CSJ - SP23198(28-02-2005)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP23198(28-02-2005)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2005
… &INSTANC]A 23.198
— CARLOS JOSÉ DAZA DAZA
“CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
- SALAD E CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
ALVARO ORLANDO PEREZ PINZON
APROBADO ACTA No 013
Bogota D C vemt¡ocho (28) de febrero de| dos m¡| cmco (2005) | _ VISTOS Se pronunc¡a la Sala sobre la solicitud de| beneficio . 'adm¡n¡strat¡vo de perm¡so por 72 horas que formula el - u,.r .rr¡
doct0r CARLOS JOSE DAZA DAZA.
ANTECEDENTES Med¡ante sentenc¡a del 12 de octtbre del 2004, el Tr¡bunal Super¡or de R¡ohacha condenó: al doctor DAZA DAZA a 42 meses de pr|5¡0n, multa por valor equ¡valente a 60 salar¡os m¡n¡mos mensuales legales e: inhabilitación de derechos Y fu_n_c¡ones pública por el mismo término de la ¡Í=!'_T'3.Í'k,( 15 7 102 CARDOS JOSÉ DAZ —ºa Úñr ñ pc…na prsvatwa de Jlibertad, como aubar del delito de
DÍ'EV3I"ICBÍ'Ú p0r BCCHJÍ1
El pr'oceso Se encuentra en esta Corporación, 5urt:endo el tram¡tc del recurso de dp(“¡ñ(“lf)¡í mLvrm…¿r= Lo ¿ '_:p0l' el defensor contra el a!ud¡do fallc3… -
LA MEM£E€ÍEN
Despues .de -examinar rada uno de los requisitos ex¡g¡dos pc3r el art¡culc3 147 .de la Ley 55 de 1993, que - cc3ri5¡derá reumdos y de aclarar que de c: mform¡dad con iru . “ d|spuest0 pc3r el artículo 59. del L>errz;—:h 1.542 de 19')? _t¡ene dereche a| benef“c¡o administrativo por haber sido cendenado en pr¡mera ¡nstanc¡a el durtm DAZA: DNACA sol¡c¡ta que se le autc3rnce la concesión d $ permiso por 72 - hc>ras CONSIDERACIONES <La Sala en cr¡ter¡c3 que ahr¡ra reitéra, ha sestenido que&el perm130 de ha_-,ta por 72 horas previsto por el ':art1culi¿)' 147 de la Ley 65 de 1993, es un beneficio '_,adm¡nlsl"rativo que sólo es dable conceder a quienes además de reunir otros requisitos emg¡c…lcu—:… por ._Ia misma norma, tienla ecalnida d de condenados, esto es, de
TANCIA 23408
CARLOG JÁSÉ.DAZA DAZA aquellas peo na% que se encuenfrar: a¿ :ctadas por una ' sen tenc¡a condenator¡a en firme. _As se duo "por ejemplo, en el auto del 19, de sepl:¡¡ernbr€ºdcl 2004 rad¡rado 22.112, M. P. Herman :Galan Cash——llanos en el que se concluyo En efecm al.ser “modificado PÍ artíulo 147 gdel ..…0d"áa)
Peml: enc¡ano y Carcelar¡o por. el artículo 59 del Decreto 1547 de 1997 5e md¡co que ron el fin de : garant:za¡ EU CUMplimanto, los 'd|rectores de'los estahíec1rmenlo& ¿.¿rcelanor y penitenciario: , pociran conceder perm¡sos de 72 horas 3 Tos comdenades en única, . ME — pnmera _¡f 5egunda .rr:5£anaa o cu3w Fecurso de casación se encuentra pendienías, prewo ef cumpl:m¡ento d'e fos reqmsr4fo…— E bena¡alfo ( F<…El'í¿'¡l¡.;;llíº') fuera de _ te=xto), e.… dec¡r que s¡gue pr¡mando la condici Ión relativa que e = benef'c¡o solo esta prev¡ sto para aquellas por5mm ae ha side fcondenadas,, pe_se -ahaberlo hecho extensivo a los procesados "respecLo déw los'cualc.s se encuentre pendiente el rectuimo de casarmn 5¡tuac¡on que |mpllca de por si una prolongación mas del '-jfproceso» mas no as¡ par¿ aauelln.; casos en lo que la ley procesal nopreve la pos¡h¡l¡dad de acceder a ese recuiso extraordinario, y en los que el proceso se agota con Ia segunda inistancia, =. lfsl:a8!tuac¡on que no fus; mud¡luzada por el Dec refo 237 de 1998 exped¡do para reglamentar la aplicación del artículo 147 —de la Ley 65 de 1997 que en su artículo 19 reitera la misma d|5pos¡c¡on, pero aumenta las ex1genc¡a% para su ote¡ll.—1mle,nlo
- cuando la condena sea superior a 10 años de prisión, reiterande que es una facultad discrecional del Director de la Carce! la cua l dehe 5er e_¡erc¡da ba]0 la v¡g¡lanc¡a del 1uez de e¡ecuuon de penar ra% 3TAP—ICIA 2310 5 SE DAZA DAZA y med¡das de segur¡dad de cnnform¡dad con lo establecido pnor el art¡culo 79 5 de| Cod¡go de Proced¡m¡en!…o Penal,” A T Por Io tanto como el doctor DAZA DAZA ho ostenta .Ia cahdad de condenado pues, como se dijo, el fallo de -_pr¡r;1er|an .atanc¡a debe ser rev¡saado por la Corte en virtud del , recurºo de apelac¡0n que en su co ra interpuso al R -defensor es claro que por-e::i:a razón -sin necesidad de e:xammar Ioº dema5 requisitos |<…galº»—- la solicitudp .raff:f " 1 > E .'J. …>' —¡ que se autor¡ce el disfrute de ese beneficio administrativo | debe ser negada | En me:_r¡to de lo expuesto la Sala de Decisión Pr-m! | _de Ia Corte Su¡3rem¡& de Justicia, RESUELVE _ NEGAR Ia so|¡c¡tud que respecto del beneficio V "íadmlmstratlvo de pe-rm¡so por 72 hú'="'£35 elevó €.…Í dú(:iur' —7 …':CARLOS JDSIE DAZA DAZA. | | ..º“?99tifiq uese y cúmplase. H
“ “MARINA PULIDO DE BARÓNSIGIFREMO HERMAR| GALAR CASTELLAMETE
ALFREDO.GÓMEZ QUINTERO — ':.' “?…'-' 9K : '-€' ._l - . . _ D 7 , Y £ , Z — ó__ylvl;/-¡7 ,/ — ALVARO 0. PÁREZ PN20 N — JORGA Ó AATERO MÍLAMES X Ne —1¿__…'¡¿1-¡-, Ea — , a , :V- - 1 —