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CSJ - SP25538(14-03-2007)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP25538(14-03-2007)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2007

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

EXTRADICIÓN No.25.538

MANUEL ANTONIO ORTIZ

Proceso No 25538

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JAVIER ZAPATA ORTIZ

Aprobado Acta No. 036 Bogotá D. C., catorce (14) de marzo de dos mil siete (2007).

VISTOS: Se pronuncia la Sala en relación con el recurso de reposición que contra el auto de noviembre 9 de 2006 interpuso el apoderado de MANUEL ANTONIO ORTIZ, ciudadano colombiano requerido en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos de América.República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

EXTRADICIÓN No.25.538

MANUEL ANTONIO ORTIZ

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ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES: Mediante Nota Verbal No. 315 de febrero 10 de 2004, el Gobierno de los Estados Unidos de América solicitó en extradición al ciudadano colombiano MANUEL ANTONIO ORTIZ y en desarrollo del trámite legal correspondiente, el 9 de noviembre de 2006, la Sala negó la práctica e incorporación de las pruebas solicitadas por el defensor del requerido y ordenó correr traslado para alegar.

La decisión fue notificada personalmente al Procurador Cuarto Delegado en lo Penal y al ciudadano solicitado, mientras que la notificación al defensor se surtió en estados de noviembre 17 de 2006; de ahí que una vez ejecutoriada la providencia se corrió traslado para alegar por cinco (5) días, del 23 al 29 de noviembre del mismo año. El 30 de noviembre de 2006, una vez vencido el término para alegar, llegó escrito

traslado para alegar por cinco (5) días, del 23 al 29 de noviembre del mismo año. El 30 de noviembre de 2006, una vez vencido el término para alegar, llegó escrito del defensor (entregado al correo el 29 del mismo mes y año), mediante el cual interpone recurso de reposición contra el auto que negó las pruebas peticionadas. Surge evidente que la interposición de dicho recurso se dio por fuera de la oportunidad legal y, en consecuencia, la Sala declarará su extemporaneidad. Una vez en firme esta decisión, regrese el expediente al despacho en orden a emitir concepto.República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

EXTRADICIÓN No.25.538

MANUEL ANTONIO ORTIZ

3 En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA en Sala de Casación Penal, RESUELVE: Declarar extemporáneo el recurso de reposición impetrado por el defensor de MANUEL ANTONIO ORTIZ contra la providencia del 9 de noviembre de 2006. Una vez en firme esta decisión, regrese el expediente al despacho en orden a emitir concepto. Notifíquese y cúmplase.

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓNRepública de Colombia

Corte Suprema de Justicia

EXTRADICIÓN No.25.538

MANUEL ANTONIO ORTIZ

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MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Permiso

MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTIZ

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria

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