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CSJ - SP23716 (17-08-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP23716 (17-08-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

REPUBLICA DE COLOMBIA

! A Corte Suprema de Justicia REVIS 23716

LUIS FERNANDO HENAQ MUNERA

'CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No. 87 Bogotá D.C., diecisiete (17) de agosto de dos mil seis (2006) VISTOS Se pronuncia la Sala acerca del escrito presentado en representación de LUIS FERNANDO HENAO MÚNERA, en el que formula demanda de revisión contra el fallo del 7 de abril de 1995 por medio del cual el Juzgado Penal del Circuito de Apartadó (Antioquia), lo condenó como responsable a título de autor del delito de homicidio, decisión que, según se indica, no fue recurrida. l

REPUBLICA DE COLOMBIA 2

Corte “€'|]í)rema de Justicia REWEIÓM 23716 LUIS FERNANDO HEN .O MUNERA CONSIDERACIONES DE LA SALA El numeral 3% del artículo 76 de la Ley 600 de 2000, establece claramente que a los tribunales superiores de distrito judicial corresponde conocer de “la acción de revisión contra las sentencias, la preclusión de investigación o la cesación de procedimiento ejecutoriadas que hayan sido proferidas por los jueces del respectivo distrito o sus fiscales delegados”. Según el numeral 2 del artículo 75 del mismo ordenamiento a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le compete conocer de "/a acción de revisión cuando la sentencia, la preclusión de la investigación o la cesación de procedimiento

ejecutoriadas hayan sido proferidas en única o segunda instancia por esta corporación o por los tribunales superiores de distrito o por los fiscales que actúan ante ellos”. Así las cosas, en atención a que la acción de revisión ejercida en este caso se dirige contra la sentencia de primera instancia proferida el 7 de abril de 1995 por el Juzgado Penal del Circuito de Apartadó, por cuyo medio fue condenado LUIS FERNANDO HENAO MÚNERA como autor penalmente responsable del delito de homicidio, fácil resulta advertir que la autoridad judicial competente para conocer del libelo es el Tribunal Superior de Antioquia, situación que hace necesario que la Sala se abstenga de pronunciarse sobre el escrito aludido y ordene remitir el asunto a la mencionada Corporación. Esta decisión se comunicará al demandante. lu

REPUBLICA DE COLOMBIA yea

Corte Suprema de Justicia REVIS! 716 LUIS FERNANDO HENAQIMÚUNERA En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE

JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,

RESUELVE

1. ABSTENERSE de emitir pronunciarñiento respecto del escrito presentado en representación de LUIS FERNANDO HENÑAO MÚNERA en procura de la revisión de la sentencia condenatoria proferida en su contra, por las razones expuestas en la anterior motivación.

2. REMITIR en consecuencia, el asunto a la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, para lo de su competencia.

Comuníquese y cúmplase. —— a

TXCUSA JUSTIFICADA - PERM¡SO

SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

REPUBLICA DE COLOMBIA

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MARINA PULIDO DE BARÓN

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JORGE LUIS QU TERO MILANES YESID RAMÍREZ BASTIDAS

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