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CSJ - SP25513(05-09-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP25513(05-09-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

Página 1 de 7 ¿1 Extradición n. 25.513% Ricardo Mauricio Bernal Palacios

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: Dr. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ Aprobado Acta n.? 92

Bogotá, D. C., cinco de septiembre de dos mil seis VISTOS La Corte resuelve el recurso de reposición interpuesto por el defensor del requerido en extradición RICARDO MAURICIO BERNAL PALACIOS, contra la providencia del 25 de julio del año en curso por medio de la cual> se negaron por inconducentes las pruebas solicitadas oportunamente por aquél. Página 2 de 74| : Extradición n." 25.51N Ricardo Mauricio Bernal Palacios:

ANTECEDENTES

1. Para negar las prúebas solicitadas por el defensor de BERNAL PALACIOS, la Cortebbservó que con las mismas se - pretendía demostrar que éste se hallaba en territorio colombiano para las épocas en que se [e imputa estaba fuera del país ejecutando actos ilícitos y, por tanto, lo que se buscaba era desvirtuar aspectos esenciales de la acusación que en su contra se formuló en el país reclamante.

2. En el escrito por medio del cual sustenta el recurso interpuesto, el asistente técnico de BERNAL PALACIOS insiste en señalar que las pruebas que solicitó y aportó tienden a demostrar que el reclamado estaba en Colombia y no en Estados Unidos para cuando se dice se hallaba en este último país.

Por eso, según su sentir, se dan los requisitos exigidos por el artículo 502 de la Ley 906 de 2000, ya que con los elementos

solicitados y allegados se pretendeéstablecer que una persona no puede encontrarse en dos lugares al mismo tiempo, motivo_ por el cual hay dubitación respecto a la identidad de BERNAL

PALACIOS.

DBralles e Ce º á — Págin3 ad e : Extradición n. 25.518 Ricardo Mauricio Bernal Palacio Esa duda en torno a la identidad de BERNAL PALACIOS aparece porque con las pruebas suministradaé por las autoridades judiciales del país solicitante se informan unas fechas de ubicación de aquél en los Estados Unidos, fechas para las cuales, según los elementos que aportó la defensa, estaba en Colombia ejerciendo actividades legales. No se pretende ir en contra de las autoridades requirentes, ni desvirtuar los documentos que presentaron, cosa que se hará en su o'portunídad ante el gran jurado, sino obtener claridad acerca de la plena identidad del solicitado. Por ese motivo, las pruebas solicitadas deben ser aceptadas y practicadas, lo que implica que debe revocarse la decisión impugnada. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Con los argumentos que plantea, el recurrente no ofrece razones que permitan establecer que se impone la revocatoria, la reforma, la aclaración o la adición de la determinación objeto del recurso horizontal interpuesto, pues “i bien impugnó Página 4 de 7 £ Extradición n.” 25.513. Ricardo Mauricio Bernal Palacios oportunamente, la carga de sustentar el recurso mediante la presentación de razonamientos fácticos y jurídicos que desvelen algún error, no la cumplió a cabalidad.

Recuérdese que el pedimento de pruebas tenía por objeto demostrar la permanencia de BERNAL PALACIOS en el territorio nacional para las fechas en que se dice estaba en el exterior ejecutando actividades delictivas, mientras que en el escrito mediante el cual el defensor sustenta elrecurso de reposición aduce que los elementos incoados tienen por objeto despejar dudas acerca de la plena identidad_ del requerido, las que se generan. porque éste se hallaba en Colombia y no en el extranjero. Sin dejar de lado considerar que con esa escueta argumentación el recurrente no deja patentes los errores fácticos o jurídicos en que pudo haber incurrido la Corte al resolver la solicitud de pruebas, no puede pasarse por alto que si lopretendido es en realidad discutir la plena identidad del reclamado, las pruebas cuya práctica reclama o que pide qué se admitan como tales son evidentemente inconducentes, en cuanto las mismas no tienen la capacidad de establecer que la persona Página 8 de 7 Extradición n. 25581 Ricardo Mauricio Bemal Palacios solicitada como RICARDO MAURICIO BERNAL PALACIOS, nacido el 18 de septiembre de 1966 en Bogotá y titular de la cédula de ciudadanía n. 79.396.722, según los datos plasmados en las notas verbales n. 0425 del 10 de febrero de 2006 y 0488 del 22 de febrero siguiente, mediante las cuales la Embajada de Estados Unidos solícitó su detención provisional con fines de extradición, no es la misma que fue capturada el 2 de marzo del corriente año yl que se identificó con el mencionaáo documento,

según aparece en el respectivo informe rendido por el D.A.S (folio 21, carpeta). Entonces, como demostrar que para las fechas de ejecución de los actos que se le imputan al requerido en el país solicitante aqué! se hallaba en Colombia realizando actividades lícitas no es aspecto que constituya elemento del concepto que ha de rendir la Corte, sino en cuanto argumento defensivo que podría enervar los cargos para cuyo enfrentamiento es requerido puede ser susceptible de arguirse en los tribunales estadounidenses, y como las pruebas que establecen esa circunstancia no tienen incidencia alguna para discutir el aspecto de la pliena identidad del extraditable, la providencia recurrida no será revocada. Página 6 de 7¿ N Extradición n. 255138 Ricardo Mauricio Bernal Palacios En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE NO REPONER la providencia del 25 de julio de 2006, por medio de la cual se negaron las pruebas solicitadas por el defensor de RICARDO MAURICIO BERNAL PALACIOS, por las razones expresadas en las anteriores consideraciones. Contra esta decisión no procede recurso alguno. Cópiese, notifiquese y cúmplaseM OLARTE PORTILLA N N O | ; : ,. uñ REZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO Z

É LANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN Página 7 de 7

Extradición n. 25.51 Ricardo Mauricio Bernal Palacios 7 ”a 40777

JOR QUINTERO MILANES YESID RAMÍREZ BASTIDAS

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