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CSJ - SP20972(16-10-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP20972(16-10-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2003

República de Colombia Corte Suprema de Jwt!cia Rdo. 20972. Casación.

RENSO HERRERA MONSALVE

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE:

HERAN GALÁN CASTELLANOS

APROBADO ACTA No. 112

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de octubre de dos mil tres (2003) El procesado RENSO HERRERA IONSALYE, único recurrente y coadyuvado por su defensora, desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia anticipada proferida el 29 de octubre de 2002 por el Tribunal Superior de Medellín, que confirmó la condena que le fuera impuesta junto con JU\IENCIO ALIRIO YEPES SÁNCHEZ, por el delito de homicidio simple y lesiones personales, según fallo de primera instancia del Juzgado Vigésimo Tercero Penal del Circuito de Medellín (Ant.), en hechos que tuvieron ocurrencia el 28 de octubre de 2001 en el sector de iguaná" de la capital en mención.

PARA RESOLVERSE CONSIDERA.

1 República de Colombia Co,fr Supmma de Justicia L/) Rdo.20972. Casación. RENSO HERRERA MONSALVE [)e acuerdo con el artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (ley 600 de 000), el desistimiento del recurso extraordinario de casación es postble cuando se fomiula antes de que la Sala adopte la decisión de fondo. Significa lo anterior, que la manifestación de desistimiento en el presente asunto es oportuna, puesto que el proceso se encuentra en

traslado al Agente del Ministerio Público para el concepto de que trata el articulo 213 del G.P.P. La Sala habrá de autorizar el desistimiento manifestado por el incriminado y su defensora (fís. 26 y 35 Cd. Cort), y por prevenir del único procesado recurrente en casación, las diligencias deberán ser devueltas a la oficina de origen. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación penal. RESUELVE 1.Ac eptar el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el procesado RENSO HERRERA MONSALVE, coadyuvado por su defensora, conforme a los fundamentos expuestos en la parte motiva de esta previdencia. 2.Co ntra esta providencia precede el recurso de reposición. 3.Dcvolvcr el proceso al Tribunal de origen. 2 República de Colombia Corte Sopm,na de Justicia Rdo. 20972. Casación. RENSO HERRERA MONSALVE Notiíqiese y úrnp)ae.

HE ALÁN CASTELLANOS --(cid:9) - /

ALFRE-DO: (cid:9)QUINTERO EDGA tOE)RANA TRWILLO

/

ÁLVAR INZÓN MARINA PULIDO [)E BARÓN

JOR TE PORTILLA

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria 3

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