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CSJ - SP24086(21-02-2007)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP24086(21-02-2007)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2007

Casación No.24086

JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia Proceso No 24086

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.25 Bogotá D. C., veintiuno (21) de febrero de dos mil siete (2007). VISTOS La Sala resuelve acerca del desistimiento del recurso extraordinario de casación, manifestado por el procesado JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO y coadyuvado por el defensor público.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. Mediante sentencia de fecha 10 de marzo de 2005 el Juzgado Penal Municipal de Tocaima condenó a JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO a la pena principal de noventa y tres (93) meses de prisiónCasación No.24086

JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia 2 en calidad de coautor del punible de hurto calificado y agravado y a la pena accesoria de inhabilidad e interdicción de derechos y funciones públicas, por el mismo tiempo de la pena principal. Además por concepto de perjuicios materiales y morales lo condenó al pago de $3000.000 y no le concedió la suspensión condicional de la pena ni la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión intramural. Dicha sentencia fue modificada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito en segunda instancia, mediante fallo de mayo 2 de 2005, en el sentido de condenar a JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO a la pena principal de 67 meses y 15 días de prisión y confirmó en todo lo demás.

Circuito en segunda instancia, mediante fallo de mayo 2 de 2005, en el sentido de condenar a JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO a la pena principal de 67 meses y 15 días de prisión y confirmó en todo lo demás.

2. La demanda de casación presentada por el apoderado judicial del procesado ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Girardót, fue remitida a esta Corporación una vez se cumplieron los traslados de rigor.

3. Posteriormente el procesado a través de un memorial por él suscrito manifestó a este despacho su voluntad de desistir del recurso de casación, la cual fue coadyuvada por su defensor público.

4. La Sala aceptará el desistimiento expresado por el procesado JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO y coadyuvado por su defensor, puesto que se trata de una opción válida, derivada de la naturaleza esencialmente dispositiva del recurso extraordinario de casación,Casación No.24086

JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia 3 prevista en el artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000) en los siguientes términos: “Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala decida.”

5. En ese orden de ideas, por quedar en firme la sentencia impugnada, las diligencias deben retornar al Juzgado de origen, por intermedio del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Girardot, para que se disponga lo pertinente a su ejecución.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, RESUELVE PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso extraordinario

que se disponga lo pertinente a su ejecución. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, RESUELVE PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso extraordinario de casación manifestado por el defensor del procesado JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO y coadyuvado por su defensor. En consecuencia, queda ejecutoriado el fallo de mayo 2 de 2005 que modificó la sentencia de primera instancia.

SEGUNDO: Enviar copia del presente auto a la Dirección de la

Penitenciaría Nacional de Girardot.Casación No.24086

JOSE VICENTE SÁNCHEZ CAYCEDO

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia 4 Notifíquese, devuélvase al Tribunal de origen y cúmplase

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN

MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANES

YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTÍZ

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria

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