CSJ - SP24556(07-03-2006)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP24556(07-03-2006)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2006
NA República de Colombia Casación 24556 P/. Pedro Nel Viáfara Cundumi D/. Conservación plantaciones Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
Aprobado Acta No. 20 Bogotá, D.C., siete (7) de marzo de dos mil seis (2.006).
VISTOS: La Sala se pronuncia sobre la viabilidad de la demanda sustento del recurso de casación instaurado por el defensor del acusado PEDRO NEL VIÁFARA CUNDUMÍ, contra la sentencia proferida el 1% de junio de 2005 por el Tribunal Superior de Pasto, mediante la cual confirmó la emitida el 13 de diciembre de 2004 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Tumaco (Nariño), que lo condenó como autor a la pena de seis (6) años de prisión por el delito de conservación o financiación de plantaciones.
República de Colombia X / Casación 24556 P/. Pedro Nel Viáfara Cundumi D/. Conservación plantaciones NEL VIÁFARA CUNDUMÍ a la pena de seis (6) años de prisión por hallarlo autor responsable del delito de conservación o financiación de plantaciones de coca, fallo que el 1 de junio de 2005 confirmó en su integridad el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto. El defensor del procesado interpuso la impugnación extraordinaria contra la sentencia de segundo grado y presentó en la oportunidad debida la demanda de casación, razón por la cual la actuación se encuentra en esta Corte.
Habiendo sido registrado el proyecto de inadmisión de la demanda el recurrente hizo saber verbalmente sobre la posible muerte del procesado, por lo que se obtuvo información del centro penitenciario y carcelario de Cali que corrobora ese suceso. Asimismo la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal de Pasto mediante comunicación calendada el 19 de diciembre de 2004 informó sobre el fallecimiento del procesado VIÁFARA CUNDUMÍ y anexó la prueba documental que demuestra la existencia del mismo. República de (oromora N Casación 24556 P/. Pedro Nel Viáfara Cundumi D/. Conservación plantaciones Corte Suprema de Justicia En efecto, acompaña las copias del oficio mediante el cual el Director y Asesor Jurídico del centro penitenciario y carcelario de Villahermosa Cali informa de la muerte de PEDRO NEL VIÁFARA CUNDUMÍ ocurrida el 3 de noviembre de 2005 en el Hospital Universitario del Valle, la comunicación del dragoneante encargado de la custodia del interno poniendo en conocimiento su deceso y del certificado de defunción. Dentro de las causas que dan lugar a la extinción de la acción penal se encuentra prevista en los artículos 82 —numeral 1%- y 38 de las leyes 599 y 600 de 2000 la muerte del procesado. Ante la demostración del hecho objetivo consagrado en las normas citadas solo queda declarar la extinción de la acción penal adelantada a VIÁFARA CUNDUMÍ y disponer la cesación de todo procedimiento en este asunto. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República
y por autoridad de la ley, República de Cotombia a Casación 24556 P/. Pedro Nel Viáfara Cundumi D/. Conservación plantaciones Corte Suprema de Justicia
RESUELVE:
1. DECLARAR la extinción de la acción penal por muerte del
procesado PEDRO NEL VIÁFARA CUNDUMÍ.
2. ORDENAR la cesación del procedimiento en el presente asunto.
Contra esta decisión procede el recurso de reposición. Cópiese, notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribunal de origen. N Ne
SIGIFRE NOBA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
(l(ppúbllccl de Colombia X A Casación 24556 P/. Pedro Nel Viáfara Cundumi D/. Conservación plantaciones Corte Suprema de Justicia 4 2 >— X G MB —AN A TRUJILLO ÁLVARO ORL CA NDO PÉREZ PINZÓN /
MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LWANES
Teresa Ruiz Núñez Secretaria