CSJ - SP24765(10-10-2006)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP24765(10-10-2006)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2006
Ne Casación 24765
R/ MARIO GIRALDO LOAIZA PADILLA .
República de Colombia = — “ . Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá D.C., diez (10) de octubre de dos mil seis (2.006) Respecto del auto de septiembre 28 de 2.006 por medio del cual la Sala inadmitió la demanda de casación suscrita por el defensor del inculpado MARIO GIRALDO LOAIZA PADILLA, el apoderado presentó recurso de insistencia directamente ante la Sala, a través del cual expresó: “Pido a los Honorables Magistrados reconsiderar los argumentos expuestos en la providencia y como consecuencia de ello admitir la demanda.” Tal como se señaló en el auto de inadmisión, la petición de insistencia ha de elevarse ante el Ministerio Público a través de sus delegados para la casación penal, o ante uno de los Magistrados que haya salvado voto o que no haya intervenido en la discusión. Y como se observa que todos los integrantes de la Sala suscribieron la Casación 24765 R/ MARIO GIRALDO LOAIZA PADILLA República de Colombia providencia es claro que a la insistencia sólo se podría acudir por intermedio del Ministerio Público. Con miras a que el Delegado para la Casación examine la viabilidad de la solicitud, remitase la petición a esa oficina, dándose aviso de lo aquí resulto al petente. Cúmplase, N N
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO.
Magistrado Teresa Ruiz Núñez Secretaria