOL E. BAPOVEDA
( 1
HERMAN GA CASTELLANOS(cid:9) CARLO RGOTE
GÓMEZ GALLEGO EDGAÍ IMBANA TRUJILLO
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OSCAR IVAN GARCIA VAR'iAS de jíí.We/ci
MARINA PULIDO DE BARÓN YE IREZ BASTIDA
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria.