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CSJ - SP22428(25-10-2004) (3)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP22428(25-10-2004) (3)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2004

República de Colombia Revisión 22428 C/. Deisy Kerima Angulo Sánchez

Corte Suprema de Justicia Proceso No 22428

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÒN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. ALFREDO GÒMEZ QUINTERO

Aprobado Acta No. 92 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil cuatro (2.004).

VISTOS: Se pronuncia la Sala acerca del impedimento manifestado por uno de los conjueces sorteado para que intervenga en este asunto.

ANTECEDENTES: República de Colombia

Revisión 22428 C/. Deisy Kerima Angulo Sánchez

Corte Suprema de Justicia 4 El doctor EDUARDO TORRES ESCALLÓN designado por sorteo conjuez para intervenir en este asunto declara hallarse impedido para conocer del mismo con fundamento en lo previsto por el numeral 5 del artículo 99 del Código de Procedimiento Penal, por considerar que con el doctor Gustavo Vargas Sastoque, quien es apoderado judicial de la condenada DEISY KERIMA ANGULO SÁNCHEZ, mantiene amistad íntima desde el año de 1960 hasta la fecha. El motivo aducido por el conjuez se ajusta a las previsiones del precepto invocado, razón por la cual la Sala aceptará el impedimento manifestado, sin que se haga necesario su reemplazo por otro al no afectarse con su separación el quórum decisorio, tal como lo dispone el artículo 54 de la ley 270 de 1996 en concordancia con el artículo 103 de la ley 600 de 2000. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal

RESUELVE: República de Colombia

Revisión 22428

de la ley 600 de 2000. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal

RESUELVE: República de Colombia

Revisión 22428 C/. Deisy Kerima Angulo Sánchez

Corte Suprema de Justicia 4

1. Aceptar el impedimento manifestado por el doctor EDUARDO TORRES ESCALLÓN para intervenir en este asunto, por lo cual se le separa de su conocimiento.

2. No reemplazar al Conjuez impedido porque su separación no afecta el quórum decisorio de la Sala.

FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA LUIS BERNARDO ALZATE

GUILLERMO ANGULO GONZÁLEZ CARLOS ARTURO CANO JARAMILLO

SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO LUIS ARNOLDO ZARAZO OVIEDORepública de Colombia

Revisión 22428 C/. Deisy Kerima Angulo Sánchez

Corte Suprema de Justicia 4 Teresa Ruiz Núñez Secretaria

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