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CSJ - SP22123(26-04-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP22123(26-04-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

+ — , Página 1 de 14 , Unica irgstancia N? 22.123

JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ

Aprobado Acta N: 37

Bogotá, D. C., veintiséis de abril de dos mil seis. VISTOS La Corte evalúa si dentro de la presente indagación preliminar adelantada respecto del Senador, JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA, existe mérito para iniciar inVestigación penal.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

1. Mediante escrito dirigido al Presidente de la República, el señor Guillermo Staling Rossi Quintana denuncia una serie de , Página 2 de 14Unica í¡jstancía N 22.123

JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA Conte Q'Z;ámm aíaW iregularidades supuestamente cometidas pór quien para la época de los hechos noticiados aspiraba a ser elegido como Senador, JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA, sindicándolo de ser testaferro del ex-parlamentario Carlos Abadía, dirigente político asentado en el puerto de Buenaventura, procesado y condenado por la justicia penal colombiana por blanqueo de capitales, y artífice de la quiebra del Banco Central Hipotecario de esa ciudad. El entonces aspirante al Congreso, invirtió en su campaña más de 1.200'000.000.00, advierte el denunciante; con agasajos y

derroche de dineros, hizo elegir alcaldes, concejales y reinas, y muy conocidas fueron us relaciones con señalados narcotraficantes de la región. La asesora de la Secretaría P_riváda de la Presjdencia de la República remitió el escrito én cuestión á la Dirección Nacional de Fiscalías para lo de su cargo, y ésta a su vez lo envió a la Secretaría de la Sala de Casación Penal de la Corporación por tratarse de denuncia contra un aforado, como quiera que para las fechas en que el susodicho memorial fue radicado en las citadas , Página 3 de 14 . Unica irgstancia NC 22.123 JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA 4 dependencias, JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA ya ostentaba la condición de Senador de la República.

2. Con auto del 29 de abril del pasado año se ordenó indagar porl a real identidad del denunciante y el lugar de su domicilio y, del mismo modo, acreditar la calidad foral del denunciado. 2.1. Logrado lo primero a través de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se dispuso que el quejoso ratificara y ampliara su queja, para lo cual se comisionó al Juez Penal del Circuito en reparto de Buenaventura.

Fue así como el denunciante Rossi Quintana compareció al Juzgado 1% Penal del Circuito de Buenaventura, y en dicha dependencia admitió ser el autor del escrito en.cuestión. Allí sostuvo haber sido militante del movimiento político que llevó a la dignidad senatorial a MARTÍNEZ SINISTERRA, al cual perteneció

por un lapso de 7 años, retirándose del mismo por el incumplimiento de los compromisos que entre ambos pactaron respecto de aspiraciones burocráticas que inicialmente se le , Página 4 de 144) | Unica instancia N 22.12 JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA 7 Es A Y'a3 : Conte Q¿á de _Justicia prometieron. En cuanto a la sindicación qúe le hace al Senador de ser testaferro de Carlos Abadía, refiere que esto es así porque el citado Congresista siempre le decía que “todo movimiento político que él fuera a hacer aquí o dentro del País debía consultarlo con el patrón que era el doctor CARLOS ABADÍA”, de quien recibía órdenes y, en suma, era su jefe político. En relación con la inversión de cifras millonarias en la campaña política del año 2002 por parte del parlamentario en mención, asevera que esá información la obtuvo de amigos que directamente escucharon a su denunciado hacer ostentación del poder político y “ecoqómico en la región, siendo el “más veraz de ellos”, Luis Alberto Mosquera Yepes, quien hace años se encuentra radicado en Estados Unidos. 2.2. Y en cuanto a lo segundo, el Sub-Secretario General dlel Senado de la República hizo constar que JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA, según credencial expedida por el Consejo nacional Electoral, fue elegido para integrar esa célula legislativa para el período constitucional 2002-2006, quien tomó posesión del cargo el 20 de julio de 2002. Página 5 de 14 +| Única z'r¡zstancia N9 22.123

JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA

3. El 2 de diciembre de 2005, la Sala decretó la apertura de una investigación previa. 3.1. En desarrollo de la misma, la Corte escuchó la versión 'del senador JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA -Fis. 41 a -49-, diligencia en la que ño obstante aceptar que conoce “por razones políticas” a su —denunc¡ante, sin embargo se muestra ajeno a los hechos presuntamente delictivos que el antes nombrado le imputa.

Así, empieza por explicar que Rossi Quintana se retiró de la organización política que él lidera, porque su aspiración de ser concejal quedó trunca al postularse a otro candidato, negándosele el aval que pretendía. “(...) a partir de allí -afirmase declaró enemigo de la organización y pañicularmente de mí persona, y desde ese entonces no ha hecho cosa diferente que difamar de mií nombre con acusáciones infundadas en las esquinas de la ciudad de Buenaventura y hoy que tengo conocimiento de esta , Página 6 de 14 Unica instancia Ne 22.123 — JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA acusación que para mi no tiene ningún fundamento porque es retaliación por no haber logrado sus objetivos (...)” No niega sus relaciones de índole política que a partir de 1993 cuando inició su carrera proselitista, mantuvo con el entonces diputado Carlos Abadía, situación que de alguna manera generó “cierto grado de amistad” entre ambos. Empero, de allí a afirmar que es o fue testaferro del citado personaje, existe mucho trecho, deja entrever, acusación que sólo puede

provenir de una persona resentida con tal de poner eñ tela de juicio sus actuaciones. Conoce, sí, que Abadía fue procesado por el delito de enriquecimiento ilícito, actuacióñ que culminó con condena, la cual ya cumplió, encontráñdose retirado, por voluntad propia, de la actividad política. Sin embargo -adviertesu nombre jamás se vio involucrado en el referido 'proceso, como tampoco sus bienes, como quiera que nunca ha recibido u obtenido dineros de procedencia ilícita, circunstancia esta que cabe predicarse de su movimiento político, por lo que resulta ser falso que hubiese recibido apoyo económico del citado Abadía, lo cual bien puede constatarse en los informes financieros que rindió al Consejo , Página 7 de 14Á i Unica ir;stancia N 22.12 JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA — P Nacional Electoral a raíz de las inversiones que hubo de realizar en la campaña proselitista que emprendió para poder ser elegido Senador. En ellos, ningún aporte figura de Abadía, pues ni siquiera se lo ofreció. Al efecto allegó el informe de ingresos y gastos de la campaña que aportó al Fondo Nacional de Financiación de Partidos y 'Campañas Electorales del Consejo Nacional Electoral -Fis. 52 a 57-. Tampoóo es cierto, como lo asegura el denunciante, que Abadía como su supuesto mentor político le hubiera impartido órdenes para que desplegara sus actividades de proselitismo de tal o cual manera, puesto que con autonomía y orientadas bajo -SUS propios criterio y principios las ejerce. A partir del proceso

judicia'l que se le adelantó al citado Abadía, se desligó por completo de él. Nada conoce de la quiebra del Banco Central Hipotecario de Buenaventura, aduce, y el crédito que obtuvo de dicha entidad oportunamente lo canceló, de lo cual está en condiciones de aportar el respectivo paz y salvo. Como ninguna injerencia tenía , Página 8 de 14 Unica instancia N 2212 JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA en la mentada institución, resulta ser falsa la acusación de su detractor en cuanto dizque le ofreció colaboración para que se le otorgaran préstamos con faciliáades de pago, como mendaces son también sus afirmaciones de haber financiado su campaña política para el actual período legislativo con dineros de duúdósa procedencia, lo cual realmente hizo con recursos propios, aportes de amigos, rifas y bonos, entre otros. En suma, agrega finalmente el imputado, la campaña de desprestigio orquestada por Rossi Quintana en contra suya obedece a su resentimiento por lo anteriormente anotado, esto es, porque la organización política a la que pertenecía no le otorgó el aval para ser concejal de Buenaventura. 3.2. El dicho del senador MARTÍNEZ SINISTERRA en cuanto a que los dineros empleados para financiar su campáña política los obtuvo de actividades lícitas como rifas, bonos, recursos propios de la misma organización y de sus m¡litantes, encuentra plena confirmación en los testimonios que la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, por comisión, le

, Página 9 de 14 / Unica instancia N 22.123 . JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA %M(l& g:;&… a'&W recibió a Hemel Hurtado Angulo, Alberto Machado Ceballos y Eíber Gustavo Navarro Piedrahita -Fls. 80 a 87-. Los dos últimos, niegan rotundamente que Carlos Abadía le hubiese brindado apoyo económico al denunciado Senador para la campaña de 2002 en la ckual resultó electo como miembro de dicha célula del Congreso de la República, lo que bien se puede constatarasegurana través del informe financiero presentado al Consejo Nacional Electoral que fue objeto de difusión en un periódico de ¡ampl¡a circulación en la región. Machado Cevallos, inclusive, sostiene que las imputacionequse Rossi Quintana le formula a MARTÍNEZ SINISTERRA se deben a que el denunciante “simplemente está dolido porque no le dieron unos cargos en Buenaventura y, además, porque no fue inscrito como candidato al Concejo en esa oportunidad.” 3.3. Como quiera que Rossi Quintana dijo específicamente tener como fundamento de su denuncia la información que acerca de las irregularidades noticiadas recibió de LUIS ALBERTO MOSQUERA YEPES, de quien simple y llanamente sostuvo que en la actualidad se hallaba residiendo en Estados Unidos de , Página 10 de 14 — Unica instancia N9 22.123 JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA e + O Ea Conte g;;&… de _Justicia América, la Corte le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado

Civil procediera a suministrar los datos pertinentes sobre la identidad de dicho individuo. Su réspuesta fue que después de consultar los archivos físicos y magnéticos de la entidad, “no se encontró información alguna” a nombre de esa persona -Fls. 68-. 3.4. En orden al esclarecimiento de los hechos, la Sala también ordenó oficiar a la Dirección del Fondo Nacional dé Financiación de Partidos y Campañas Electorales a efecto de que | certificara si había impartido aprobación o no al informe de ingresos y gastos que en relación con su campaña presénfó el electo senador MARTÍNEZ SINISTERRA, obteniéndose respuesta eu positiva que obra a Fls. 70 a 75, correspondiéndole por “concepto de reposición de gastos de campaña” la suma de $71'201.637.00.

4. Como bien se sabe, la investigación previa tiene, entre otras, la finalidad de establecer si la conducta que ha sido puesta en conocimiento de las autoridades tuvo ocurrencia o si está descrita en la ley penal como punible, según lo preceptúa el artículo 322 de la Ley 600 de 2000. , Página 11 de 14Unica i¡gstancia No 22.123

JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA NNh Tal era el cometido de la Corte al ordenar que se adelantara esta indagación preliminar, pues, en apariencia, la denuncia formulada por el señor Guillermo Staling Rossi Quintana satisfacía los requisitosseñalados en el artículo 29 del Código de Procedimie'nto Penal de 2000. Además, allí se daba cuenta de

conductas que merecían su esclarecimiento, al menos para establecer si, en efecto, estaban definidas como punibles. Sin embargo, adelantadas las pesquisas, no existe la menor evidencia que ponga de manifiesto que el senador MARTÍNEZ S/NISTERRA hubiese infringido la ley penal o que haya propiciado la comisión de los supuestos delitos que se le endilgan, como seguidamente pasa a verse. Ciertamente, ocurre que los hechos denunciados como constitutivos de supuesto delito, ningún respaldo, por ahora, han encontrado en las diversas pruebas cuya práctica para dicho efecto ordenó la Sala. Por el contrario, las explicaciones del .denunciado acerca de las actividades realizadas en orden a qE Página 12 de 14 Única znstancza No22.123 JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA T obtener los recursos pertinentes para la financiación de su cámpaña, fueron las que salieron avante al hallar plena confirmación tanto en los elementos de juicio de carácter testimonial, como en los de naturaleza documental allegados al averiguatorio, tal como quedó reseñado con antelación. En tanto que el presunto informante al que el denunciante hace alusión señalándolo como confidente de las irregularidades atribuidas al citado parlamentario, no sólo es persona procesalmente desconocida, sino que también resulta ser inidentificable como quiera que de ella no existen datos en la propia Registraduría del Estado Civil. La relación de los ingresos y gastos de la campaña del denunciado congresista, merecieron el aval del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, al punto que

buena parte de aquéllos le fueron devueltos por concepto de reposición. eprública de Colembia — , Página 13 de 14 DRE Unica instancia N 22.123 JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA P Gunte %¡¿m de _Justicia Todas estas situaciones conllevan a poner en tela de juicio las imputaciones dichas, cuya inverosimilitud, dada la manera como han sido desvirtuadas, salta a la vista. Así las cosas, aparece que las conductas endilgadas a JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA, Senador de la República, no han existido, motivo por el cual la Corte se inhibirá de abrir instrucción de conformidad con el artículo 327 de la Ley 600 de 2000. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal, RESUELVE INHIBIRSE de abrir investigación respecto del senador JUAN CARLOS MARTÍNEZ SINISTERRA en relación con el presente asunto, conforme a las motivaciones plasmadas en el cuerpo de esta providencia. , Página 14 de 14 Unica instancia NS 22.123 JUAN CARLOS MARTINEZ SINISTERRA Cópiese, notifíquese y cúmplase

COMISION DE SERVICIO

MAURO SOLARTE PORTILLA

ÉDGARYOMBANA TRUJILLO

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RA RUIZ NUÑEZ

Secretaria

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