CSJ - SP22525(18-05-2005)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP22525(18-05-2005)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2005
7
Rad.22525. CASACIÓN
DAMARIS NAVARRETE ZULETA
. DESISTIMIENTO
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado acta N 039
Bogotá, D. C., dieciocho (18) de mayo de dos mil cinco (2005). VISTOS Resuelve la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación presentada por la defensora de la procesada DAMARIS
NAVARRETE ZULETA.
ANTECEDENTES
1. La defensora, en escrito que hace llegar a esta Corporación, manifiesta que desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia.
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Rad.22525. CASACIÓN
DAMARIS NAVARRETE ZULETA
DESISTIMIENTO
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
2. El Tribunal Supenor del Distrito Judicial de Neiva, mediante señtencia del 26 de marzo de 2004, confirmó la condena que el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Garzón, impuso a la mencionada procesada, por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes contemplado en el inciso ? del artículo 376 del Código Penal.
J. Interpuesto oportunamente el recurso extraordinario de casación por la defensora de la procesada, el mismo fue concedido.
4. Encontrándose el proceso al despacho para el estudio formal de la demanda de casación, la defensora presenta la citada solicitud de desistimiento del recurso extraordinario.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE Es de reconocer que la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario de casación le asiste a la parte que lo interpone, hasta antes de que la Sala decida, al tenor del artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000). Teniendo en cuenta lo anterior, resulta procedente la petición formulada por la defensora de la procesada. En consecuencia, se admitirá el desistimiento del recurso extraordinario.
Rad.22525. CASACIÓN
DAMARIS NAVARRETE ZULETA
DESISTIMIENTO
República de Colombia Corte Suprema de Justicia En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE ADMITIR el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por la defensora de la procesada Damaris Navarrete Zuleta. Contra esta decisión procede recurso de reposición. Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen. Cúmplase. MA An
MARINA PULIDO DE BARÓN n
PÉREZ HERMA =ALÁN CASTELLANOS N … — e >
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO EDGAX e BANATRUJILLO
Rad.22525. CASACIÓN
DAMARIS NAVARRETE ZULETA
DESISTIMIENTO
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