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CSJ - SP22473(19-10-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP22473(19-10-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

.. “Casación No.2?473 MARCO TULIO BERNAL MARTINEZ República de Colombia :. j' g Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: |

Dr. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado AÁcta No.119 Bogotá D. C., diecinueve (19) dé octubre de dos mil seis (2006). VISTOS La Sala resuelve sobre el desistimiento del re¿urso extraordinario de casación, manifestado por el defensor del procesado MARCO TULIO

BERNAL MARTÍNEZ. |

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. Mediante sentencia de fecha 22 de agostó'de 2003, el Juzgado Tercero Penál del Circuito de Tunja condenó a MARCO TULIO BERNAL MARTÍNEZ a la pena principal de trece (13) años de prisión como autor responsable del delito de homicidio y a las penas accesorias de inhabilitación de derechos y funciones públicas por un período equivalente al de la pena de principal y la prohibición de consumir

2 Casacidn No.22473 — MARCO TULIO BERNAL MARTÍNEZ República d_e_e_Qolombia - - y Corte Suprema de Justicia bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas por el término de tres años. Lo condenó también al pago de perjuicios de orden moral causados con el delito en cuantía de treinta y cínco (35) salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha a favor de los padres de la víctima. No concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena

ni la prisión domiciliaria. La sentencia fue confirmada integralmente por el Tribunal Superior de Tunja, mediante decisión de 30 de enero de 2004: La demanda de casación presentada por el apoderado judicial del procesado ante el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Tunja, fue remitida a esta Corporación una vez se cumplieron los traslados de rigor. Posteriormente el defensor del procesádo_ MARCO TULIO BERNAL MARTÍNEZ a través de un memorial por él suscrito manifestó a este despacho su voluntad de desistir del recurso de casación La Sala aceptará el desistimiento expresado por el defensor del procesado MARCO ATULIO BERNAL MARTÍNEZ, puesto que se trata 3 Casación No.22473 - MARCO TULIO BERMAL MARTINEZ República de ColombiaN eo n Corte Suprema de Justicia de una opción válida, derivada de la naturaleza esencialmente dispositiva del recurso extraordinario de casación, prevista en el artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (Ley E00 de 2000) en los siguientes términos: “Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sa.|a decida.” En ese orden de ideas, por quedar en firme la sentencia impugnada, las diligencias deben retornar al Juzgado de origen, por intermedio del Tribunal Superiorde Tunja, para que se disponga lo pertinente a su ejecución. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, RESUELVE PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso extraordinario de casación manifestado pore l defensodre l procesado MARCO TULIO

BERNAL MARTINEZ.

En coñsecuencia, queda ejecutoriado el fallo del 30 de enero de 2004, mediante el cual el Tribunal Superior de Tunja confirmó la sentencia de primera instancia. 4 ' Casación No.22473 . 1 - MARCO TULIO BERNÁL MARTÍNEZ República de Colombia 1 Corte Suprema de Justicia - SEGUNDO: Enviar copia del presente auto a la Dirección de la Cárcel del Distrito Judicial de Tunja. Notifíquese, devuélvase al Tribunal de origen y cúmplase

EXCUSA JUSTIFICADA

MAURO SOLARTE PORTILLA

)

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

ÁLVARO ORFANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN

M V A M

YESID RAMÍREZ BASTIDA

— Sewjetaria

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