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CSJ - SP20938(11-12-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP20938(11-12-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2003

asaclón 20..338

MAF' GODOY GOMIZ

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: Dr. YESID RAMÍREZ BASTDAS Aprobado Acta # 132

Bogotá D.C. diciembre once (11) de dos mil tres (2003). lISTOS: Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por el defensor de la procesada MARY GODOY t3OMEZ.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:

1. Mediante providencia di 29 de octubre de 2002.1 el Juzgado 30 Penal del Circuito de Pereira resolvió absolver a la procesada MARY GODOY GOMEZ. por el cargo de tráfico 1? estupefacientes. El Agente del Ministerio Públio apeló y el ribunal Superior de la misma ciudad revocó esa decisión el 27 de enero e 2003 y condenó a la mencionada zi 75 meses de prisión e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término, al hallarla autora respoulsable de la condua

Casación 20.938 MARY GODOY GÓMIEZ punible objeto de la acusación, según hechos sucedidos el 15 de marzo de 2002 en la calle 24 #9-54 de Pereira.

2. El inciso 10 del articulo 205 del C3digo de Procedimien.o Penal, en cuya vigencia fue expedida la sentencia impugnada, establece como requisito para acceder .a la casación por vía ordinaria que la pena máxima fijada para el delito objeto del proceso sea de más de 8 años y es claro que no se. cumple en &

presente caso. En efecto, de conformidad con el inciso 30 del artículo 276 del Código Penal, al cual se adecuó la conducta de conservar cocaína en cantidad de un poco más de 167 gramos atribuida a la procesada, la sanción máxima prevista es de 8 años de prisión

3. Quedaba la posibilidad, no obstante, de la casación por vía excepcional, pero el defensor no la invocó expresamente y oefl contenido de la demanda no se extrae ningún fundamento que le permita a la Sala asumir que se encuentra demostado cualquiera de los motivos que la hacen procedente, es decir su necesidad para el desarrollo de la jurisprudencia o la garantía de ics derechos fundamentales.

4. Por los motivos anotados, la Sala no admitirá la demanda.

A mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la 1 1 Corte Suprema de Justicia, Casación 20.38 MAfl'i' GODOY GÓI4Z RESUELVE: INADMITIR la demanda de casación presentada a nombre de Ja procesada MARY GODOY GÓMEZ. En contra de la presente decisión procede el recurso de reposición.

NOTIFIQUESE YCÇjVIPt4YE.ID RAM R- :ASTIDAS

HERMANO! LAN CASTELLANOS JR(cid:9) "-t OMEZGALLEO

(cid:9)

ALFREDO GÓMEZ QÚNTERO EDG)R LOME3ANA TRUJILLO

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ÁLVARO OR NDO PÉREZ PINZÓ(cid:9) MARIN' -LIDO DE BARÓN

Casación 20.93

MARY GODOY GÓZ

JORcI WIS ø 4i9 T" A

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria

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