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CSJ - SP25353 (10-08-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP25353 (10-08-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

Casak1 n No.25353 CARLOS DAVID ESCOBAR GAÁRCES - -Repúb¡ica de Colombia . Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: -

DR. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.84Bogotá D. C., diez (10) de agosto de dos mil seis (2006). VISTOS La Sala resuelve acerca del desistimiento del recur¿0 extraordinario de casación manifestado por el procesadó CARLÓS DAVID ESCOBAR GARCÉS y coadyuvado por su defensor, el abogado VICTOR ALFONSO PÉREZ GOMEZ, quien tíe¡ne poder con la facultad de desistir entre otras (f1.616 cdno.No.2 Tribunal).

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. Mediante sentencia de fecha 12-de octubre de 2004, el Juzgado Penal del Circuito de Marinilla condenó entre otros, a CARLOS DAVID ESCOBAR GARCÉS a la pena principal de trece (13) años de prisión y a la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por un período igual al de la pena principal; así mismo, lo condenó

Casación No.2 53 CARLOS DAVID ESCOBAR RCES — a República de Colombia solidariamente al pago por daños y perjuicios por la suma de (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de la sentencia y íno concedió el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, por no reunir los requisitos del art. 63 del Código Penal y lenegó el beneficio de la prisión domiciliaria. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Antioquia, mediante decisión de agosto 17 de 2005.

2. La demanda de casación presentada por el apoderado del procesado ante el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Antioquía, fue remitida a esta Corporación una vez se cumplieron los traslados de rigor

(f.716 cdno No.2 Tribunal).

3. Posteriormente el procesado CARLOS DAVID ESCOBAR GARCÉS, a través de un memorial por él suscrito y coadyuvado por su défensor, manifestó a este despacho su voluntad de desistir del réc:urso extraordinario de casación en los siguientes términos “En _ nuestra condición de demandantes en el proceso al que se contrae el ebígrafe, manifestamos que DESISTIMOS de recurso extraordinario de cásación interpuesto contra la sentencia proferida el 1% de agosto de

2Í005 por el Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia.”

4. Como quiera que se trata de una opción válida, derivada de la naturaleza esencialmente dispositiva del recurso extraordinario de casación, prevista en el artículo 230 del Código de Proc_;edimiento Penal

(Ley 600 de 2000) en los siguientes términos: “Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala decida." La República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala aceptará el desistimiento expresado por el procesado CARLO S DAVID ESCOBAR GARCÉS y coadyuvado por su defensor. En ese orden de ideas, por quedar en firme la sentencia inpugnada, las diligencias deben retornar al Juzgado de¡orígen, por

intermedio del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Antioauia, paña que se disponga lo pertinente a su ejecución. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justic;:ía, en Sala de Casación Penal; RESUELVE PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso exfraordínar£io de casación manifestado por el procesado CARLOS DAVIS$ESCOBÁR GARCES y coadyuvado por su defensor. | En consecuencia, queda ejecutoriado el fallo del 1 de agosto de 2005, mediante el cual el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Antioquia confirmó la sentencia de primera instancia.

SEGUNDO: Enviar copia del presente auto a la Dirección del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana fy_ Máxima Seguridad de ltagúuí (Antioquia) donde se. encuentra recluido l-_él procesado CARLOS DAVID ESCOBAR GARCÉS. - Notifiquese, devuélvase al Tribunal de origen y cúmplaseCasadiórNo.24353

CARLOS DAVID ESCOSAR G l'1i

República de Colombia ' Corte Suprema d¿e Justicia , lMAYJRO SOLARTE PORTILLA Ne

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO uZ

MARINAPULIDO DE BARÓN(

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria

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