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CSJ - SP24672(03-08-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP24672(03-08-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

, Revisión — Recusación 24.672

NESTOR AUGUSTO OCAMPO TABORDA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Bogotá, D.C., tres (3) de agosto de dos mil seis (2006). El apoderado del señor NÉSTOR AUGUSTO OCAMPO TABORDA, accionante dentro del proceso de revisión, presenta —escrito mediante el cual manifiesta que los suscritos magistrados nos encontramos impedidos por haber firmado el auto del 25 de febrero de 2003 Cradicado 20.273), a través del cual se inadmitió la demanda de casación interpuesta por el defensor del condenado. Razón tiene el letrado en señalar que suscribimos”la referida providencia, pero ello no constituye causal de impedimento alguno, dado qdue la Corte en esa oportunidad no se pronunció sobre el fondo del asunto, sino que inadmitió la demanda por no cumplir con la exigencia consagrada en el artículo 205 del Código Penal CLey 600 de 2000) sobre el máximo de la pena imponible para el delito por el cual fue condenado, y porque no se invocó ni demostró la procedencia de la casación para el desarrollo de la jurisprudencia o la garantía de los derechos fundamentales. , Revisión — Recusación 24.672 NESTOR AUGUSTO OCAMPO TABORDA En consecuencia no estamos incursos en la causal de impedimento señalada. Remítanse las diligencias al despacho del doctor Jorge Luis Quintero Milanés para lo pertinente. Camplase x & De ;L/KM

ÁLVAR/OORLANDO PÉREZ PINZÓN

Z7

MARIÑA PULIDO DE BARÓN É / /

YESIRRA MIREZ BASTI D,ÍA/S

— N Terea Ruiz Núñez N Secretaria

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