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CSJ - SP24125(07-03-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP24125(07-03-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

"República de Colombia Corte Suprema de Justicia , Extradici 24125

- FARID CHAINICHAIN

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: .JAVIER ZAPATA ORTIZ Aprobado en acta No. 020

Bogotá D.C., siete (7) de marzo de dos mil seis (2006). Procede la Corte a emitir concepto respecto de la solicitud de e>¿tradiciónr de FARID CHAIN CHAIN que formula la Embajada de los Estados — Unidos de América ante las autoridades colombianas. | SOLICITUD DE EXTRADICIÓN El Gobiemo de los Estados Unidos mediante nota verbal 1821 solicitó la extradición de FARID CHAIN CHAIN, ciudadano colombiano, a quien requiere para que comparezca en juicio por delitos federales de narcóticos y lavado de dinero, según las acusaciones dictadas el 13 de abril de 2005 por el Tribunal Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, identificadas con los números Cr. No. 05-105 hl (fis. 136 a 145, Cd. Anex)), Cr. No. 05-107 DRD' (fls. 122 a 135,Cd . AnexJ, Cr. No. 05-108 HL (fis. 109 a 121, Cd. Añex), Cr. No. 05-109 JAG (fis. 99 a 108, Cd. Anex), Cr. No. 05-110 DRD (fis. 87 a 98, Cd. Anex,), Cr. No,05-111 CCC (fis. 60 a 86, Cd. Anex.) y Cr. No. 05-1 12 HL (fls. 60 a 69).

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Extradición No.¿P4f 25 FARID CHANYGIfAIN Según la nota diplomática referida en el numeral anterior, el requerido en extradición FARID CHAIN CHAIN, también conocido como "Chain”, “El Feo”, “El Turko”, “El Mono” o “El Colorao”, esciudadano de Colombia, nacido el 6 de diciembre de 1950 y se identifica con la cédula de ciudadanía número 13.813.552.

I TRÁMITE

1. FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 1.1. Recibida la nota verbal No. 1217 del 8 de junio de 2005 de la Embajada de Estados Unidos de América (fl. 1 a 5, Cd. Anex), el Ministerio de Relaciones Exteriores remitió copia al Fiscal General de la Nación, cuyo despacho en resolución del 10 de junio de 2005 ordenó la captura con fines de extradición de FÁRID CHAIN CHAIN, identificado con cédula de ciudadanía No.13.813.552, tal como se consigna en el citado documento diplomático (folios 13 a 16, Cd. Anex). 1.2. Según la información suministrada por el DAS, el 12 de junio de 2005 se produjo, en la ciudad de Barranquilla, la captura de FARID CHAIN CHAIN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.813.552 de Bucaramanga, de estado civil casado, hijo de Antonio y Emilia, con estudios en Administración de Empresas, nacido el 6 de diciembre de 1950 en Barranquilla (A), quien fue dejado a

disposición del Fiscal General de la Nación en la Sala de Retenidos de la Dirección Central del DAS en Bogotá (fis. 15a 21, Cd. Anex). 1.3. La solicitud de extradición fue formalizada mediante la nota verbal No. 1821 del 9 de agosto de 2005 de ta Embajada de los Estados Unidos, con la cual se adjuntó la documentación que soporta el pedido en extradición de FARID CHAIN CHAIN y que fuera dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores (fl. 297 y s.s. Cd. Anex.), señalando que los hechos fueron posteriores al 17 de diciembre de 1997, fecha en la cúái fue reformado el articulo 35 de la Constitución Política. República de Colombia Corte Suprema de Justicia ' Extradición Ng 28125 FARID CHAI AN 1.4. El 11 de agosto de 2005, con oficio No. OAJE 1000, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 514 del Código de Procedimiento Penal, conceptuó que 'por no existir convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal Colombiano” (f1.311 Cd. Anex). 1.5. El 16 de agosto de 2005,e n cumplimiento del artículo 517 del Código de Procedimiento Penal, el Ministerio del Interior y de Justicia, remitió a la Corte Suprema de Justicia la documentación referente al pedido de extradición de FARID CHAIN CHAIN, indicando que se encuentran reunidos los requisitos formales exigidos en las normas aplicables al caso, advirtiendo que no e>¿íste convenio aplicable y por tanto debe procederse de conformidad con el ordenamiento procesal

penal colombiano (fls. 1 y2 Cd.O.). ' _ 2. ACUSACIONES FORMULADAS EN CONTRA DEL REQUERIDO. 2.1. En el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico se ácusó a FARID CHAIN CHAIN, por los siguientes cárgos: 2.1.1. Cr. No. 05-105 (hl).

Cargo uno: Conébiración para lavado de dinero.

Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico, Colombia, Jamaica y otros lugares dentro de la jurisdicción del Tribunal, FARID CHAIN CHAIN, junto con otros coordinó la entrega de ganancias de narcóticos, bien mediante el depósito o la trasferencia electrónica en cuentas bancarias de entidades localizadas en EE.UU. y Colombia. Por tanto: República de Colombia Ne | - "'¿ I—'h— _ j Corte Suprema de Justicia . - Extradición? N 125 - FARID CH HAIN a) A sabiendas llevaron a cabo transacciones financieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias obtenidas a través de actividades ilegales, como la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841( a )(1)y846 1956( a) (1) (A) (i). b) A sabiendas llevar a cabo o intentar llevar a cabo lransacc¡ones financieras afectando el comercio |nterestatal las que involucran

ganancias |legales por manufactura importación, recibo, ocultam¡ento compra, venta llícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) (.

Cargo dos: Conspiración para importar narcóticos.

Desde diciembre de'2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico y otros lugares, FARID CHAIN CHAIN, con otros acusados, legalmente se combinaron, conspiraron y acordaron importar al territorio aduanal de los EE.UU. desde un lugar fuera del mismo, 5 kilogramos o más de cocaina, sustancia narcótica controlada de la tabla l, un kilogramo o más d'e heroina, sustancia controlada en la tabla | y 1.000 kilogramos o más de marihuana, sustancia controlada en la tabla i, con violación del Título 21, Código de los EE.UU., Secciones 952 (a) y 960 y 963.

Cargo tres: Confiscación. a) Se ordena confiscar, por ser convicto del cargo uno, todo derecho, título, interés, dinero, comisión, honorarios y otra propiedad, involucrados

República de Colombia ¡ Corte Suprema de Justicia Extradición Ná. 74125 FARID C HAIN como ganancia o instrumento para cometer o facilitar las violaciones del Título 18, Código de los EE.UU., Secciones 1956. b) Se ordena confiscar $449.800 dólares de las cuentas números 4/6008396, 114005003, 092009364, 0311086073, 4315001669, 315001669

y 476008842 de entidades bancarias localizadas en Colombia. C) Se dispone la confiscación de la propiedad sustituta si debido a cualquier acción u omisión del acusado la propiedad ha sido transferida, vendida o depositada a terceros, se disminuye su valor o se mezcla con otra propiedad o se coloca fuera de la jurisdicción del Tribunal. Cargo cuatro. Confiscación. a. Toda propiedad que se constituya o derive de las ganancias obtenidas, direcia o indirectamente, para los convictos del cargo tres, conforme al Título 21, Código de los EE.UU, Secciones 853 y 881, así como la suma de $1.355.000 dólares vinculados con el cargo dos. b. La propiedad sustituta, que se mezcle con otra o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal. 2.1.2. Cr.No. 05-107 (DRD). | Cargo uno. Conspiración para lavado de dinero. Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en _el Distrito de Puerto Rico, Colombia, Jamaica y otros lugares dentro de la jurisdicción República de Colombia

º.WÍT-'i .

C | cia — 4 orte Suprema de Justicia : Extradici . 14125 FARID CW—IA¡N del Tribunal, FARID CHAIN CHAIN, junto con otros, conspiraron y acordaron cometer delitos contra los Estados Unidos con violación del Título 18, sección 1956: a) A sabiendas llevar a cabo o intentar llevar a cabo transacciones financieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias obtenidas a través de actividades ilegales, como la manufactura, importación, recibo,

ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias “ controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., . Títulos 18 y Título21 , Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956(a ) (1) (A) (i). _ b) A sabiendas llevar a cabo o intentar llevar a cabo transacciones financieras afectando el comercio interestatal, las que involucran ganancias ilegales por manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilicita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la Iéy de - sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) () _ | Cargo cuatro. Conspiración para importar narcéticos. Desde diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto - Rico y otros lugares, FARID CHAIN CHAIN, con otros acusados, ilegalmente se combinaron, conspiraron y acordaron importar al territorio aduanal de los EE.UU. desde un lugar fuera del mismo, 5 kilogramos o más de cocaína,> sustancia narcótica controlada de la tabla Il, un kilogramo o más de heroína, sustancia controlada en la tabla | y 1.000 kilogrambs o más de marihuana, sustancia controlada en la tabla I, con violación del Título 21, Código de los EE.UU., Secciones 952 (a) y 960 y 963. Cargo cinco. Confiscación. República de Colombia

T . - ¡: Corte Suprema de JusticiaExtradición 24125 - FARIO CHAINICHAIN a) Confiscar, por ser convictode los cargos uno a tres, todo derecho, título, interés, dinero, comisión, honorarios y otra propiedad, involucrados como ganancia o instrumento para cometer o facilitar lás violaciones del Título 18, Código de los EE.UU., Secciones 1956. b) Se ordena confiscar $580.453 dólares de las cuentas números 101022148405, 092009364, 3290019882, 476008396, 476008842, | - 1011012981, 98070616, 003061268163, 0052525839, 481-1269037-1, 196043574 398063776-6, 535019335, 80054234-2 de entidades bancarias localizadas en EE.UU y Colombia. C) La confiscación de la propiedad sustituta si debido a cualquier acción u omisión del acusado la propiedad se transfiere, vende o deposita a terceros, se disminuye su valor o mezcla con otra propiedad o coloca fuera de la jurisdicción del Tribunal. Cargo seis. Confiscación. a. Toda propiedad que se constituya o derive de las ganancias obtenidas, directa o indirectamente, para los convictos del cargo dos, por un valor de $1.355.000 dólares. b. La propiedad 'sustituta o que se mezcle con otfa o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal. 2.1.3. Cr. No, 05-108 (HL). Cargo uno. Conspiración para lavado de dinero. República de Colombia Corte Suprema de Justicia = . Extradició . P4125

FARID C HAIN Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico, Colombia y otros lugares dentro de la jurisdicción del Tribunal, FARID CHAIN CHAIN, junto con otros, combinaron, conspiraron y acordaron .. cometer delitos contra los Estados Unido$ con violación del Titulo 18, sección 1956: “a) A sabiendas llevar a cabo o intentar llevar a cabo transacciones financieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias . obtenidas a Íravés de actividades ¡legales, como la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilicita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (A) (i). b) A sabiendas llevar a cabo o intentar llevar a cabo transacciones financieras afectando el comercio interestatal, las que involucran ganancias ilegales por manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias contro!adas(8ección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., Ti_tulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) (i). Cargo tres. Conspiración para importar narcóticos. — Desde diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico y otros lugares, FARID CHAIN CHAIN, con otros acusados,

illegalmente se combinaron, conspiraron y acordaron importar al territorio aduanal de los EE.UU. desde un lugar fuera del mismo, 5 kilogramos o más de cocaina, sustancia narcótica controlada de la tabla I!, un kilogramo o más de heroína, sustancia controlada en la tabla | y 1.000 kilogramos o más de marihuana, sustancia controlada República de Colombia Corte Suprema de Justicia Extrad¡c¡ o 4125 FARIDC HAIN en la tabla l, con violación del T|tulo 21, Cod¡go de los EE.UU., Secciones 952( a 960 y 963. -Cargo cuatro. Confiscación. a) Confiscar, por ser convicto del cargo uno, todo derecho, título, interés, dinero, comisión, honorarios y otra propiedad, involucrados como ganancia o . instrumento para cometer o facilitar las violaciones del Título 18, Código de los EE.UU., Secciona 1956. - _ b) Se ordena confiscar una cantidad de dinero igual a $1.421.783 dólares de las cuentas números 476008396,092009364, 476009688, 2113314973, 476008842, 1045160, 0311086073, 43191642, 476009683, 1286001300206, 636271652838, 315001669, 9807616, 003665705611, 196659762- —8, 003430032179, 0920100009364, 005-01-0511399, 2000192362405, 196043574, 10045767001, 101023144705, 08800975-8, 0920100009364, - 1008466460, 01200152-8, 4811269037-1, 2000192362405, 049036023001, 681132890 y

05,80300284 de entidades bancarias localizadas en EE.UU y Colombia. Cargo cinco. Confiscación. a! Toda propiedad que se constituya o derive de las ganancias obtenidas, directa o indirectamente, para los convictos del cargo dos, por un valor de $1.421.738 dolares, b. La propiedad sustituta o que se mezcle con otra o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal. 2.1.4. Cr. No. 05-109 (JAG). República de Cotombia Corte Suprema de Justicia 1 Extradicón No/ 24125

FARID GHAIN CHAIN Cargo uno: Conspiración para lavado de dinero.

Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico, Colombia y otros lugares dentro de la jurisdicción del — Tribunal, FARID CHAIN CHAIN, junto conotros: a) A sabiendas llevaron a cabo e intentaron llevar transacciones | financieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias obtenidas a través de actividades ¡legales, como la manufactura, importacióní recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias — controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (A) ( b) A sabiendas llevar a cabo o intentar llevar a cabo transacciones financiaras afectando el comercio interestatal, las que involucran | “ ganancias ilegales por manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ¡lícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de

sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) ().

Cargo Dos: Conspiración para importar narcóticos.

Desde diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico y otros lugares, FARID CHAIN CHAIN, con otros acusados, ilegalmente s-e combinaron, conspiraron y acordaron importar al territorio aduanal de los EE.UU, desde un lugar fuera del mismo, 5 kilogramos o más de cocaína, sustancia narcótica controlada de la tabla_ Il, un kilogramo o más de heroína, sustancia controlada en la tabla | y 1.000 kilogramos o más de marihuana, sustancia controlada 10 República de Colombia ab Corte Suprema de Justicia - : ! Extradicipn Noj 24125 — - _ — FARID CHAIN T en la tabla |, con violación del Título 21, Código de los EE.UU., Secciones 952 (a) y 960 y 963. | Cargo tres: Confiscación. a) Confiscar, por ser convicto del cargo uno, todo derecho, titulo, interés, dinero, comisión, honorarios y otra propiedad, involucrados como ganancia o . instrumento para cometer o facilitar las violaciones del Título 18, Código de los EE.UU., Secciones: 1956. b) Se ordena confiscar $182.571 dólares de las cuentas números: 476008842, 092009364, 08740964 y 20135269 de entidades bancarias localizadas en Colombia y Ecuador. C) Se dispone la confiscación de la propiedad sustituta si debido

a cualquier acción u omisión del acusado la propiedad ha sido transferida, vendida o depositada a terceros, se disminuye su valor o mezcla con otra propiedad o se coloca fuera de la jurisdicción del Tribunal. - Cargo cuatro. Confiscación. a. Toda propiedad que se consiituya o derive de las ganancias obtenidas, directa o indirectamente, bára los convictos del cargo tres, conforme al Título 21, Código de los EE.UU, Secciones 853 y 881, así como la suma de $1.355.000 dólares vinculados con el cargo dos. - b. La propiedad sustituta o que se mezcle con otra o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal. 11 Hepuública de Colombia . "¡—…¡"J . _.¿»€[¡ín__ Corte Suprema de Justicia - ' . Extradición Noj24125

FARID <3$/E>/CHAW y 2.1.5. Cr. No. 05-110 (DRD).

Cargo Uno: Conspiráaión para lavado de dinero.

Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico, Colombiawy otros lugares dentro de la jurisdicción del Tribunal, FARID CHAIN CHAÍN, junto con otros: a) A sabiendas llevaron a cabo e intentaron llevar transacciones financieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias obtenidas a través de actividades ilegales, como la manufactura, importación,. recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias contr0!adas(8eccíón 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU.,

Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (A) (i). , b) A sabiendas llevar a cabo o ¡ntentarllevar a cabo transacciones financiaras afectando el comercio interestatal, las que involucran ganancias ilegales por manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Códigode los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) (i).

Cargo Dos: Conspiración para importar narcóticos.

Desde diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico y otros lugares, FARID CHAIN CHAIN, con otros acusados, . ilegalmente se combinaron, conspiraron y acordaron importar al territorio aduanal de los EE.UU, desde un lugar fuera del mismo, 5 kilogramos o más de cocaína, sustancia narcótica controlada de la tabla ll, un kilogramo o más de heroína, sustancia 12 República de Colombia J.TE—L - 1

Corte Suprema de Justicia : 1 . Extradici .24125 . . - FARID CHAIN/CHAIN controlada en la tabla | y 1.000 kilogramos o más de marihuana, sustancia controlada en la tabla |, con violación del Título 21, Código de los EE .UU., Secciones 952 (a) y 960 y 963.

2.1.6. Cr.No. 05-111 (CCC).

Cargo uno: Conspiración para lavado de dinero.

Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Puerto Rico, Colombia y otros lugares dentro de la jurisdióción del _ Tribunal, FARID CHAIN CHAIN, junto con otros: a) Á sabiendas ilevaron a cabo e intentaron lievar transacciones ñnancieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias obtenidas a través de actividades ilegales, .como la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE .UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (A) (i). b) A sabiendas llevar a cabo o intentar levar a cabo transacciones financieras afectando el comercio interestatal, las que involucran ganancias ilegales por manufaclura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sústancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controiádas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Seccionés 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) ().. | Cargo cinco: Conspiración para importar narcóticos. 13 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Exnbo iN FARID CHAIN CHAIN, con otros acusados, ilegalmente se combinaron, conspiraron y acordaron importar al territorio aduanal de los EE.UU.

desde un lugar fuera del mismo, 5 kilográm_os O más de cocaina, sustancia narcótica controlada de la tabla ll, un kilogramo o mas de heroína, sustancia controlada en la . tabla i y 1.000 kilogramos o más de marihuana, sustancia controlada en la tabla |, con violación del Título 21, Código de los EE.UU., Secciones 952 (a) y 960 y 963.

Cargo seis: Confiscación. a) Confiscar, por ser convicto del cargo uno, todo derecho, título, interés, dinero, comisión, honorarios y otra propiedad, involucrados como ganancia o ¡nétrumento para cometer o facilitar las violaciones del Título 18, Código de los EE.UU., Sección 1956. | b) Se ordena confiscar $692.659.10 dólares de las cuentas relacionadasen el cargo de la referencia, acusación 05-111 (CCC). - c) Se dispone la confiscación de la propiedad sustituta si debido a cualquier acción u omisión del acusado la propiedad ha sido transferida, vendida o depositada a terceros, se disminuya su valor o mezcle con otra propiedad o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal.

Cargo siete. Confiscación. — a. Toda propiedad que se constituya o derive de las ganancias obtenidas, directa o indirectamente, para los convictos del cargo cinco, conforme al Título 21, Código de los EE.UU, Secciones 853 y 881, así. como la suma de $1.355.000 dólares vinculados con el cargo dos. 14 Repúblicad e Colombia N Corte Suprema de Justicia — _ Extradici 024125 . - FARIDC CHAIN

. .b. La propiedad sustituta 0 que se mezcle con otra o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal. 2.4.7.Cr.No.05-112 (HL). . Cargo Uno: Conspiración para lavado de dinero. Desde el mes de diciembre de 2002 hasta octubre de 2004, en el Distrito de Pueft_o Rico, Colombia y otros lugares dentro de la jurisdicción del Tribunal, FARID CHAIN CHAIN, junto con otros: — a) A sabiendas llevaron a cabo e intentaron llevar transacciones financieras que afectaban el comercio interestatal, dadas las ganancias obtenidas a traves de actividades ilegales, como la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta ilícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los E£.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (A) (1. b) A sabiendas llevar a cabo o intentar Ileúar a cabo transacciones financiaras afectando el comercio interestatal, las que involucran ganancias ilegales por manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta llícita y manejo de otras formas de sustancias controladas (Sección 102 de la ley de sustancias controladas, Código de los EE.UU., Títulos 18 y Título 21, Secciones 1961, 841 (a) (1) y 846, 1956 (a) (1) (B) (i).- Cargo dos: Conspiración para importar narcóticos Entre diciembre de 2002 y octubre de 2004, FARID CHAIN

CHAIN, con otros acusados, ilegalmente se combinaron, conspiraron y acordaron 15 República de Colombia Corte Suprema de Justicia ' - y Extradición yo /24125 FARÍD(?F CHAIN impoñar_ál territorio aduanal de los EE.UU. desde un lugar fuera del mismo, 5 kilógramos o másde cocaina, sustancia narcótica controlada de la tabla ll, un kilogramo o más de heroína, sustancia controladaen la tabla | y 1.000 kilogramos o más de marihuana, sustancia controlada en la tabla 1, con violación del Título 21, . Código de los EE.UU., Secciones 952 (a)'y' 960 y 963. | _ Respecto de este cargo, la embajada de los EE.UU., mediante nota diplomática 2492 del 14 de octubre de 2005, aclaró que su contendido . corrésponde a la imputación formulada pero fue erróneamente titulado, pues su | denominación correcta no es la de concierto para importar narcóticos sino la de. concierto para poseer conl a intención de distribuir sustancia óontrolada, nomen iuris con el que aparece en el texto original en inglés (1. 35, Cd. Corte).

Cargo tres: Confiscación. a) Confiscar, por ser convicto del cargo uno, todo derecho, titulo, “ interés, dinero, comisión, honorarios y otra propiedad, involucrados como ganancia o instrumento para cometer o facilitar las violaciones del Título 18, Código de los EE.UU., Secciones 1956. .. | b) Se ordena confiscar $99.899.00 dólares de las cuentasrelacionadas en el cargo de la referencia, acusación 05-112 (CCC). ó) Se dispone la confiscación de la propiedad sustituta si debido a Cualquier acción u omisión del acusado la propiedad ha sido transferida, vendida o depositadáa terceros, se disminuye su valor o mezcla con otra propiedad o coloca fuera de la jurisdicción del Tribunal.

Cargo cuatro. Confiscación. 16 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Extradicióg No. 74125 FARID C HAIN | .a. Toda .propiedad que se constituya o derive de las ganancias obtenidas, directa o indirectamente, para los convictos del cargo cinco, conforme al Título 21, Código de los EE.UU, Secciones 853 y 881, así como !_a suma de $1.355.000 dólares vinculados con el cargo dos. b. La propiedad sustituta o cjue se mezcle con otra o coloque fuera de la jurisdicción del Tribunal. 2.2. Como soporte de la solicitud de extradición del ciudadano colombiano FARID CHAIN CHAIN, la Embajada adjuntó los siguientes documentos, debidamente traducidos al idioma castellano y legalizados por el Consulado de Colombia en Washington D.C., los cuales no fueron objeto de reparo en este trámite: 2.2.1. Declaración jurada en apoyo de la solicitud de extradición, rendida ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico por ERNESTO G. LÓPEZ SOLTERO, Fiscal Asistente de los Estados Unidos, en la cual afirma que conoce las leyes federales antinarcóticas, que se encuentra familiarizado con los cargos y las pruebas relacionadas sobre lavado de dinero y

narcóticos en el caso de FARID CHAIN CHAIN y otros. Agrega que las leyes pertinentes a este caso se encontraban vigentes en el momento de cometerse los delitos y que de acuerdo con la ley de prescripción no transcumió el término legal de los cinco años, ya que dentro de ese lapso se formuló la acusación, que contiene las acusaciones 05-105, 05-107, 05-108, 05-109, 05-110, 05-111I y 05-112, por lo que el procesamiento no se encuentra prescrito. Hace, ademas, un resumen de los hechos. 2.2.2. Las resoluciones de acusación Cr. No 05-105 (hl), Cr. No. 05-107 (DRD), Cr. No. 05-108 (HL), Cr. No. 05-109 (JAG), Cr No. 05-110 (DRD), Cr. 17 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Extradición Ng 24125 FARID c¡3ía¡ HAIN No. 05-111 (CCC) y Cr. No. 05-112 (HL), suscritas por HS. GARCÍA, Fiscal de los Estados U_nidos', en contra del acusado, FARID CHAIN CHAIN y otros, que contiene los cargos ya referidos. | 2.2.3. Orden de captura proferida en contra de FARID CHAIN CHAIN, en los casos referidos en el numeral 2.2.2 (f1. 55 a 58, Carp. Anex). 2.2.4. El texto de las disposiciones del Código de los Estados Unidos que se afirma fueron violadas por el requerido en extradición, que para la época de los hechos se encontraban vigentes (fis. 145 a 156 de la Carp. de Anex).

2.3.5. Declaración jurada de JIMMY ALVEIRO, Agente Especial de la Agencia Antidrogas en San Juan de Puerto Rico, en la que indica que investigo el caso de FARID CHAIN CHAIN, haciendo referencia a los hechos y pruebas que condujeron a la formulación de los cargos por los cuales es solicitado en extradición.

3. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 31.La Sala de Casación Penal, en desarrollo de lo previsto por el artículo 518 del Código de Procedimiento Penal, corrió traslado al requerido y a su defensor de la solicitud de extradición y abrió a pruebas la actuación.

32. El apoderado del requerido no solicitó la práctica de pruebas ni la Sala oficiosamente las ordenó, por lo que se dispuso correr traslado a los interesados para alegar de conclusión.

El defensor solicitó a la Corte concepfo negativo a la petición de extradición de FARID CHAIN CHAIN, afirmación que sustenta aduciendo que al requerido se le debe permitir controvertir las pruebas con base en las cuales se 18 República de Colombia -u'_.e'a uy Corte Suprema de JusticiaExtradici .P4125 | FARID C HAIN sustenta la petición, la que en este caso debe denegarse por fundarse en prueba que vulnera el debido proceso. - En las acusaciones dictadas por el Tribunal de los EE.UU en el Distrito Judicial de Puerto Rico, se aportó la declaración del agente JIMMY ALVERIO, quien al réferirse a los elementos probatorios con que cuenta el Estado requirente, señaló que se sustentaban las acusaciones en las declaraciones de los agentes

encubiertos o agentes provocadores del comportamiento delictivo, con lo cual se está - reclamando la extradición con base en una prueba ilícita, no admitida en nuestro — ordenamiento jurídico, pues se vulnera el derecho a la intimidad, a la dignidad y la responsabilidad penal de acto. | 3.3.2. LA PROCURADURÍA DELEGADA La Procuradora 2% Delegada solicita concepto favorable a la petición de extradición dé FARID CHAIN CHAIN, en relación con los cargos a que se refieren las resoluciones de acusación proferidas por el Tribunal del Distrito de Puerto Rico el 13 de abril de 2005, en los casos Cr. No. 05-105 (hI), Cr. No 05-107 (DRD), Cr. No. 05-108 (HL), Cr. No. 05-109 (JAG), Cr. No.05-110 (DRD), Cr. No.05-111 (CCC) y Cr. No. 05-112 (HL), como quiera que se cumplen los requisitos formales exigidos para ello. Conclusión a la que arriba, luego de señalar los antecedentes del caso, puntualizar los hechos por los cualesse eleva la solicitud, los cargos que le son atribuidos y analizar cada uno de los aspectos a los que la Corte debe referirse. En cuanto a la documentación q

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