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CSJ - SP21944(18-05-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP21944(18-05-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

“Repúblicad e Colombia — e A S - CASACIÓN 21.944' .-

  • Corte Suprema de Justicia REALVALE SEPÚLVEDA CORRALES”-

v CONGIERTO PARA DELINQUIR

CORTE SUPRENIA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Mag¡strado Ponente Dr EDGAR LOMBANA TRUJILLO Aprobado Acta No.048 — BogoD.C.t, dáiec,ioc ho (1de 8ma)yo de dosmi l séis (2008): - VISTOS: Resuelve Ia Corte el recurso extraordmar¡o de casac¡on mterpuesto 'por el defensor de REALVALE SEPULVEDA CORRALES contra la - sentenc¡a profenda el 23 de sept¡embre de 2003 por e! Tr¡bunal - …¿'--_Super|or de Ant¡oqu¡a que conf¡rmo la dlctada en pr¡mera mstanc¡a por el Juzgado 1e Pena[ del C|rcu1to Espec¡al¡zado de Ant¡oqu¡ay '¡'med1ante la cua| se condeno a d1cho proc:esado a Ias penas . ' -pr¡nc;pales de 72 meses de pns¡on y multa de 2000 salanos m¡n¡mos mensuales Iegales v¡gentes y a la accesor¡a de_ - mhab¡l¡tac¡on para el e¡erc¡c¡o de derechos y func¡ones pub!¡cas por -- un penodo |gual al de la sanc1on restr¡ctwa de la libertad, como autor . -'del dehto de conc¡erto para dehnqu¡r ' — ¡Repúblicad e Colombia-

¿:Í a . —l — . ' “CASACIÓN 21.944 7

Corte-Suprema de Justicia .. .. - REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES — a — - . - CONCIERTO PARA DELINQUIR HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL: — En la manana del 9 de d¡o¡embre de 1993 un grupo de hombresf | "armados se presento en la finca bananera “Los Cat¡v_os, y tras ' Iiamar hsta en mano -a un grupo de traba1adores a un sito aparteprooedreron a pedrrles el dooumento de rdent¡dad Iuego de lo oua¡ '1 a. los h|oler0n acostar - boca - abajo en el p|so prooed¡endo a.. '—'_d|spararles causandoles la muerte a. 12 de ellos todos pertenecrentes al sindicato de SINTRAINAGRO — .En: Ia ¡nvestrgaoron pre|rm¡nar adelantada se te]i0 la hrpotesrs de que_'d los movrles de Ia masacre obedeo¡an ala s¡mpat¡a que las vrotrmas o -ten¡an con el mov¡m¡ento de la UP “No obstante, transcurridos vari' oañsos sin que la respectiva __.¡nvest¡gamón prev¡a avanzara en la |dent¡f|oaoron de los autores el 9 . . _de marzo de 1996 se drspuso su suspens¡on provus¡onal '-'.Í.'Posteriormente se obtuvo información en el sentido.de que los - -autores de la masaore de la finca Cat¡vos perteneoran a un grupo —-armado al. margen de la ley denominado ' Comandos Populares en

— euyo nombre también se dio muerte a varios líderes comunales, _ — sindicales y pol¡t¡oos que varios de su miembros eran reinsertados: fdel EPL que se encontraban vrnculados oon e| movrmrento Esperanza Paz y Lrbertad 'En'tonoes,' en resoluoión del2 4 de enero de 2000, se dispuso el 7' - desarchivo de las diligencias y anexar a esa actuación, como prueba Repúblfcáde 'Colombfa - — — M T ' _ ÓASACIÓN 21.944 Corte Suprema de Justicia. — s REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES. i — — - 7Ct)NC%IER'I10 PJfRRDAE LINQUIR -—trasladada denuncra de Alberto Rafaet Barrlos Agu¡lar var¡os | | 1nformes de mtet¡genc¡a de| DAS y et CT1 de la Frscaha General de'_la Nac¡on denunc¡a y postenor ampt¡ac¡on rend¡da por Agustm D|az__' ' N|speruza una declarac¡on vert¡da ba¡o reserva de |dent|dad el .. -:||stado de re¡nsertados de| EPL y un comun¡cado del Partrdof Comun¡sta denom¡nadd “Del cr¡men y Ia vro|enc¡a desatada en : Uraba e| responsable es el Estado 'Tamblen se adjuntaron vartas_mspecc¡ones 1ud|c|ales pract¡cadas en procesos en Ios que se - |nvest|gaban casos s¡m¡|ares _' — q

Las pruebas anter¡ores no solo daban cuenta de Ia ex¡stencra de |os ¿ denom¡nados “Comandos Populares a| mando de Rafael Garc¡a 're|nsertado del EPL mtegrante de Esperanza Paz y. L|bertad" 'srno . que senalaban como uno de . sus m¡embros a ahas “Alfonso o íAIfons¡to tamb¡en re¡nsertado de| m¡smo grupo guerr¡llero quel "Tec¡b¡o como apoyo econom¡co un campero Was que poseía en "-companra de Adalberto Santamar¡a Esta persona fue |dent¡fcada . como REÁLVALE SEPULVEDA CORRALES "-Se establec¡o |gualmente que e| c¡tado grupo armado surg¡o tn¡c¡almente para defenderse de los ataques de sus ant¡guos ',companeros de |a guernlla que nose re¡nsertaron para mantener _dom¡nro sobre la. zona y amedrentar a Ios adm¡n¡stradores y obreros - de Ias fmcas h …"':D|cha prueba s¡rvro de sustento para que e| 26 de enerod e 2000 se ºabr¡era formalmente ta rnvest¡gac¡on en contra de Rafael Em|||o"w" Garcra yOlmer Anaya como coautores de| dehto de hom¡c¡d|o' "'mu|t¡ple agravado —por la masacre de Ios Cat¡vos— en concurso con _ “ República de Colombia” X T CASACIÓN 21.944. . Corte Suprema de Justicia . : _ REALVALE SEPÚLVEDA CORRALES —

TT . S CONCIERTO PARADELINQUIRI

_-—_el de conformacron de grupos armados al margen de la ley; y de REALVALE SEPULVEDA CORRALES y Ja¡ro Suárez Osprna por Ia__ ultrma de Ias mfracc¡ones mencronadas '::'_Í'Capturado Jarro Suarez Osprna —concejal de Apartadoel 31 de | "f'_-lfenero de :2 000 y vrnculado med¡ante rndagatorra el 10 de febrero" í_-'srgu¡ente le. fue defrnrda Ia srtuac¡on Jurrd|ca con 'medida de . ,-.'aseguramrento consrstente en detenc¡on prevent¡va como autor del '_'delrto def¡n:do en e| art¡culo 19 de| Decreto 1194 de 1987 subrogado | por e| artrculo 8º de Ia Ley 365 de 1997 - | Ordenada y materral¡zada Ia captura de Teodoro Manuel D|az Loboi71 _':—.—Alcalded e Apartadotambren se: escucho en mdagatorra y. el 21' _ | ¡'_'-w_de febrero se Ie defrnro Ia s¡tuac:on Jurrdrca tambren como autor del . - delrto resenado en precedenc¡a - EI 22 de febrero de 2000 se drspuso emplazar medrante edrcto a _…'y¿Rafael Emrlo Garc¡a Olmer Anaya y REALVALE SEPULVEDA . _ECORRALES | D | _ Rem¡trdas Ias d|lrgen0|as a Ia Unrdad Nac¡onal de Derechosf" ' - _Humanos de la Frscalra General de la Nación, en proverdo del 13 de |

. junio de 2000 a Ja¡ro Suarez Osp¡na y Teodoro Manuel Díaz Lobo - : Ies fue revocada Ia med¡da detentrva 'Posterrormente esto es, eI 16 del .mismo mes: y año, se ordeno : Íemplazar nuevamente pero en Turbo, a REÁLVALE SEPULVEDA' QORRALES_,_OImer_ Anaya y Rafael Emilio García, ¡dado_que fue allí . Repúblicade Colombia ?

A — E E CASAGON21944|

Corte Suprema de Justicia” .. e REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES e E CONCERTOPARADEUNQ…R : e Iugar de Iosh echos y e| anter¡or edtct0 se habra fuado en':'¿ a "Apartado | En estas cond¡cnones e| 3 de agosto de 2000 se cerrop arc¡almente ! la mvest¡gac¡on con reSpecto a Janro Suarez Ospma y Teodoro ManueI D|az Lobo qu¡enes fueron acusados e| 22 de sept¡embre de.u -2000 -por mfracc¡on aI art|culo 1º del Decreto 1194 de 1989, | adoptado como |eg¡slamon permanente por e| Decreto 2266 de '1991 _ ER | f'Cont¡nuada Ia |nvest|gacmn el 10 de octubre de 2000 fue puesto a I-d|sp03|c|on de la autor¡dad RELAVALE SEPULVEDA CORRALES quien - fue capturado en -elk||ometro 14 de Ia v¡a que de Buenaventura conduce a Cal¡ en compan¡a de dos su1etos 'uno de

los cuales Franc¡sco M|guel Sanchez Palomo tamb¡en es , re¡nsertado de| EPL. Entonces a traves de func¡onar¡o com¡sronado éfue escuchado en mdagatona dlllgenCIa en la que fueas¡st¡do por un Íf_defensor desrgnado por e| A||l nego Ias rmputaclones que hasta l 'Í.entonces y de Ia prueba trasladada emerg¡an en su contra S|n.. .'embargo afrrmo que desde pr1nc¡p¡os de 1992 y hasta 1995 v¡v¡o enUraba en Ch¡gorodo _que era m|||tante del EPL que por habersey re¡nsertado se Ie otorgo como auxr|¡o un campero Was de serv¡c¡o) pubhco que Ie vend¡o a su soc¡o Adalberto Santamar¡a Pena'. '¿Tamb|en dijo - conocer a Teodoro Manuel D|az Lobo y Ja¡ro Suarezi í_'zpor ser re¡nsertados y a Rafael Garc¡a por sus vrnculos con e|_-g - —ígrupo Esperanza PazyL¡bertad TA A | l.-"'Refrr|o |gualmente que cuando pertenec¡o a Ias frlas del EPL utr|¡zaba el al¡as de Alfonso e Alfons¡to y que postenormente en - República de Colombia 7 A ar_ T — CASACIÓN 21.944 .. - Corte Suprema de Just¡c¡a — 1 REALVALE SEPÚLVEDA CORRALES . . - . . — . : CONCIERTO PARA DELINQUIR —su v¡da crv¡l estuvo v¡nculado con grupos de v¡g¡lanc¡a pr¡vada .

…__-:_.'.…antes conoc¡dos como :_Conv¡v¡r,_ denom¡nada - asoc¡ac¡on o í_Papagayo 1-fLa s¡tuac¡on 1und1ca entonces Ie fue defm¡da el 17 de octubre de — ';_-.2000 con medida detent¡va como autor del de|rto descr¡to en el . | =ºart¡culo 2º det Decreto 1194 de 1994, adoptado como |eg¡slac¡on¡ E j.permanente pore t art¡culo 6º del Decreto 2266 de 1991 _ I ';“"':"Segurdamente med¡ante resolucron de| 24 de ese mismo mes y . — año, Rafael Em1l¡o Garc¡a al¡as Efraín, y Olmer Anaya fueron d_ecl_arados personas .ausentes, yel 5 de febrero_de 2001, se declaroh cerrada'kla inve'stigación únicamente con respecto' a REÁLVAILE — -_SEPULVEDA CORRALES proced¡endose el 8-de marzo del m1smof E _'ano a declarar Ia nul¡dad de lo actuado conforme lo solicitó el - - _Mm¡ster¡o Publ¡co pues venf¡cado que e| abogado que asistió a|…_.' É 's¡nd¡cado solo asum¡o la representac¡on para esa d|l¡genma y.. '…'postenormente si b1en aquel des¡gno uno de conf¡anza este se. ' limitó a presentar el poder s¡n adelantar a cabo act¡v¡dad defenswaw '"alguna Ademas “porque hasta entonces no había. sido pos1ble-í_ -_._"__'-.not¡f¡car de Ia med¡da detent¡va al abogado de .S EPULVEDAQ¿¿.

S ¿CORRALES . ' | ' | En consecuencia, se. declaró la nulidad de lo actuado, a. partir del - cierre de . la 1nvest1gac¡on y se dejo parc¡almente s¡n efectos la - e¡ecutor¡a de resoluc¡on de def¡n¡c¡on de situación jund|ca y se E _Lordeno exped¡r cop¡as para que se mvest¡gara dtsmpllnarlamente al _' E '—_'dr Wber Dar¡o Duque Álvarez qu¡en asumió como u|t¡mo defensordell s¡nd¡cado Ad¡c¡onalmente se requ¡no a SEPULVEDA…_ República de Colombia. ¿,¡, - CASACIÓN 21 .944 .- : “ Corte Suprema de Justicia . - . — REÁLVALE SEPULVEDA CORRALES — . TN EE CONC!ERTO PARA N DELINQUIR - | CORRALES para que. . des¡gnara abogado habrendose este ¿ ' 'pronunc¡ado medrante escr¡to del 8 de marzo de 2001 en el sent¡do _ - " de que nombraba al doctor Ferney Álvarez Cadav¡dSubsanado lo anterror el 29 de marzo de 2001 se cerro de nuevo la _ ºmvest1gacson proced|endose el 31 de mayo de 2001 a calrf¡car el¿ . mento probatorlo del sumar¡o con resoluc¡on acusatorta en contra de Da - REÁLVALE SEPULVEDA CORRALES por Ia m¡sma 1nfraccron — |mputada en la defrnrcron de srtuac¡on Jur|d¡ca Mas adelante en

'memor¡al rec¡b¡do el 6 de agosto de 2001 el dr.: Ferney Álvarez' ' Cadav¡d renuncro al poder otorgado por el acusado En la etapa del 1u¡c¡o se des¡gno un defensor de of¡c¡o que a su vez - - nombro un abogado SUplente quren solrc¡to la nultdad de la _actuacron por desconoc¡m¡ento del derecho a Ia defensa tecnrca __ _ —"3:ademas de la pract¡ca de pruebas en el 1u¡cro En Ia aud¡encra 'preparatorla se: le negó Ia pr¡mera pretens¡on y se concedro lo. - segundo dlspon|endose el recaudo de Ios test¡mon¡os of¡c¡os y la — :"¡º'—_ampl|ac¡on de mdagator¡a "'º“.'-7__º-'_'La audrenc¡a publrca comenzo con la partrcrpacron del defensor: suplente del de of|0|o qu¡en part|c:po en el recaudo del test¡mon¡o _ — de D|omedes Lopez Mestra No obstante en la cont¡nuac¡on del 6 | Jun|o de - 2002 el srnd¡cado REALVALE SEPULVEDA '.CORRALES expreso que el abogado de ofrcto que Io representaba D '. 'lera una persona desconocrda para el y que por e| contrar¡o "pretendía rnvolucrarlo con Rafael Garc¡a afrmac¡ones que duo -__pod¡a demostrar con Ias dos Cºplas que en ese 8Ct0 aportaba una -

— correspondrente a un memonal poder a nombre del doctor Bernardo-. _ __República de Colombia '1 _ — _. “A De — emiemebrtenacni — - CASACIÓN 21.944 . - Corte Supremade Justicia . . N REÁLVALE SEPULVEDA CORRALES . O — CONC!ERTO_PARA DELINQUIR . “-David Quintero Herrera; y otra; una nota, mediante el cual el citado -- . — _abogado le solici'taba que firmara el p0der porqUe é| había sido _ _contactado por su fam¡l¡a y especralmente por su padrastro Rafael Garcra para que se encargara de su defensa Concedrdo e| uso de Ia palabra al dr. Qu¡ntero Herrera coñ el fn de“' ' dar ctarrdad a. la srtuac¡on e><phco que eso ocurrió en uno de sus ">VI8J€S a| Uraba Yadrz Ben¡tez le comento que REALVALE sei - encontraba en problemas y que Sandra la esposa de aquel quería ... - 7_lwhablar con e| para que le colaborara pero como fmalmente eso no""' ocurrro no !o presento :al proceso Explrco tambren que el contenrdo | '1:'__de la carta no pretendra rnvolucrarlo con Rafael Garcra además, su_ | jL-'_partrcrpacron en d:cho asunto como defensor Se debro a la ._-_fdesrgnacron ofrc¡osa “No obstante dejó en claro que el s¡ndrcado | estaba en I¡bertad de decrd¡r sr quer¡a que él contrnuara como su £yabogado — .. | — - 'y'En tales condrcrones y con e| anrmo de proteger el derecho a la-

'."Í'—'…—ffdefensa e| Juez decrdro relevar de| cargo a| doctor Bernardo Davrd?'» " Qu¡ntero Herrera y nombrar en su reemplazo al dr Jhon Jarme - Tabares Estrada - . - ' ' 'Superado Io anter¡or y culm¡nado el debate oral se drcto sentencra | en pnmera mstanc¡a de caracter condenator¡o la cual fue apelada. y"- _ ; '¡'_confrrmada por e| Trrbunal Superror de Ant|oqura en Ios termrnos; = '_;"precedentemente expuestos — República de Colombia — a “'_,o' .- r o U CASACIÓN. 944 . — CorteSupremáde Jusficia .. . - .- REÁLVALESEPULVEDACORRALES CONCIERTO PARA DELINQUIR -.LA DEMANDA: -- Í.'-'_ —: ºf-s-' Al amparo de Ia causal tercera del art¡culo 207 de Ia Ley 600 de 2000, acusa el demandante el fallo de segundo grado de haberse ! "drctado en un 1u1c10 v1c1ado de nu|¡dad por v¡olacwn a| derecho de — 1 defensa vulnerandose con e||o Ios artrculos 29. de Ia Carta Po|rtrca ' | ly los artrculos 103 y 104 de la Ley 600 de 2000 ' Con apoyo en ;un5prudencra de Ia Corte Const1tuc¡onal sobre el | ' concepto alcances y espec|al protecc:on que amenta e| derecho a | '.íídefenderse en e| proceso penal y af¡rma de mmed¡ato que en este;

— :.asunto su defend¡do estuvo prowsto de una defensa tecnrca apenasºj¿ —ºformal como qu¡era que la un¡ca ¡ntervenc¡on que hubo en tal”r — _sent¡do se reduce a una sol¡c¡tud de pruebas que ca|¡f¡ca de |Iegal | porque drcho acto Io Ilevó a: cabo un abogado suplente Dr DavidQu¡ntero des¡gnado por el defensor de of1c¡o Dr Ramón Fernando ". Drez Elejalde 0 | — ""¿º'AdICIonalmente e| Dr Davrd Qu¡ntero quren poster¡ormente fued - wdesrgnado defensor de of¡c¡o rec¡b¡o e| rechazo del s¡nd¡cado en la - audiencia de| 6 de 1un|o de 2002, porque en nov¡embre de 2001 Ie' - env¡o un poder y. una nota -cuyas cop¡as anexoen el que le | - man¡festaban que el poder que ad¡untamos para que Io f¡rme ya" -.'que por contactos con sus famrhares en espec¡al con RAFAEL 7

EMILÍO: GARCÍA (El viejo Rafa como cannosamenta Ie d:cen a suí-7"'.v = padrastro) fu¡mos contratados para real:zarI a act¡v¡dad defens¡va - | Lo anter¡or d|ce demuestra que toda costa sep retend¡o end:lgar I una responsab:hdad y en relac:on cone l senor Rafael Garc¡a Ia cua! “ - República de Colombia- . — ;1 - , - -—l

r e - — CASACIÓN 21, 944 — - Corte Suprema de Justicia _. ... V REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES - CONCIERTO PARA DELINQUIR | es inexistente, a través de 'un'defensor oficioso que no hizo ef menoresfuerzo para defender !os mtereses Iega!es que la. mrsma Iey le: — recomendo - — Insisetn el a “ integralidad de la defensa técnica: y material, 1 enfat¡zando que la v¡nculac¡on del procesado mediante |ndagator|a _ - so|o perm:te Ia defensa "de hecho y no conforme a derecho”, — -' max¡me que en este asunto no es . posrble sostener “que la_v' | rnact¡v¡dad del abogado de REÁLVALE SEPULVEDA CORRALES — ' ._obedece a una estrateg¡a smo como e| abandono de . la Iabor' …_;encomendada que |mp¡d¡o que aquel e¡erc¡era a cabal¡dad et ¡derecho de contrad¡cc¡on -'-'En este sent¡do expone que no fueron venf¡cadas !as c¡tas y | "-fconstancras dejadas por e| s¡nd¡cado en Ia d|l|genCIa de |ndagatona s ;¿presumlendose su responsab¡l¡dad un¡camente por ser re¡nsertado | _ fde| EPL y la defensa nada h|zo por desv¡rtuar Ios test¡gos de oidas Ne en que se basa la prueba |nd|dar¡a Eso ocurrió con la declarac:on V _Jurada de Agustrn Díaz Nisperuza y de Rafael Agu¡lar Barnos .

':-¡qurenes “ho obstante no referirse a su defend¡do fueron“" . determrnantes para el fallador en cuanto a su. |nd¡v¡duallzacrón — cuando qu¡en realmente aludro a ello fue Dromedez López Mestra s — en deponenc¡a trasladada al proceso s:n que fuera controvert¡da en — la audrenc¡a publrca porque esta persona se retracto de lo af:rmado- | 'a| respecto sosten¡endo que fue coaccronado por Ia F:scal de ' . nombre Glona . — Iuego de refenr d|versas normas de orden nacronal e '-A|nterna0|onal sobre e| derecho a Ia defensa precrsa que en este -- - 10 - República de Colombia p . - — —

A “ DT CAS IÓN21944

  • Corte Suprémá de Jústicia —... REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES_.

TP _ e CONCIERTOPARADELINQUIR. - caso de nada srrven las constancras secretarrales en cuanto 1a Iabor : 'º'defensrva de| abogado si n¡nguna actuac¡on |Ievo a cabo pues el.. “ hecho de haber recurr¡do la sentencra de prrmer grado no ¡mplrca que su Iabor fuera responsable 0dllrgenteCONCEPTO DE LA PROCURADORA TERCERA DEILEGADO EN L0 PENAL | _Una vezd estacadas las defrc¡encras de orden tecn¡co que a jUICIO de — la Representante del Mm¡steno Publ¡co ostenta Ia demánda de - .atentado algunoa | derecho aI a defensa tecnrca - '. 7

  • Enfatiza, - entorices; qú铺"ér' 26 de - enero ººde"2ooó""º'sº'é'—º:abríó¡ -tormalmente Ia 1nvest¡gacron ordenandose Ia captura del 1mputado pero. como no se pudo matenahzar el 22 de febrero se drspuso su - -|emplazamrento — | | — | Postenormente esto es, el 10 de . octubre cuando se produ1o - efectrvamente Ia aprehes¡on de SEPULVEDA CORRALES -en Ia'_' "c¡udad de Buenaventura de ;nmed¡ato a través de com¡s¡onado¿ f fue v¡nculado med1ante d|¡¡genc1a de lndagatorla en Ia que estuvo | “ as¡st1do de un defensor de of|cro Srn embargo aI advertrr que Ia" desrgnamon se hrzo un¡camente para ese acto procesal se requ¡noal sindicado para que nombrara abogado qu¡en e| 20 de| m¡sm0¡-_ V ”mes solrcrto se Ie as¡gnara uno - - E Repúblicad e Colombia — AA + CASACIÓN 2444 — — Corte Suprema de Justicia: 27 7 REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES” P C -__CONCIERT_O PARA DELINQUIR' -- _1'l2 0 de octubre se def¡n¡o la s¡tuacron jur|d|ca con med¡da"." detent¡va s¡n derecho a excarcelac¡on que se le not|f|co:- |

.fpersonalmente a. REALVALE SEPULVEDA CORRALES Entreíí - tanto esto es el 18 del mes en c¡ta el abogado de oficio: que as¡st¡o_E al procesado en Ia mdagatona puso en conoc¡m¡ento del F¡scal que _ _—_;_aquelh ab¡a s¡do v1ct¡ma de un atentado e Con Io anter¡or af¡rma la Procuradora Delegada esta demostradof 'que hasta ese momento el smd¡cado se encontraba representado_ 'por un defensor que estuvo atento de su s¡tuac¡on porque as¡ seVí..¡-'ídeducdee l hecho de mformar al F|scal e| atentado del que fuelf'_i i f-.'._-v:ct¡ma -¿En el m¡smo sent¡do destaca que el 19 de nov¡embre fecha en que l_ cobro ejecutona Ia resolucron de s¡tuac¡on Jur|d|ca e| s¡nd¡cado;_f-” , V-.=jjnombro defensor de conf¡anza desplazando as¡ al abogado anter¡or - l ':'_:"--'qwen -no obstante renunc¡o al - encargo | encomendadd.¿_' .. i'ííij=ºargumentandoq ue se encontraba en rmpos¡b¡l¡dad de trasladarse a'.- Ia c¡udadd eB ogota — | . | | rf-=_':'¿…'.As¡m|smo cerrada parc¡almente la mvest¡gac¡on el 5 de febrero de 2001 le. fue not¡f¡cada personalmente al s¡nd¡cado sm que se…

' 3'º-¿"-h|c1era Io m¡smo con e| defensor ante Ia |mpos|blhdad de Iocal¡zarlo — ._f¿f_ií'segun Ia constanc¡ae n ta| sent¡do " <-;_____'So||c¡tada la nu|¡dad parc¡al de Ia actuac¡on por parte del M|n|sterlo Pub|¡co a part¡r del estado que not¡f¡co la resoluc¡on de s¡tuac¡on "_-º_'-'_'_¿'jur|d|ca por cons¡derar que el procesado estuvo de5prov¡sto de_ defensa el 8 de marzo Ia F|sca||a 1nvahdo Io actuado y requ¡r¡o a | 2 República de Colombia . A , 7 CASACIÓN21Q44 -- Corte Suprema de Justicia …. REÁLVALE SEPULVEDA CORRALESU d E coucrsnropmmeuuou¡e - SEPULVEDA CORRALES para que nombrara abogado de - confanza lo cuaI efect¡vamente ocurno el 20 de marzo. s¡gu¡ente _'_EI nuevo abogado p|d|o copras se not¡f¡co de Ia def1n¡c¡on dei s¡tuac¡on Jur|d|ca y: alego de conclus¡on p|d|endo que se precluyera . - :Ia mstrucc¡on Eso demuestra que en ta| fase del proceso conto con | | defensa tecnrca porque el F|scal y el Mm¡sterro Publ1co estuv¡eron aten_tos para evitar el menoscabo deese derecho¿¿ | -"Ahora bren como e| 6-de agosto de 2001 el defensor contractual .

:..Írenunc|o a su cargo y el 1º de octubre s¡gu¡ente se d|o |n|c|o a Ia¿ . ¡ A-etapa de| jUICIO corr¡endose e| traslado del art¡culo 400 de Ia Ley 600 _ - de 2000, medrante of¡c¡o 2574 de| 22 de octubre de 200'I se entero— | _ía| procesado de d|cha s¡tuac¡on qu¡en guardo s¡|enc¡o a| respecto J | 7Entonces el Juez Ie des¡gno de nuevo uno de of¡c¡o quren a su¿"' turno nombró suplente y este a su vez sol¡c¡to en e| ]UICIO Iaf ', :practrca de unos test¡monros y Ia nul¡dad de Io actuado por v¡olacron., A " fa! derecho de defensa -gEn re|ac¡on con Io anter¡or Ia Delegada no encuentra reparos a la. suplencra del defensor de ofrc¡o porque Ia ley no hace excepc¡ones en ese sentrdo y con ese proceder eI abogado pr¡nc¡pal no .abandona su gestron n¡ Ia term¡na pues Ia des¡gnac¡on del sup!ente7 ' recae en otro abogado y lo es bajo la responsabrl¡dad de| pr¡mero - La actuac¡on pues no se v¡c¡a por ta| desrgnacron Por e| contrar¡o u .en este caso en la aud¡encra preparator¡a el .Juez nego la nul¡dad . 'ped|da por el defensor suplente desrgnado por e| de ofrc¡o y decreto a

. -_Repúbl_l_ca dé Colombia_.'_' e . T u CASACIÓN.2194 4 . - Corte Suprema de Justicia .. ... — REALVALE SEPÚLVEDA CORRALES CONCIERTO PARA DELINQUIR o - Ia practrca de varros de los testrmonros que proven¡and e Ios testrgos' _' -'de cargo los cuales fueron recaudados medrante comrsronado _.Asrmrsmo cuando se l|evo a cabo |a audrenc¡a publrca e| s¡ndrcado' De f.-""ya hab|a desrgnado una defensora de confranza quren msrstro en la _pract|ca de Ias pruebas pedrdas por el suplente Esta; sustrtuyo el ¡1 | 11 Í_.poder a otro abogado que asrst¡o a las declarac¡ones de L|bra deu 1—Q!'Jesus Corrales Garc¡a Sandra Patr¡c¡a Lopez Velez y Martha.f _ Rosar¡o Rrvas Mosquera " _Como e| 16 de abr¡l de 2002 renuncro Ia abogada quee1erc¡a Ia_ - defensa del srnd¡cado y este no hrzo nada cuando se le puso en conocrm¡ento |o ocurrrdo en auto de| 30 de abril de nuevo se Ie _ asrgno uno. de of¡cro que asrst¡o a Ias dos prrmeras sesrones de la — . ._'_audrenc¡a publrca o . Se refrere entonces a Ias copras de un poder y un - escrito — En presentados por e| procesado en |a segunda sesión de la audrencra | Ij' 1_publrca a Ias que a|ude el demandante para srgnrfrcar que el mrsmou

'Í'f".. labogado de ofrcro le rem¡t¡o un poder para que lo firmara, y que | - .:'.¿'..t"nalmente lo perrud¡co al re|acronarlo con Rafael García y no'_j . realrzar nrnguna actrv¡dad defensrvaa su favor - En este sent¡do precrsa e| Mmrsteno Publrco que el srndrcado no | expreso mconformrdad alguna con drcho profesronal srno hasta la : -segunda ses¡on de audrencra pub|rca pese a que fue el mismo que | 'f_—"estuvo en la prrmera Sm embargo como a|l¡ afirmó. que no conocía. '"al abogado que nadre de su famrlra lo habra contratado que, now'__' _ E Repúblicáde Colombia -- .

A ' o “ . CASACIÓN21944

Corte Supremade Justicia — ... — REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES o - _ o CONCIPAERA RDETLINOQUI R “tenía n¡nguna relac¡on con el senor Garc¡a y que nuncah ab¡a ten|d0 - padrastro eI Juez de mmed¡ato relevo a| c¡tado defensor - 'No obstante Ia pr¡mera ses¡on s| se h|zo con Ia part¡c¡pac¡on de'- v'.d|cho profes¡onal y aunque en ella se escucho e| test¡mon¡o de | 7-_Mtguel D|omedes Lopez Mestre qu¡en fue mterrogado por ese_l abogado aquél duo no conocer al s|nd|cado y no ser el Ia persona a la que hab¡a senalado como "AIfons¡to "' un |ntegrante de |

| Comandos Populares TS Aun as¡ Ia referencna que en Ia menc¡onada nota se h|c|era aR afaelf : Em¡l¡o Garc¡a al¡as “El V|ejo un re¡nsertado de| EPL que tamb¡en 'fue |nvesttgado por la masacre de Ia t" nca' “Los Caut¡vos no afecto' : - Ia s¡tuac¡on de REÁLVALE SEPULVEDA CORRALES como qu¡era - '.que e| defensor no adelanto n¡nguna gest¡on que Io v¡nculara con¿f f d|cha persona, 1y en Ias mstancras no fue tenrdo en cuenta como - prueba de responsab¡lndad V _'Ademas e| dr Qu¡ntero expl¡co que Yad¡z Ben|tez y Ia companeraº - - _del s¡nd¡cado Ie p|d|eron ayuda y el env¡o del poder solo obedec¡a a Ias mstrucc¡ones que le d|o Ia mu1er que no pretend¡a relac¡onarlo —con Garc¡a y que en tales cond¡c¡ones REALVALE deb¡a dec¡d¡rí "acerca de su representac¡on F¡nalmente Ia 1aud|encla se culm¡no con Ia part¡c¡pac¡on de un' abogado de ot"¡c¡o aunque una vez profendo e| fallo de pr¡mer - -'grado que fue condenator¡o e| s¡nd¡cado nombro defensor de»º»

"ºconf¡anza qu¡en apeló tal dec¡sron y poster¡ormente recurr¡óº extraord¡nar¡amente Ia sentenc¡a de segunda mstanc¡a | 15 --C C orte Sup— rÍ ea m— a de Justicia ” . . . . . REÁLVALE SEPÚLVEC DAA SA CC OI RU RN A L2 E1.94 S4ER e TT .. i CONCIERTO PARA DELINQUIR - No-hubo pues vu|nerac¡on a| derecho de defensa tecn¡ca porque el u prooesado srempre conto con Ia asrstenora de un. abogado bien - - desrgnado por eI o de of¡cro srendo enterado en todos los casos de 'Ia renuncra de| poder y provrsto de uno cuando no acudro a un' " defensor contraotuaI 1Tampoco se aprecra desoonocrmrento del dereoho a la defensa " mater¡a! porque srempre estuvo en posrb¡l¡dad de nombrar abogado ' -f¿fue notrfrcado personalmente de Ias dec¡srones adoptadas en esteí -…asunto y estuvo presente en Ias ses¡ones de Ia audrenc¡a pubhoa | Í—'.pud¡endo defenderse por si mrsmo Tampoco Ie asrste razon al demandante en Ias que1as sobre Ia no - _ver¡froac¡on de las crtas heohas por eI smd¡cado en la mdagator¡a ] - la |mposrbn¡dad de controvertir los testrmon¡os de Rafael. Agu¡lar l _Barrros y D|omedez Lopez N|speruza porque no demuestra de que' _

'—.ímanera se |mp|d|o su controvers¡a y term¡na fundrendo en e| mrsmo' conoepto esto oon e| pr¡norp¡o de no oontradrocron logroa Es decir; - 'propone una nu||dad que desarrollo oon argumentos prop¡os de Ia”' fcausal pr|mera --De todas"ma'neras la actuacron muestra que el defensor y el. prooesado tuvreron oportunrdad de contradeorr los cargos 'Así sef Í.observa en. Ia drIrgenma de |ndagatorra pues alií se le d|o a oonoCer._ _…_que e| agente del Das Agustrn Draz Nrsperuza sostuvo que aI|asff_“A!fons¡to" —apodo que el -propio SEPULVEDA CORRALES adm¡t¡o'__ _Q¿"í'tener ouando mrlrtaba en e| ELNpertenec¡o a los Comandos Iuego _:_'?Íse ret¡ro y se fue a Apartado porque lo 1ban a matar sus -- 16 — República de Colombia- '. ¿___/ C S _ '_ CASACIÓN21 944 + -Corte Suprema de Justicia; - / T REALVALE SEPÚLVEDA CORRALES A a UN AN — CONCIERTO PARA DELINQUIR_ companeros Esta vers¡on fue rechazada pore l procesado qu¡en sostuvo . que durante e| u|t¡mo ttempo trabajo en Ia empresa Agroabrbe en e| mun¡c¡p¡o de Carepa y v¡v¡o en una f|nca wlgualmente fue |nterrogado en relac¡on con lo expuesto porA lberto

— Rafael” Agu|lar Barr¡os en cuanto sostuvo que “Alfonsrto" era - ím¡embro de los Comandos Populares al mando de Rafael Garc¡a - "yfhecho que tamb|en fue negado por SEPULVEDA CORRALES De |gual manera el conten¡do de tales test|m0nros fue controvert¡do | ' -.en los alegatos precal|flcatorlos y en Ia aud¡enc¡a publlca | D|st¡nto es como aqu¡ ocurre que a| sopesar el fallador todo e| - | "fcaudal probatorto haya encontrado probado en grado de certeza que :.-¡_|a persona refer¡da por a|gunos test¡gos comolx Alfons|to “es 'REALVALE SEPULVEDA CORRALES" o e | | - Por Io expuesto entonces Ia Procuradora Delegada so||c¡ta de la ' '__"'Corte no. casar ef| al|o¡mpugnado e — _CONS!DERAC[Ó_NESE 1 Desacertados y descontextuahzados son los argumentos con'_ — “ base en los cuales e| demandante pretende la nu|¡dad de Io actuado _ ' Ípor falta de defensa tecn|ca — 2 En. efecto y no obstante que nutre su exposrcron con Ia -.'_trasncr¡pcron de la normatwad nac¡onal e ¡nternac¡onal que preve¿ - - : República de Colombia _.. .,7.

E : - CASÁCIÓN21 944

Corte Suprema de Justicia . — . .. REÁLVALE SEPÚLVEDA CORRALES

Ta E TT . CONCIERTO PARA DELINQUIRe

—íéÍeste derecho como una de Ias garant¡as Jud1CIales que con mayor ¡_.=¿icelo debe el Estado proteger el desarrollo de Iacensura :'Es1mplemente se d|strae en una ser¡e de escuetas, sueltas e |mprecrsas añrmacuones que ninguna func¡on pract¡ca ñi teor¡ca "Í_1 cumplen no solo frente a las reglas. bas¡cas que al demandante Ie - correspond¡a respetar de cara a la d¡alect¡ca que le es prop¡a al - recurso extraord¡nar¡o »de casación, . siño. en relac¡on con¡ Ios :-…_-_ pr¡nc¡p¡os generales que rrgen el mst¡tuto de la nul¡dad — f3 En ese orden eso portuno recordar que Ia flex¡b¡ltdad expos¡t¡va Í…que perm¡te la causal tercera de casac¡on no se traduce en una f'1 excepc¡on frente a algunos cond¡c¡onam¡etos de técnica que |mpone “ el recurso de casac¡on como el de argumentar en forma clara y | í_'_"prec¡sa Ios mot¡vos en :que se fundamenta el mot¡vo de ataque, y. las A-'…"__'--Í';Ínormas vulneradas No es, por cons¡gu¡ente pr¡v1leg¡ada frente a las '-"'demas porque su naturaleza ex¡ge la su;ec¡on a pnnc¡p¡os como Ios de mstrumental¡dad de las formas trascendenc¡a conval¡dac¡on y “ ¿_protecc|on - 4 El motwo de nul¡dad pues no se Just|fica n exphca as¡m|smo

  • ._con su mera af¡rmac¡on Su naturaleza en cuanto sanc¡on procesal - que obliga a reencausar Ia actuac¡on a Ios límites |mpuestos por la.. . const¡tuc¡on y la ley, necesar¡amente tiene-que conilevar. un efecto reparador yprotector de las bases “de la mstrucc¡on o el . Juzgam|ento o de Ias garant¡as fundamentales de Ios su1etos ' :procesales - . | 5 As¡ s¡ un concepto ampho sobre el derecho a defenderse |mpllca ':Ia pos¡b¡l¡dad de repeler una agres¡on o de rechazar algo que 18 _ República de Colómbiai . ———_—] o 7 ' — -CASACIÓIKIL')_1944 " Corte Suprema de Justicia. — REÁE_.VALE SEPÚLVEDA CORRALES — - . _' o _ . — CONCIERTOPARADELINQUIR resulta per¡ud:cral la depuracron de estos elementos al mter¡or del' —-proceso penal e |ntegrados necesarramente a la noc¡on de debrdo¿ | proceso oblrgan a consrderar la defensa técnrca y la materral como-rf - "una un¡dad cuya mrs10n es desde Iuego proteger la d¡gnrdad del[ -rndrvrduo su3eto y destrnatarro de la ley penal y del poder punrtrvo del'.' Estado, cuyo l¡m¡te se encuentra precrsamente en Ios derechos y" "garant1as fundame

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